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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2006 (31/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G37/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 31 de enero de 2006 no puedan ser usados, infraestructura que la Universidad requiere para el funcionamiento y desarrollo de las labores académicas; Que, la Resolución Nº 1029-2005-UNSAAC de fecha 4 de julio de 2005, incorpora en el Presupuesto Institucional, las mayores captaciones de los Ingresos de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, queson generados como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, sustento en materiapresupuestaria, que resuelve respecto a la acometida de agua potable que no estaba considerada en el Contrato de Obra de los Pabellones, en cuyo acto jurídico estabaconsiderado la colocación de una tubería con tapones en ambos extremos, la que esta colocada debajo de la vereda aledaña al Bloque I, entendiéndose que la futura acometidaes a la Av. de la Cultura, ahora la Inspección de Seda Qosqo cambia y refiere que la acometida no puede ser a la Av. de la Cultura sino a la Av. Haya de la Torre, lo queresulta que este servicio es vinculante con las Obras Centro de Idiomas y Aulas Generales, lo que hacía necesaria su ejecución, cuyo costo se sustenta en laNaturaleza de Gasto 5.3.11.39, Otros Servicios de Terceros, tal como se encuentra referido en el Memorando Nº 0321-2005-VRAD del 5 de septiembre de 2005, del exVicerrector Administrativo; Que, el Capítulo IV del D.S. Nº 084-94-PCM regula la "Exoneración del Proceso de Selección", que en el Art.141º de la norma citada prevé la Causal de "SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE", esta causal considera desabastecimiento inminente AQUELLASITUACIÓN EXTRAORDINARIA O IMPREVISIBLE, en la que la ausencia de un determinado bien, servicio u obra, compromete en forma directa e inminente lacontinuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, esta situación FACULTA A LAENTIDAD A LA ADQUISICIÓN O CONTRATACIÓN DE LOS BIENES, SERVICIOS U OBRAS SOLO POR EL TIEMPO O CANTIDAD, según sea el caso necesariopara resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda, lo que permite definir, lo siguiente: -La ejecución de los trabajos tiene el sustentotécnico; - Ha permitido la recepción de la Obra Pabellón de Aulas Generales IV Etapa; - Se ha cumplido con el cronograma de Ejecución de la Obra Pabellón del Centrode Idiomas I Etapa; - El servicio de la construcción de la "Red de Suministro de Agua Potable Hacia Pabellón de Aulas Generales y Centro de Idiomas", ha tenido elcarácter de extraordinario e imprevisible, que ha permitido en forma directa el uso de los Pabellones, para la continuidad de los servicios académicos; -La ejecucióndel servicio ha resuelto la situación de emergencia; -La contratación y ejecución del servicio de la construcción ha sido específico y por un tiempo definido; Que, los actos administrativos se circunscriben a los principios de legalidad, debido proceso, eficacia y verdad material, que sirven de criterio interpretativo pararesolver cuestiones que pueden suscitarse en las normas de procedimiento, señalados en el Art. IV Numerales 1.1, 1.2, 1.10 y 1.11 de la Ley Nº 27444, que se refiere aque las Resoluciones deben de ser dictadas dentro del marco de la Ley por la Autoridad competente, cuidando el procedimiento y que se haya cumplido con losrequisitos, sustentado con datos y documentos, primando para ello el interés publico al interés particular; Que, en consecuencia, con los fundamentos de orden formal y legal que amparan el presente, pueden adoptarse las acciones siguientes: 1.- Emitir la Resolución de Exoneración del Proceso de Selección del servicio de laconstrucción "Línea de Conducción de Agua para los Pabellones del Centro de Idiomas y Aulas Generales"; 2.-Se apruebe el Expediente Técnico; 3.- La Exoneraciónse circunscribe a la omisión del proceso de selección, por lo que el contrato que debe celebrarse, deberá cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades,exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente, conforme dispone la segunda parte del Art. 148º delD.S. Nº 084-2004-PCM, disposición de la norma que deberá ser ejecutada por la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Universidad.- 4.-Disponer seestablezca las responsabilidades que el caso amerita, conforme dispone el Art. 47º del D.S. Nº 083-2004-PCM; 5.-Se disponga el pago del servicio de la construcción ensus dos etapas, la primera que asciende a S/. 5,922.77 y la segunda por S/. 12,128.18 nuevos soles ; 6.-Se de cuenta a la Contraloría General de la República, remitiendo la documentación sustentatoria de exoneración que esmateria del presente.- Estando a lo solicitado, al Inc. c) del Art. 19º, 20º y 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Arts. 141º, 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley, Dictamen Legal Nº 442-AL-2005 y a las atribucionesconferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR la exoneración del Proceso de Selección de Menor Cuantía del Servicio de la Construcción "RED DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE PARA LOS PABELLONES DEL CENTRO DEIDIOMAS Y AULAS GENERALES DE LA CIUDAD UNIVERSITARIA DE PERAYOQ-UNSAAC" el mismo que cuenta con un valor referencial de S/. 26,173.43, Fuentede Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- DECLARAR que a través de la Resolución NºR-1564-2005-UNSAAC de fecha 03 de octubre del 2005 se aprobó el expediente técnico Servicio de laConstrucción "RED DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE PARA LOS PABELLONES DEL CENTRO DE IDIOMAS Y AULAS GENERALES DE LA CIUDADUNIVERSITARIA DE PERAYOQ-UNSAAC", elaborado por el Proyectista Ing. Luís Carbajal Cribillero y cuyo presupuesto asciende a la cantidad de S/. 26,173.43,monto que incluye mano de obra, materiales, equipo, herramientas, gastos generales, utilidad e IGV. Tercero.- DISPONER que la Dirección General de Administración proceda al pago de la Etapa I que asciende a S/. 5,922.77 y la Etapa II a S/. 12,118.28 nuevos soles. a favor de los señores: DONATO MUÑOZ HUAMANGA,LINO QUISPE HUARI, NOE HUAMAN SERRANO, LINEXS RONALD HUAMANI SUCNO, PEDRO CRISOLOGO QUISPE HALANOCCA, JUSTOHUALLPAYUNCA CONDORI y MARCOS MAMANI JALANOCCA por el trabajo realizado en la cita obra. Cuarto.- EL EGRESO se atenderá con cargo a la Actividad/Proyecto 100267-300693 Gestión Administrativa, Cadena del Gasto: 5.3.11.39 Otros Servicios de Terceros, Fuente de Financiamiento: Recursos DirectamenteRecaudados. Quinto.- DISPONER que la Oficina de Control Institucional establezca las responsabilidades que el casoamerita, conforme dispone el Art. 47º del D.S. Nº 083- 2004-PCM Sexto.- DISPONER que el expediente sea remitido al Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares para la suscripción del contrato, el cual deberá cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades,exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente, conforme dispone la segunda parte del Art. 148º del D.S.Nº 084-2004-PCM Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del Eco. JUAN ABEL GONZALES BOZA, Jefe del Área deAbastecimiento de la institución de publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como remitir la información correspondiente a la ContraloríaGeneral de la República y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días calendariosiguientes a la fecha de su aprobación. Octavo.- DISPONER que el Econ. JUAN ABEL GONZALES BOZA, Jefe del Área de Abastecimiento yServicios Auxiliares de la institución proceda con la publicación de la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones delEstado- SEACE dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Noveno.- DISPONER que a través de la Unidad de Trámite Documentario de la Institución sea remitido el presente expediente al Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares para su atención. El Vicerrectorado Administrativo, la Dirección General de Administración y el Área de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, adoptaran las acciones