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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2006 (31/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G36/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 31 de enero de 2006 señor José Carlos Llallahui Huamani, manifestando que el citado servidor gozó de las vacaciones correspondientes al período 2002-2003; Que, mediante Informe Nº 304-2005-MP-FN-GECPER, de fecha 5 de julio de 2005, la Gerencia Central de Personal señala que, considerando que por Resolución de la Gerencia Nº 281-2004-MP-FN-GECPER, se otorgó a favordel señor José Carlos Llallahui Huamani, por concepto de vacaciones, el importe equivalente a 30 días de vacaciones pendientes del período 2002-2003 y vacaciones truncasdel período 2003-2004, resulta conveniente anular la citada Resolución para todos sus efectos, con la finalidad de proceder a otorgar los beneficios que de acuerdo a la nuevainformación remitida por el Administrador del Distrito Judicial de Ayacucho le corresponden al señalado servidor; Que, en lo que respecta a la Compensación por Tiempo de Servicios es innecesario dejar sin efecto la Resolución de Gerencia Nº 281-2004-MP-FN-GECPER en dicho extremo, toda vez que el Órgano Jurisdiccionalal determinar la reincorporación del servidor no se ha pronunciado respecto del tiempo dejado de laborar; Que, en el extremo referido a la Compensación Vacacional otorgada, y teniendo en cuenta que, como se ha señalado, el servidor habría hecho uso del derecho vacacional correspondiente al período 2002-2003, esnecesario declarar la nulidad de la Resolución de Gerencia Nº 281-2004-MP-FN-GECPER solamente en el extremo referido a dicho período, manteniendo la compensaciónvacacional otorgada por el mes y 15 días laborados en el período 2003-2004, tal como se encuentra detallado en la Liquidación por Tiempo de Servicios, obrante a fs. 35; Que, al haber prescrito el plazo para declarar la nulidad de oficio, corresponde demandar la nulidad ante el Poder Judicial, siendo necesario emitir la correspondienteautorización para que el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Público actúe de acuerdo a sus facultades; Conforme a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica, con Informe Nº 027-2006-MP-FN-OAJ; y, De conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Público a iniciar las acciones judiciales correspondientes para que se declare la nulidad de la Resolución deGerencia Nº 281-2004-MP-FN-GECPER, de fecha 11 de marzo de 2004, en el extremo referido a la Compensación Vacacional otorgada, a favor del señorJosé Carlos Llallahui Huamani, correspondiente al período 2002-2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir al señor Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Público, copia de la presente Resolución, así como copiaautenticada de los antecedentes. Artículo Tercero.- Remitir copia autenticada de la presente Resolución a la Gerencia General y a la Oficinade Asesoría Jurídica, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 01835 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20 /G6C/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20 /G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G61/G6E/G74/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G43/G6F/G6E/G6D/G75/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G65/G6E/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 104-2006-MP-FN Lima, 30 de enero del 2006 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1329-2004-MP-FN de fecha 28 de septiembre de 2004,se designó al señor doctor José Antonio Peláez Bardales, en ese entonces Fiscal Adjunto Supremo Titular, representante de la Fiscal de la Nación para que conforme la Comisión de Conmutación de la Pena. Que, por Oficio Nº 007-2006-MP-FST de fecha 20 de enero de 2006, el señor doctor José Antonio Peláez Bardales, Fiscal Supremo Provisional de la FiscalíaSuprema Transitoria, formula su renuncia a la referida designación; por lo que resulta necesario expedir la resolución correspondiente. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por los artículos 64º y 65º inciso 2 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor doctor José Antonio Peláez Bardales, Fiscal Supremo Provisional de laFiscalía Suprema Transitoria, como representante de la Fiscal de la Nación ante la Comisión de Conmutación de la Pena, materia de la Resolución de la Fiscalía de laNación Nº 1329-2004-MP-FN. Artículo Segundo.- Designar al señor doctor Pablo Wilfredo Sánchez Velarde, Fiscal Supremo Titular de laSegunda Fiscalía Suprema Penal, como representante de la Fiscal de la Nación ante la Comisión de Conmutación de la Pena. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la presente resolución al señor Ministro de Justicia, al Presidente de la Comisión de Conmutación de la Pena, alFiscal Supremo Titular mencionado, a la Gerencia General y a la Gerencia de la Oficina de Registro Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 01836 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G50/G72/G6F/G66/G75/G74/G75/G72/G6F/G20/G41/G46/G50/G20/G65/G6C/G20/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F /G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65 /G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 72-2006 Lima, 23 de enero de 2006 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Profuturo AFP para que se le autorice el traslado de su agencia ubicada en el Jr. Santiago Giraldo Nº 160 de la ciudad de Puno, hacia elestablecimiento ubicado según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 202-1998-EF/SAFP y Certificado Nº PR063, se autorizó a Profuturo AFP el funcionamiento de la Agencia ubicada en el Jr. Santiago Giraldo Nº 160 de la ciudad de Puno; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cambio de la dirección de su agencia solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones mediante Informe Nº 001- 2006-CINST; y, De conformidad con lo dispuesto en el Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensionesreferido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y en uso de las facultades delegadas, mediante Resolución SBSNº 949-2000, entre otras, para autorizar el cambio de