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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2006 (24/03/2006)

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PÆg. 315329 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de marzo de 2006 Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y la Comunidad Europea celebraron el Convenio deFinanciamiento Nº ALA/2004/016-913, en virtud del cualla Comunidad Europea se comprometió a financiar conun importe máximo de 10´000,000 de euros, el"Proyecto de Cooperación UE-Perú en materia de Asistencia Técnica al Comercio - Apoyo al Programa Estratégico Nacional de Exportaciones (PENX 2003-2013)"; Que, dicho Convenio fue ratificado por Decreto Supremo Nº 004-2006-RE, publicado en el Diario OficialEl Peruano el 9 de febrero de 2006; Que, a efectos de dar cumplimiento a los numerales III.1.1 y V.1.4.1 del citado Convenio, resulta necesarioconstituir la estructura de gestión del Proyecto, que sededicará a la conducción e implementación del mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constituir la Entidad Gestora del "Proyecto de Cooperación UE-Perú en materia de Asistencia Técnica al Comercio - Apoyo al ProgramaEstratégico Nacional de Exportaciones (PENX 2003-2013)", la cual estará conformada por: - Un Director Nacional del Proyecto - Un Administrativo Contable - Un Secretario- Dos Especialistas en temas Sectoriales Asimismo, la Entidad Gestora del Proyecto contará con una asistencia técnica internacional y local, de acuerdo a lo establecido en el Convenio de Financiamiento Nº ALA/2004/016-913, a que se refiere la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Las funciones de la Entidad Gestora del Proyecto son las siguientes: a) La preparación de los documentos técnicos, administrativos, financieros y operacionales del Proyecto(Plan Operativo Global - POG, Planes OperativosAnuales - POA´s, informes, presupuestos, licitaciones,etc. para los contratos a firmar). b) La organización, el monitoreo y la supervisión de la implementación de las actividades. c) Mantener una contabilidad detallada por rubro para todos los gastos realizados en el marco delProyecto. d) Elaborar los informes trimestrales y anuales técnicos y financieros para la Delegación de la Comisión Europea en el Perú. e) Asegurar el funcionamiento de la Secretaría del Comité Consultivo a que se refiere el numeralIII.1.2 del Convenio de Financiamiento Nº ALA/2004/016-913. f) Las demás funciones que resulten necesarias para implementar el Proyecto, de acuerdo con el Convenio deFinanciamiento y sus Anexos. Artículo 3º.- El Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, realizará las propuestas para la selección de los miembros de la Entidad Gestora, de acuerdo a lasnormas legales pertinentes, así como la supervisión dela ejecución del Convenio. Artículo 4º.- La Entidad Gestora, en el ejercicio de sus funciones, contará con el apoyo de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo delMINCETUR. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 05417Amplían plazo para culminar proceso de transferencia de recursos, bienes,acervo documentario y personal de laex CONAFRAN a CONAZEDE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 110-2006-MINCETUR/DM Lima, 23 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante los artículos 2º y 3º de la Resolución Ministerial Nº 239-2005-MINCETUR/DM, publicada el 14de agosto de 2005, se constituyó la Comisión deTransferencia, encargada de coordinar y ejecutar elproceso de transferencia de los recursos, bienes, acervodocumentario y personal de la ex CONAFRAN a CONAZEDE, conforme a la Octava Disposición Complementaria, Derogatoria y Final de la Ley Nº 28569,estableciendo un plazo de 60 días para efectuar taltransferencia; Que, mediante el artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 336-2005-MINCETUR/DM, publicada el 3 de noviembre de 2005, se amplió el plazo establecido en la Resolución Ministerial Nº 239-2005-MINCETUR/DMhasta el 31 de diciembre de 2005, en atención a razonesde orden presupuestario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-2005- MINCETUR se dispuso que el Consejo Directivo de la ex CONAFRAN apruebe los estados financieros y presupuestarios e inventarios correspondientes al cortede sus actividades y, que asimismo, apruebe los estadosfinancieros y presupuestarios de la ex CONAFRAN al31 de diciembre de 2005, reajustando los saldos atransferir a los CETICOS y a la CONAZEDE, de acuerdo con la ejecución del gasto de cada uno de ellos a dicha fecha; Que, mediante el artículo único de la Resolución Ministerial Nº 426-2005-MINCETUR/DM, publicada el 5de enero de 2006, se amplió el plazo establecido en laResolución Ministerial Nº 239-2005-MINCETUR/DM, hasta el 31 de marzo de 2006, en atención a que en tanto el Consejo Directivo ex CONAFRAN no apruebe losestados financieros y presupuestarios de dicha entidadal 31 de diciembre de 2005, la Comisión de Transferenciano puede ejecutar la transferencia; Que, dentro de dicho proceso, la Comisión debe realizar la transferencia del personal de la ex CONAFRAN a la CONAZEDE, objetivo que no puede cumplirse entanto la CONAZEDE no cuente con una estructuranormativa de gestión aprobada de acuerdo a Ley; Que, con fecha 16 de febrero de 2006, el Consejo Directivo de la CONAZEDE ha aprobado sus instrumentos de gestión, en particular su Reglamento de Organización y Funciones - ROF, el mismo que deacuerdo con el artículo 13.2 de la Ley Nº 27658, LeyMarco de Modernización de la Gestión del Estado,modificado por Ley Nº 27899, debe aprobarse porDecreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, trámite que está en proceso; Que, en tanto no se apruebe dicho instrumento de gestión, la Comisión de Transferencia no puede completarla ejecución del proceso a su cargo, de acuerdo con loestablecido por la Resolución Ministerial Nº 239-2005-MINCETUR/DM y dentro del plazo fijado por la Resolución Ministerial Nº 426-2005-MINCETUR/DM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Ampliar el plazo establecido en el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 239-2005- MINCETUR/DM, hasta el 30 de junio de 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 05413