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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2006 (31/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G31/G36/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 31 de enero de 2006 Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 1,500.00 Viáticos : US $ 800.00 Tarifa Única por : US $ 30.25 Uso de Aeropuerto Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionariodeberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticosentregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración de impuestos o dederechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01837 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65 /G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G6C/G61 /G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G72/G20/G6F/G20/G6E/G65/G67/G61/G72/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73 /G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G64/G75/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G65/G72/GED/G6F/G64/G6F/G20/G76/G61/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 37-2006-CED-CSJL/PJ Lima, 25 de enero de 2006 VISTOS y CONSIDERANDO:Que, el artículo 96º inciso 5) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que sonfunciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital, conceder o negar las licencias solicitadas por los Vocales, los Jueces Especializados o Mixtos, los Jueces de PazLetrados, asimismo por los auxiliares de justicia y por el personal administrativo del Distrito Judicial. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa Nº 259-2005-CSJLI/PJ dispone que las vacaciones en el Año Judicial 2006, para magistrados y personal auxiliar se harán efectivasdel 1 de febrero al 2 de marzo. Que, siendo esto así, tres de los cinco miembros del Consejo Ejecutivo Distrital harán uso de su períodovacacional en el mes indicado, por lo que no se conformaría el Colegiado con el quórum correspondiente de acuerdo a ley. Que, las solicitudes de licencia se presentan en forma frecuente, constituyendo una carga administrativa importante que debe resolverse inmediatamente; por loque resulta necesario, durante el período vacacional, adoptar las medidas pertinentes para evitar dilaciones en la tramitación de las mismas en razón a su naturalezaperentoria, delegando a la señorita Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, la facultad prevista en el artículo 96º inciso 5) del citado cuerpo legal, a fin de poderbrindar un adecuado y oportuno servicio a los magistrados y auxiliares de esta Corte Superior de Justicia. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria; ACORDÓ: Artículo Primero.- DELEGAR, en la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima, la facultad previstaen el artículo 96º incisos 5) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, durante el período vacacional comprendido entre el primero de febrero y el dos de marzo del presente año judicial; dando cuenta al citado órgano del gobiernodistrital una vez que reasuma funciones. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura y de la Oficina de Administración Distrital yla Oficina de Personal; para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CARMEN MARTÍNEZ MARAVI Presidenta ANA PATRICIA LAU DEZA OSCAR MENDOZA FERNÁNDEZ 01829 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/GC1/G72/G65/G61/G73/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G2C/G20/G64/G65/G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G6F/G73/G6F/G2D/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G2C/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G4C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 41-2006-P-CSJLI/PJ Lima, veintisiete de enero del 2006.VISTA: La Resolución Administrativa Nº 66-2005-P-CSJLI/ PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de enero del año 2005; y, CONSIDERANDO: Que, por resolución de vista, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, designó a los miembros de las Comisiones de Capacitación integralen las especialidades jurídicas de civil, familia, laboral, penal y contencioso administrativo, para el año judicial 2005. Que, la Presidencia considera necesario seguir contando con el apoyo de las Comisiones en la medida que uno de los principales objetivos es contribuir a lacapacitación integral de los Magistrados de los distintos niveles y especialidades de esta Corte Superior de Justicia, a efectos de mantener una constanteactualización jurídica. Que, asimismo, estas Comisiones deberán desarrollar actividades destinadas al debate de los temas jurídicosque tengan especial importancia para las diversas especialidades, a fin de que los señores Magistrados puedan intercambiar ideas y puntos de vista, lo quecoadyuvará a su desarrollo profesional y a un servicio de impartición de justicia más eficiente y oportuna. Que, así como se designaron las Comisiones de las especialidades mencionadas, es importante sumar a éstas, una que se encargue de la capacitación en materia constitucional. Que, en lo pertinente al área penal, estando a la labor satisfactoria desarrollada por la Comisión Especial de Apoyo al Servicio Judicial para Internos, no sólocoadyuvando con la optimización del servicio de administración de justicia en la atención a los requerimientos diversos de los internos, sino en larealización de Talleres con la participación de Magistrados sobre diversos temas penales, resulta pertinente encargar a la citada Comisión la capacitación en el área penal. Que, para el desarrollo de las actividades de las Comisiones, éstas deberán tener en cuenta lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en laresolución administrativa de fecha diecinueve de octubre del año dos mil cinco, en relación a que todo certamen académico que se realice en el Poder Judicial debe tenerautorización del supremo órgano de gobierno y gestión.