Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2006 (19/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de enero de 2006

50º al 53º de la acotada MORDAZA legal regulan el procedimiento de la Autorizacion Municipal Temporal, aplicada al comercio ambulatorio dentro de la circunscripcion de la Municipalidad Provincial del Callao. Que, esta Corporacion MORDAZA viene otorgando autorizaciones temporales para ejercer el comercio ambulatorio en la via publica para los giros especificos de Venta de Golosinas, Venta de Yuquitas y Bombitas de harina y Venta de Emolientes, giros evaluados luego de realizado un trabajo de reordenamiento, empadronamiento y evaluacion de la situacion de cada uno de los giros; habiendose identificado las actividades que proceden continuar ejerciendose en tal sentido, resulta necesario otorgarles el reconocimiento legal municipal correspondiente. Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se ha dado la siguiente Ordenanza: APRUEBA: Articulo Primero.- Considerese como giros permitidos para el comercio ambulatorio en la via publica en la jurisdiccion de la Municipalidad Provincial del Callao, los siguientes: 1. Venta de Golosinas. 2. Venta de Yuquitas y bombitas de harina. 3. Venta de Emolientes. Articulo Segundo.- Los comerciantes dedicados a los giros reconocidos mediante la presente, continuaran ejerciendo sus actividades siempre y cuando cuenten con la respectiva autorizacion temporal, otorgada de conformidad con lo dispuesto en los articulos 50º al 53º de la Ordenanza Municipal Nº 000007-2001-MPC. Articulo Tercero.- Los giros de Venta de Helados y Venta de Diarios, Revistas y Loterias se regiran mediante sus respectivas Ordenanzas Municipales vigentes a la fecha. Articulo Cuarto.- No sera requisito estar agremiado o asociado para realizar los giros reconocidos en la presente Ordenanza, por lo que la Municipalidad atendera en las mismas condiciones a las personas juridicas que agrupen comerciantes como a las personas naturales. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Encargase a la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, la elaboracion del Proyecto de Reglamento de Ejercicio de Comercio Ambulatorio dentro de la jurisdiccion de la Municipalidad Provincial del Callao, el mismo que presentara ante el Concejo Municipal dentro de los sesenta (60) dias calendario contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza. Segunda.- En tanto se reglamente las caracteristicas individuales, requisitos y especificaciones tecnicas de cada giro reconocido mediante la presente MORDAZA, el comerciante autorizado desarrollara sus actividades utilizando el modulo confeccionado para tal fin, respetando la ubicacion y condiciones especificadas en la autorizacion temporal individual. Tercera.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias para la aplicacion de la presente norma. Cuarta.- Dejese sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente MORDAZA, la misma que entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 01023

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 12 de enero de 2006; Aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN AMBIENTAL Y LA AGENDA AMBIENTAL DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL -CAM-CALLAOCONSIDERANDO: Que, los articulos 2º y 67º de la Constitucion Politica del Peru, establecen que es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su MORDAZA y que el Estado determina la Politica Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el articulo 2º de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental - Ley Nº 28245, establece el Sistema Nacional de Gestion Ambiental en sus diversos niveles, el mismo que se constituye sobre la base de las instituciones publicas en el nivel local, que ejerzan competencias ambientales; contando con la participacion del sector privado y la sociedad civil; Que, el articulo 25º de la MORDAZA indicada, dispone se creen Comisiones Ambientales Municipales, las mismas que son instancias de gestion ambiental, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental municipal; Que, el numeral 7º del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, dispone que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Sistema de Gestion Ambiental Local y sus instrumentos, en concordancia con el Sistema de Gestion Ambiental Nacional y Regional; Que, en el MORDAZA de lo expuesto, mediante Ordenanza Nº 000037, publicada el 5 diciembre de 2005, se creo la Comision Ambiental Municipal de la Provincia Constitucional del Callao -CAM-, como instancia encargada de la coordinacion y concertacion de la Politica Ambiental Local, en el ambito de la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao, la misma que promueve el dialogo y el acuerdo entre los actores locales, la Comision Ambiental Regional -CAR CALLAO y el Consejo Nacional del Ambiente -CONAM. Que, asimismo la Ordenanza Nº 000037 de la Municipalidad Provincial del Callao, establece en el numeral 1) del articulo 17º que la Comision Ambiental Municipal -CAM Callao- construira participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local que seran aprobados por el Gobierno Local. Que, los Miembros de la Comision Ambiental Municipal, se reunieron en Asamblea los dias 14 y 28 de diciembre de 2005 para presentar y debatir los documentos: Plan Ambiental Municipal al 2021 y Agenda Ambiental Municipal al 2010. Finalmente, dichos documentos fueron aprobados el 28 de diciembre por los miembros de la Comision Ambiental Municipal de la Provincia Constitucional del Callao. Estando lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611 y la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, Ley Nº 28245. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan Ambiental Municipal al 2021 y la Agenda Ambiental al 2010 del Callao, con los lineamientos de largo y corto plazo, para la ejecucion de politicas y acciones de gestion local en materia ambiental, los mismos que van en anexos adjuntos y forman parte de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia General de Proteccion Ambiental de la Municipalidad Provincial del Callao, la supervision y control del cumplimiento de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao

Aprueban Plan Ambiental Municipal al 2021 y la Agenda Ambiental al 2010
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000002 Callao, 12 de enero de 2006

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