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NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 3 de julio de 2006 322909REPUBLICADELPERU de concesión no es suscrito por el solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partirde la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11480 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G76/GED/G61/G73 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 510-2006-MTC/09 Lima, 27 de junio de 2006 Visto el Memorándum Nº 718-2006-MTC/20 del Director Ejecutivo de Provías Nacional, mediante el cual solicita la aprobación de la donación dineraria proveniente de la Minera Y anacocha S.R.L.; CONSIDERANDO:Que, con fecha 26 de abril de 2006 se suscribió el Convenio Nº 011-2006-MTC/20, Convenio deCooperación Interinstitucional celebrado entre Provías Nacional y Minera Y anacocha S.R.L., para financiar las obras de conservación vial consistente en la ejecución de trabajos de protección de 10 puntos críticos de lacarretera Ciudad de Dios - Cajamarca, realización de trabajos de mantenimiento rutinario de la carpeta asfáltica existente y la señalización horizontal de 20 Km., desde el Km. 145+000 al Km. 165+000 (El Gavilán); Que, de acuerdo a la Cláusula Tercera del mencionado Convenio de Cooperación Interinstitucional, el monto que Minera Y anacocha S.R.L. se compromete a aportar es de Novecientos Ochenta y Nueve Mil Seiscientos Ochenta y 66/100 Nuevos Soles (S/. 989 680,66), de los cuales Trescientos Treinta y Dos Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve y 61/100 Nuevos Soles (S/. 332 439,61) corresponde a aporte dinerario y Seiscientos cincuenta y Siete Mil Doscientos Cuarenta y Uno y 05/100 Nuevos Soles (S/. 657 241,05) a aportes de materiales y combustible; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que lasdonaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad y publicadas en el Diario Oficial El Peruano cuando el monto de la donaciónsupere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Estando a lo informado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto y de conformidad con lodispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación dineraria de Minera Y anacocha S.R.L., con Registro Único de Contribuyente Nº 20137291313, por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL