TEXTO PAGINA: 74
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G34/G31/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 6 de marzo de 2006 entidades asociadas al sistema en coordinación con la Gerencia de Administración Tributaria. Artículo 8º.- BENEFICIO DE DESCUENTO EN TRÁMITES Y/O PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOSREGULADOS EN EL TUPA Establecer un Beneficio de Descuento del 20% en los derechos a pagar, por cualquier trámite y/o procedimientoadministrativo, señalado en el Texto Único deProcedimientos Administrativos (TUPA), a los contribuyentesque estuvieran al día en el pago de su Impuesto Predialhasta el 31 de diciembre de cada año anterior y que notengan deudas de años anteriores por éste concepto.Siendo el beneficio para el contribuyente titular registradoen el sistema predial y que efectuó el pago hasta dichafecha, por lo que es de carácter personal e intransferible,no acumulable con otros beneficios similares, teniendovigencia solamente durante cada Ejercicio anual. Artículo 9º .- EXONERACIÓN DE PAGO EN TRÁMITES Y/O PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS REGULADOSEN EL TUPA Exonerar del Pago por Constancia de Registro en el Sistema Predial para efectos de certificaciones de noadeudos tributarios, señalado en Texto Único deProcedimientos Administrativos (TUPA), a los contribuyentesque estuvieron al día en el pago de su Impuesto Predialhasta el 31 de diciembre de cada año anterior a su solicitudy que no mantengan deuda de años anteriores por esteconcepto. Siendo la exoneración para el contribuyentetitular registrado en el sistema predial y que efectuó elpago hasta dicha fecha, por lo que la misma es de carácterpersonal e intransferible, teniendo vigencia dichaexoneración durante cada ejercicio anual.DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La aplicación de la presente Ordenanza es también para aquellos contribuyentes que estuvieron al díaen el pago de su Impuesto Predial hasta el 31 de diciembredel año 2005 y que no mantengan deudas por dicho tributo. Segunda.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad de Villa El Salvador, a fin que disponga realizar la celebración, sorteo ypremiación del “Día del Buen Contribuyente” correspondiente alpresente ejercicio anual, en los siguientes meses del añopresente; asimismo para que mediante Decreto de Alcaldíadicte las disposiciones complementarias y reglamentariasnecesarias para la aplicación de la presente norma. Tercera.- Déjese sin efecto, el Acuerdo de Concejo Nº 059-2003-MVES de fecha 06.11.2003, las Resolucionesde Alcaldía Nºs. 1878-2003-ALC/MVES y 1390-2004-ALC/MVES y toda norma que se oponga a la presente. Cuarta.- La presente norma es obligatoria desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Quinta.- Otórguese un plazo de 30 días para que se elabore el Reglamento correspondiente, el mismo que seráaprobado por Decreto de Alcaldía. Sexta.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con la Secretaría General del Concejo, Gerencia deAdministración Tributaria, Gerencia de Administración yFinanzas, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia deEducación, Cultura y Deporte, y Agencias Municipales deDesarrollo, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 04067 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F OSIPTEL Proyecto de Resolución mediante la cual se establecerá cargo de interconexión tope para el acceso a los teléfonos públicos fijos operados por Telefónica del Perú S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 014-2006-CD/OSIPTEL Lima, 27 de febrero de 2006 EXPEDIENTE : Nº 00002-2004-CD-GPR/IX MATERIA : Fijación del cargo de interconexión tope para elacceso a los teléfonos públicosfijos operados por Telefónicadel Perú S.A.A. ADMINISTRADO : T elefónica del Perú S.A.A. VISTA: La Resolución presentada por la Gerencia General, mediante la cual se dispone la publicación del Proyecto deResolución que establecerá el cargo de interconexión topepara el acceso a los teléfonos públicos fijos operados porTelefónica del Perú S.A.A., conjuntamente con suExposición de Motivos; CONSIDERANDO:Que en el Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión, aprobado mediante Resolución del ConsejoDirectivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL, publicado en el DiarioOficial El Peruano el día 7 de junio de 2003, y susmodificatorias, se definen los conceptos básicos de lainterconexión, y se establecen las normas técnicas,económicas y legales a las cuales deberán sujetarse: a) loscontratos de interconexión que se celebren entre operadoresde servicios públicos de telecomunicaciones; y, b) lospronunciamientos sobre interconexión que emita OSIPTEL;Que en el Numeral 46 de los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de las Telecomunicaciones en elPerú, aprobados por Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, seestablece la información que servirá de base para elestablecimiento de cargos de interconexión; Que mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 123- 2003-CD/OSIPTEL publicada en el diario oficial El Peruanoel día 25 de diciembre de 2003 se aprobó el “Procedimientopara la Fijación o Revisión de Cargos de InterconexiónTope”, en cuyo Artículo 7º se detallan las etapas y reglas aque se sujeta el procedimiento de oficio que inicie OSIPTEL; Que mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 089- 2004-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruanoel 28 de noviembre de 2004, se dispuso el inicio delprocedimiento de oficio para la revisión del cargo deinterconexión tope para el acceso a los teléfonos públicosoperados por Telefónica del Perú S.A.A.; Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 7º de la Resolución del Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL, y en mérito a los fundamentos que sustentan elProyecto de Resolución señalado en la sección “VISTA”,se considera pertinente disponer su publicación en el DiarioOficial El Peruano, definiendo el plazo para que losinteresados puedan presentar sus comentarios respectode dicho proyecto, convocar a la correspondiente AudienciaPública y disponer la publicación, en la página web deOSIPTEL, de la respectiva documentación sustentatoria; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobadopor Decreto Supremo Nº 008-2001-CD/OSIPTEL y conformea lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 255; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación, en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto de Resolución mediante el