Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2006 (31/01/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 31 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 311693

Presupuestal del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto : US $ 1,500.00 : US $ 800.00 : US $ 30.25

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar ante su institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

en el articulo 96º incisos 5) de la Ley Organica del Poder Judicial, durante el periodo vacacional comprendido entre el primero de febrero y el dos de marzo del presente ano judicial; dando cuenta al citado organo del gobierno distrital una vez que reasuma funciones. Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura y de la Oficina de Administracion Distrital y la Oficina de Personal; para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta MORDAZA MORDAZA LAU MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 01837

01829

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Delegan en la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA la facultad de conceder o negar licencias solicitadas por magistrados y personal, durante periodo vacacional
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 37-2006-CED-CSJL/PJ MORDAZA, 25 de enero de 2006 VISTOS y CONSIDERANDO: Que, el articulo 96º inciso 5) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial establece que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital, conceder o negar las licencias solicitadas por los Vocales, los Jueces Especializados o Mixtos, los Jueces de Paz Letrados, asimismo por los auxiliares de justicia y por el personal administrativo del Distrito Judicial. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolucion Administrativa Nº 259-2005-CSJLI/PJ dispone que las vacaciones en el Ano Judicial 2006, para magistrados y personal auxiliar se haran efectivas del 1 de febrero al 2 de marzo. Que, siendo esto asi, tres de los cinco miembros del Consejo Ejecutivo Distrital haran uso de su periodo vacacional en el mes indicado, por lo que no se conformaria el Colegiado con el quorum correspondiente de acuerdo a ley. Que, las solicitudes de licencia se presentan en forma frecuente, constituyendo una carga administrativa importante que debe resolverse inmediatamente; por lo que resulta necesario, durante el periodo vacacional, adoptar las medidas pertinentes para evitar dilaciones en la tramitacion de las mismas en razon a su naturaleza perentoria, delegando a la senorita Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la facultad prevista en el articulo 96º inciso 5) del citado cuerpo legal, a fin de poder brindar un adecuado y oportuno servicio a los magistrados y auxiliares de esta Corte Superior de Justicia. Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria; ACORDO: Articulo Primero.- DELEGAR, en la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la facultad prevista

Designan miembros de Comisiones de Capacitacion de las Areas Civil, de Familia, Constitucional, ContenciosoAdministrativo, Penal y Laboral de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 41-2006-P-CSJLI/PJ MORDAZA, veintisiete de enero del 2006. VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 66-2005-P-CSJLI/ PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de enero del ano 2005; y, CONSIDERANDO: Que, por resolucion de vista, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, designo a los miembros de las Comisiones de Capacitacion integral en las especialidades juridicas de civil, familia, laboral, penal y contencioso administrativo, para el ano judicial 2005. Que, la Presidencia considera necesario seguir contando con el apoyo de las Comisiones en la medida que uno de los principales objetivos es contribuir a la capacitacion integral de los Magistrados de los distintos niveles y especialidades de esta Corte Superior de Justicia, a efectos de mantener una MORDAZA actualizacion juridica. Que, asimismo, estas Comisiones deberan desarrollar actividades destinadas al debate de los temas juridicos que tengan especial importancia para las diversas especialidades, a fin de que los senores Magistrados puedan intercambiar ideas y puntos de vista, lo que coadyuvara a su desarrollo profesional y a un servicio de imparticion de justicia mas eficiente y oportuna. Que, asi como se designaron las Comisiones de las especialidades mencionadas, es importante sumar a estas, una que se encargue de la capacitacion en materia constitucional. Que, en lo pertinente al area penal, estando a la labor satisfactoria desarrollada por la Comision Especial de Apoyo al Servicio Judicial para Internos, no solo coadyuvando con la optimizacion del servicio de administracion de justicia en la atencion a los requerimientos diversos de los internos, sino en la realizacion de Talleres con la participacion de Magistrados sobre diversos temas penales, resulta pertinente encargar a la citada Comision la capacitacion en el area penal. Que, para el desarrollo de las actividades de las Comisiones, estas deberan tener en cuenta lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en la resolucion administrativa de fecha diecinueve de octubre del ano dos mil cinco, en relacion a que todo certamen academico que se realice en el Poder Judicial debe tener autorizacion del supremo organo de gobierno y gestion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.