Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2006 (19/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de enero de 2006

es de regular a malo. 2. En el entorno inmediato donde se emplaza el inmueble existen antiguas edificaciones de valor arquitectonico y urbanistico, por tanto, las intervenciones que se realicen tienen que orientarse a la preservacion de la MORDAZA Monumental de Chorrillos. SE ACORDO: 1. Proponer el retiro de la condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 179, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. 2. La obra nueva que se proyecte debera guardar relacion con el entorno y concordancia con la normatividad de la MORDAZA Monumental de Chorrillos. 3. Encargar a la Subdireccion de Registro realice los tramites pertinentes; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Retirar la condicion de Monumento perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nacion al inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 179, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La obra nueva que se proyecte debera guardar relacion con el entorno y concordancia con la normatividad de la MORDAZA Monumental de Chorrillos. Articulo 3º.- Dejar establecido que por encontrarse el inmueble ubicado en la MORDAZA Monumental de Chorrillos, cualquier proyecto que se proponga debera ser previamente aprobado por el Instituto Nacional de Cultura. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 00991 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1751/INC MORDAZA, 19 de diciembre de 2005 Visto el Expediente Nº 09602/2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de 7 de MORDAZA de 2005 el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita Retiro de Condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 345, distrito del MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, se trata de un inmueble declarado Monumento mediante Resolucion Jefatural Nº 009-89-INC/J de fecha 12 de enero de 1989, conformante de la MORDAZA Monumental de MORDAZA, declarada mediante Resolucion Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972; Que, mediante Informe Nº 016-2005-INC/DPHCRSDR/LGCH la Subdireccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano opina sobre la evaluacion de la documentacion presentada y la inspeccion ocular realizada al inmueble, comunicando que a la fecha el inmueble no existe, funcionando una playa de estacionamiento; Que, mediante Informe Nº 672-2005-INC/OAJ la Oficina de Asuntos Juridicos evaluo la documentacion remitida con la finalidad de identificar la responsabilidad de los infractores en relacion a la demolicion del inmueble senalando que no es posible atribuir fehacientemente el hecho, de acuerdo a lo senalado en el numeral 8) de la Ley del Procedimiento Administrativo General, por consiguiente no corresponderia iniciar procedimiento administrativo sancionador; Que, mediante Informe Nº 219-2005-INC/DPHCRSDR la Subdirectora de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano opina sobre

la procedencia del retiro de la condicion de monumento, recomendando la MORDAZA del proyecto de obra nueva; Que, de la evaluacion del expediente administrativo la Comision Nacional Tecnica de Arquitectura y Urbanismo emitio el Acuerdo Nº 05 de fecha 16 de noviembre de 2005, cuyo tenor es como sigue: VISTOS: 1. Los antecedentes de tramites administrativos realizados en el ano 1993, el Oficio Nº 686-2005-INC/DREPH del 21 de MORDAZA de 2005. 2. La documentacion presentada: testimonio de compra-venta del inmueble, ficha registral, MORDAZA de registro fotografico del exterior e interior del inmueble. 3. El Informe Nº 016-2005-INC/DPHCR-SDR-LGCH de la Arq. MORDAZA Guerzoni MORDAZA, profesional de la Subdireccion de Registro. 4. El Informe Nº 672-2005-INC/ OAJ de la abogada MORDAZA MORDAZA Cuentas, asesora de la Oficina de Asuntos Juridicos del INC. 5. El Informe Nº 219-2005-INC/DPHCR-SDR de la Arq. MORDAZA MORDAZA, Subdirectora de Registro. CONSIDERANDO: 1. Que, se ha constatado la inexistencia de las estructuras fisicas del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 345, Rimac. 2. Que, los antecedentes dan cuenta de un pago de sancion de multa por la demolicion interior de la edificacion y luego en el MORDAZA de transferencia del inmueble a otros propietarios se procede a la demolicion de la fachada, no correspondiendo el inicio del procedimiento administrativo sancionador. SE ACORDO: 1. Proponer el retiro de la condicion de Monumento del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 345, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. 2. Solicitar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la MORDAZA del anteproyecto de obra nueva ante la municipalidad correspondiente para su evaluacion en la Comision Tecnica Especial de Licencias de Construccion para el Centro Historico y Cercado de MORDAZA, a la brevedad posible. 3. Encargar a la Subdireccion de Registro realice los tramites correspondientes para el retiro de la condicion de Monumento; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Retirar la condicion de Monumento perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nacion al inmueble ubicado en Jr. MORDAZA Nº 345 distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- SOLICITAR al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la MORDAZA del anteproyecto de obra nueva ante la municipalidad correspondiente para su evaluacion en la Comision Tecnica Especial de Licencias de Construccion para el Centro Historico y Cercado de MORDAZA, a la brevedad posible. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 00992

SUNARP
Declaran inadmisible recurso de apelacion interpuesto contra observacion formulada por Registrador Publico del Registro de Personas Naturales del Callao a inscripcion de titulo referido a revocatoria de poder
TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION Nº 710-2005-SUNARP-TR-L MORDAZA, 9 de diciembre de 2005

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