TEXTO PAGINA: 33
PÆg. 310515 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de enero de 2006 APELANTE : IVON AIDA CARRASCO T ORERO TÍTULO : 00010012 del 07-09-2005. RECURSO : 00000742 del 14-10-2005. REGISTRO : P ersonas Naturales del Callao. ACTO (s) : Rev ocatoria de Poder SUMILLA : DERECHO DE APELACIÓN Constituye requisito de admisibilidad del recurso de apelación el pago del derecho de apelación, por lo que debe presentarse al recurso de apelación el recibo de pago correspondiente. I. ANTECEDENTES Mediante hoja de trámite documentario Nº 742 del 14.10.2005, se ha interpuesto recurso de apelación contra la observación a la inscripción del título Nº 10012 del 7.9.2005, referido a la revocatoria de poder; formuladapor el Registrador del Registro de Personas Naturales del Callao. II. PLANTEAMIENTO DE LAS CUESTIONES A criterio de esta Sala la cuestión en discusión es determinar si el presente recurso de apelación cumple con los requisitos de admisibilidad previstos en las normas correspondientes. III. ANÁLISIS 1. De conformidad con el artículo 145º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, son requisitos de admisibilidad del recurso deapelación, entre otros, la presentación del recibo de pago del derecho registral correspondiente. De acuerdo al artículo 147º del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, la Oficina de Trámite Documentario, o quien haga susveces, verificará el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad, estando obligada a recibir los recursos de apelación que no reúnan dichos requisitos bajocondición que se subsane dentro del plazo de dos días; siendo que transcurrido dicho plazo sin que subsane dicho defecto, se tendrá por no presentadoel recurso presentado. 2. Mediante Oficios Nº 631-2005-SUNARP-TR-L del 3.11.2005 y Nº 673-2005-SUNARP-TR-L del 22.11.2005, esta instancia comunicó a la apelante, en las direcciones consignadas en su recurso deapelación, la necesidad de presentación de dicho recibo de pago por ser un requisito de admisibilidad del recurso presentado. Conforme consta del cargo de notificación puesto en el Oficio Nº 673-2005-SUNARP-TR-L del 22.11.2005, laapelante recibió la notificación el 2.12.2005. 3. Mediante hoja de trámite documentario Nº 63295 del 7.12.2005, la apelante comunica a esta instancia que ha cumplido con cancelar el derecho de pago correspondiente, adjuntando el recibo de pago de derechode apelación. Sin embargo, de la revisión de la fecha de la referida hoja de trámite se tiene que se ha subsanado el defecto extemporáneamente, es decir, después de los dos días de plazo para subsanar. 4. En consecuencia, no habiéndose subsanado el defecto advertido dentro del plazo máximo establecidoen el Reglamento, corresponde declarar la inadmisibilidad de la apelación. Estando a lo acordado por unanimidad. IV. RESOLUCIÓN Declarar INADMISIBLE, el recurso de apelación interpuesto contra la observación formulada por el Registrador Público del Registro de Personas Naturales del Callao a la inscripción del título Nº 10012 del 7.9.2005,de conformidad con lo expresado en el análisis de la presente resolución.Regístrese y comuníquese. FERNANDO TARAZONA ALVARADO Presidente de la Tercera Saladel Tribunal Registral GLORIA SALVATIERRA VALDIVIA Vocal del Tribunal Registral LUIS ALBERTO ALIAGA HUARIPATA Vocal del Tribunal Registral 00940 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban documentos de gestión de la Dirección Regional de ComercioExterior y Turismo ORDENANZA REGIONAL Nº 120- GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previstoen el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia yfunciones del Gobierno Regional; asimismo es atribución del Consejo Regional aprobar los documentos de gestión: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manualde Organización de Funciones (MOF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la DirecciónRegional de Comercio Exterior y Turismo, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, los documentos de gestión son aprobados mediante Ordenanzas Regionales y las Instituciones Públicas del Estado deben contar con sus documentos actualizados, porque de acuerdo a las necesidades se realizanmodificaciones, más aún teniendo que dar cumplimiento a los nuevos dispositivos establecidos y con la finalidad de dinamizar el proceso funcional de los órganos ejecutivos delGobierno Regional de Amazonas, constituyendo documentos importantes para su propósito: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones(MOF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo; Que, habiéndose analizado los documentos de gestión, los mismos que cumplen con los requisitos que exige la norma, previo Dictamen de Gerencia quecorresponde y de Asesoría Jurídica y al haber sido sometido a un amplio debate por el Consejo en pleno, en consecuencia se encuentra expedito su aprobación; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional Nº 008, mediante Acuerdo Nº 018-2005 de fecha 3 de noviembre del 2005,contando con el voto mayoritario de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoriaNº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:Artículo Primero.- APROBAR los documentos de gestión de la Dirección Regional de Comercio Exterior yTurismo, consistente en: