Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2006 (03/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano lunes 3 de MORDAZA de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES
LA SALA RESUELVE:

322915

acreditar que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA participo en el curso tecnico basico "Espanol para sistema de maquinas de hemodialisis Fresenius 4008S", realizado en MORDAZA del 15 al 17 de setiembre de 2003. Sin embargo, mediante carta de fecha 30 de marzo de 2005, la empresa MORDAZA comunico que no habia emitido tal certificacion. 8. De la misma manera, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sostuvo en su curriculo que participo en cursos realizados por Fresenius Medical Care MORDAZA S.A., y adjunto tres (3) certificados de fecha 17 de setiembre de 2003 a fin de acreditar lo senalado; sin embargo, la empresa MORDAZA manifesto que dicho tecnico no habia asistido a ningun curso dictado en sus dependencias, por lo que no habia emitido certificacion alguna a su favor. 9. Sobre lo expuesto, cabe senalar que el literal c) del articulo 56º del Reglamento establece que "el postor es responsable de la veracidad de los documentos e informacion que presenta para efectos del MORDAZA de seleccion, lo normado esta referido a toda documentacion que se presente en el mismo, sin importar su naturaleza o su fin, en tanto MORDAZA sido o no requerido en las Bases o MORDAZA sido materia de evaluacion", puesto que en estos casos el bien juridico tutelado por la administracion es la presuncion de veracidad de la informacion presentada ante ella. En tal sentido, en el presente caso, el Postor suscribio una declaracion jurada de acuerdo al articulo 56º del Reglamento, responsabilizandose de la veracidad de la informacion y documentacion presentada en el MORDAZA de seleccion. 10. En ese orden de ideas y en merito a la documentacion obrante en autos, se ha determinado que TECHNICAL MED S.A.C presento ante la Entidad certificados falsos para acreditar que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Er nesto MORDAZA MORDAZA contaban con cier tas capacidades academicas por haber participado en cursos realizados por Fresenius Medical Care MORDAZA S.A. y Fresenius Medical Care Deutschland GmbH; razon por la cual existe responsabilidad administrativa del Postor, conforme a lo establecido en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento. 11. Finalmente, en cuanto a la graduacion de la sancion imponible, que para el hecho que nos ocupa oscila entre tres (3) meses y un (1) ano de suspension para contratar con el Estado, es importante senalar que entre los factores establecidos en el articulo 209º del Reglamento, se establece la intencionalidad, dano causado, circunstancias de tiempo, lugar y modo, asi como la conducta procesal del infractor, debiendo tenerse en cuenta, por un lado, la falta de apersonamiento del Postor al procedimiento seguido en su contra, a pesar de haber sido debidamente notificado, segun consta en el expediente y, de otro, que los sendos documentos falsos presentados le permitieron obtener la buena pro, decision que al ser impugnada posteriormente como consecuencia del puntaje otorgado de manera indebida dio lugar a la nulidad del MORDAZA de seleccion, por lo que es opinion de esta Sala aplicar la MORDAZA sancion al infractor. Por estos fundamentos, con la intervencion del Presidente del Tribunal Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de los senores vocales Dres. Wina Isasi MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, atendiendo a la reconformacion de la Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 048-2006CONSUCODE/PRE y de conformidad con las facultades conferidas en los articulos 53º, 59º y 61º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, asi como el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 4º de la Ley Nº 28267; analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate;

1. Sancionar a la empresa TECHNICAL MED S.A.C. con doce (12) meses de suspension en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber incurrido en la causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sancion que tendra vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, al ignorarse domicilio MORDAZA del infractor. 2. Poner en conocimiento a la Gerencia del Registro Nacional de Proveedores para las anotaciones de ley correspondientes. 3. Poner en conocimiento de la Presidencia del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) la presente resolucion a efecto que, en uso de sus atribuciones, adopte las medidas pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA ISASI MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11367

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Sancionan con suspension a ex Procurador Publico Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 225-2006-PRES

MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2006 VISTOS; la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0572003-PRES, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 3762003-PRES, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0102005-PRES, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0862005-PRES, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1602005-PRES, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0482006-PRES, el Informe Nº 009-2006-GRL/CCD y el Memorando Nº 091-2006-GRL/SG; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0572003-PRES, se conformo la Comision Calificadora Disciplinaria del Gobierno Regional de MORDAZA, la misma que estaba integrada por el Subgerente Regional de Administracion del Gobierno Regional de MORDAZA, Lic. MORDAZA MORDAZA Letona Canaval (Presidente), por el Subgerente Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA Valderas (miembro) y por el Jefe de la Oficina de Recursos Humanos Dr. MORDAZA MORDAZA Block MORDAZA (miembro); Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 3762003-PRES, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0102005-PRES, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 086-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.