TEXTO PAGINA: 16
PÆg. 313838 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2006 Aprueban Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del InstitutoNacional de Investigación y ExtensiónAgraria - INIEA DECRETO SUPREMO Nº 011-2006-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara alEstado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorarla gestión pública y construir un Estado democrático,descentralizado al servicio ciudadano; Que, el artículo 30º, concordante con el artículo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece la obligatoriedad de cada entidad de señalar en su Texto Único de ProcedimientosAdministrativos, sus procedimientos administrativos yservicios prestados en exclusividad; Que, el Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA es un Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura, que presta servicios que califican como procedimientos administrativos y conformelo establece el artículo 30º de la Ley Nº 27444 “Ley delProcedimiento Administrativo General”, cada entidad señalasus procedimientos administrativos en su Texto Único deProcedimientos Administrativos - TUPA siguiendo los criterios establecidos para su elaboración en la norma indicada; Que, es necesario aprobar el nuevo TUPA del INIEA, estableciendo, entre otros, los procedimientos y serviciosque permitan realizar una apropiada implementación delos nuevos dispositivos legales en lo que se refiere arecursos genéticos y biotecnología, competencia institucional, hecho que permitirá garantizar su apropiadaaplicación a través de una mejor orientación y atención alpúblico usuario; Que, en mérito a lo expuesto y a lo preceptuado por el numeral 38.2 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, resultapertinente gestionar la aprobación de un nuevo Texto Únicode Procedimientos Administrativos del INIEA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902, Ley Nº 27806 y Nº 27927, Decretos Supremos Nº 017-2001-AG, Nº 031-2005-AG, Nº 018-2001-PCM, Nº 043-2003-PCM, Nº 072-2003-PCM; Ley Nº 28076, y el Artículo 38º de la LeyNº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Instituto Nacional deInvestigación y Extensión Agraria - INIEA, que en Anexoadjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Instituto Nacionalde Investigación Agraria, aprobado por Decreto SupremoNº 012-2002-AG. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de marzo del año dos mil seis. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU