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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2006 (04/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 313843 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de marzo de 2006 MINCETUR Autorizan viaje de representante de PROMPEX a Espaæa para participar en la Feria Alimentaria Barcelona 2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 078-2006-MINCETUR/DM Lima, 3 de marzo de 2006 Visto el Oficio Nº 139-2006-PROMPEX/DE del Director Ejecutivo de la Comisión para la Promoción deExportaciones -PROMPEX; CONSIDERANDO: Que, PROMPEX, de conformidad con el artículo 4º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2003-MINCETUR, tiene como finalidad promover las exportaciones peruanas, facilitando y contribuyendo a su posicionamiento en el mercadointernacional, a través de una acción concertada con elsector privado y las diferentes instituciones públicasrelacionadas con el comercio exterior del país, buscando eldesarrollo sostenible de las exportaciones en base al crecimiento y diversificación de la oferta exportable peruana, la capacidad de gestión de las empresas exportadoras y laapertura y consolidación de los mercados de exportación; Que, entre las acciones que lleva a cabo PROMPEX, para la promoción de las exportaciones de bienes y serviciosperuanos y mejora de la oferta exportable, se encuentra su participación conjuntamente con empresas exportadoras peruanas, en Misiones Empresariales, Ruedas de Negociosy Ferias Especializadas Internacionales, de conformidadcon lo establecido en el numeral 10) del artículo 5º de suReglamento de Organización y Funciones; Que, del 6 al 10 de marzo del 2006, en la ciudad de Barcelona, Reino de España, se realizará la Feria Alimentaria Barcelona 2006, organizada por AlimentariaExhibitions S.A., feria bianual en la que participaránaproximadamente 70 países y cerca de 5,000 empresaslíderes en la fabricación y distribución de alimentos ybebidas; Que, PROMPEX participará en dicha Feria con el fin de promocionar, posicionar y difundir los productos alimenticiosperuanos; identificar potenciales compradores para dichosproductos y consolidar la participación, en el mercadoeuropeo, de productos como páprika, alcachofa, espárragosen conserva, entre otros; Que, por ser de interés institucional, el Director Ejecutivo de PROMPEX solicita que se autorice el viaje de unprofesional a la ciudad de Barcelona, Reino de España,para que en representación de la Entidad, participe en laFeria antes mencionada; Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, establece que PROMPEX, es unOrganismo Público Descentralizado del sector ComercioExterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27790 y 27619, Ley Nº 28652, modificada por el Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Mónica Geraldine Dávila Escudero, profesional de la Gerencia de Agro y Agroindustrias de PROMPEX, a la ciudad deBarcelona - Reino de España, del 3 al 12 de marzo de2006, para que en representación de PROMPEX participeen la Feria Alimentaria Barcelona 2006, a realizarse endicha ciudad. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo alPresupuesto del Pliego 008 Comisión para la Promociónde Exportaciones, del Sector 35 Comercio Exterior yTurismo, Unidad Ejecutora 001 Comisión para laPromoción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Sub- programa 0110 Promoción Externa del Comercio, deacuerdo al siguiente detalle:- Viáticos (US$ 130,00 x 8 días) : US$ 1 040,00 - Pasajes : US$ 1 487,00- Tarifa Córpac : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la representante dePROMPEX, autorizada mediante el Artículo 1º de lapresente resolución, presentará al Titular de la Entidad uninforme detallado sobre las acciones realizadas y los logrosobtenidos; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechosaduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 04010 ECONOMÍA Y FINANZAS Ratifican Acuerdo de PROINVERSIÓN que incluye a SIDERPERU en elproceso de promoción de la inversiónprivada a que se refiere el D. Leg. N” 674 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2006-EF Lima, 4 de marzo de 2006 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el inciso 1) del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada en las Empresas del Estado, corresponde a laAgencia de Promoción de la Inversión Privada(PROINVERSIÓN) establecer las empresas conformantesde la Actividad Empresarial del Estado en las que se aplicaráalguna de las modalidades de promoción de la inversión privada a que se refiere el Artículo 2º del mismo Decreto Legislativo; Que, el día viernes 3 de marzo de 2006 se realizó a través de la Bolsa de Valores de Lima, la "Oferta Pública deVenta en Rueda de Bolsa de 554 530 346 AccionesComunes con Derecho a Voto emitidas por la Empresa Siderúrgica del Perú S.A.A. y prendadas a favor de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -PROINVERSIÓN", oferta que se realizó como consecuenciade la ejecución de la prenda de acciones existente comogarantía del pago del saldo de precio por la compra delpaquete accionario de la mencionada empresa en el año 1996 en el marco del proceso de promoción de la inversión privada de tal empresa, en la cual PROINVERSIÓN adquirióen pago 553 329 546 acciones; Que, en el supuesto que PROINVERSIÓN adquiriese en pago las acciones ofertadas, o una parte de ellas, en lasesión del Concejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 2 de marzo de 2006 se acordó incluir a la mencionada empresa en el proceso de promoción de la inversión privadaa que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, bajo lasmodalidades contenidas en los literales a, b y c del Artículo2º del mismo Decreto Legislativo; Que, conforme a la parte final del señalado Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, este acuerdo de PROINVERSIÓN debe ser ratificado por ResoluciónSuprema; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratifíquese el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la InversiónPrivada (PROINVERSIÓN), conforme al cual se incluye a laEmpresa Siderúrgica del Perú S.A.A. - SIDERPERU en elproceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, bajo las modalidades establecidas en los literales a, b y c del Artículo 2º delDecreto Legislativo Nº 674.