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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2006 (24/03/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 315342 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Directorio del Banco de la Nación, mediante acuerdo adoptado en Sesión Nº 1603 de fecha 10 demarzo de 2006, ha autorizado el viaje de los señoresCarlos Manuel Díaz Mariños, Gerente, Jefe (e) del Departamento de Operaciones e Isaías Villanueva Mory, Gerente, Jefe del Departamento de Informática, a laciudad de Medellín, República de Colombia del 29 demarzo y 1 de abril de 2006, a fin de concretar la visita ala Empresa VISIONAMOS CENTRAL COOPERATIVA(Colombia) y de los señores Juan Carlos Galfré García, Gerente, Jefe del Departamento de Créditos y Francisco Octavio Rodríguez Benitez, Subgerente delDepartamento de Informática, a la ciudad de Sao Paulo,República Federativa del Brasil del 2 al 5 de abril de 2006para visitar el BANCO NOSSA CAIXA (Brasil); Que, el objetivo de las mencionadas visitas, previstos en el Plan Estratégico 2004-2008 del Banco, es mejorar la atención de los clientes, brindándoles servicios de calidad,innovando canales de distribución de servicios, acercándolosal cliente, ampliando la capacidad de atención y mejorando lacalidad y costo de los servicios que presta; Que, por tratarse de visitas que contribuirán a la consecución de los objetivos institucionales, resulta indispensable la participación de los señores Carlos ManuelDíaz Mariños, Isaías Villanueva Mory, Juan Carlos GalfréGarcía y Francisco Octavio Rodríguez Benitez; Que, en consecuencia, es necesario autorizar por excepción dichos viajes, cuyos gastos se efectuarán con cargo a los recursos del presupuesto del Banco de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652 modificadopor Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, los viajes de los señores Carlos Manuel Díaz Mariños, Gerente, Jefe(e) del Departamento de Operaciones e Isaías VillanuevaMory, Gerente, Jefe del Departamento de Informática del Banco de la Nación, a la ciudad de Medellín, República de Colombia del 29 de marzo y 1 de abril de 2006 y de losseñores Juan Carlos Galfré García, Gerente, Jefe delDepartamento de Créditos y Francisco OctavioRodríguez Benitez, Subgerente del Departamento deInformática del citado Banco, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil del 2 al 5 de abril de 2006, para los fines expuestos en la parte considerativade la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a losrecursos del presupuesto del Banco de la Nación, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Carlos Manuel Díaz Mariños (Colombia)Pasajes : US$ 497,02Viáticos : US$ 1000,00 Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Señor Isaías Villanueva Mory (Colombia) Pasajes : US$ 497,02Viáticos : US$ 1000,00 Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Señor Juan Carlos Galfré García (Brasil) Pasajes : US$ 767,38Viáticos : US$ 1000,00Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Señor Francisco Octavio Rodríguez Benitez (Brasil)Pasajes : US$ 767, 56 Viáticos : US$ 1000,00Tarifa CORPAC : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje los referidos técnicosdeberán presentar un informe detallado describiendo lasacciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana decualquier clase o denominación a favor de los técnicoscuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 05443 ENERGÍA Y MINAS Otorgan concesión a ELECTROCENTRO S.A. para desarrollar actividades dedistribución en el Pequeæo SistemaElØctrico Cangallo II Etapa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2006-EM Lima, 23 de marzo de 2006VISTO: El Expediente Nº 15121302, sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de ConcesionesEléctricas, organizado por la Empresa Regional deServicio Público de Electricidad del Centro S.A. -ELECTROCENTRO S.A., persona jurídica inscrita en elAsiento Nº 1, Fojas Nº 194, del Tomo Nº 26 del Registro de Sociedades Mercantiles del departamento de Junín; CONSIDERANDO:Que, la solicitud de concesión definitiva tiene por objeto desarrollar la actividad de distribución en el Pequeño Sistema Eléctrico Cangallo II Etapa, ubicado en los distritos de Santiago de Lucanamarca, Carapo, Sancos,Sacsamarca, Huaya, Canaria, Concepción, Saurama,Huambalpa, Carhuanca y Accomarca, provincias deHuanca Sancos, Víctor Fajardo y Vilcas Huamán,departamento de Ayacucho, cuyas coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 293-2003- EM-DGAA de fecha 21 de julio de 2003, se aprobó elEstudio de Impacto Ambiental del Pequeño SistemaEléctrico Cangallo II Etapa; Que, las obras del Pequeño Sistema Eléctrico Cangallo II Etapa fueron concluidas y transferidas como aporte del Estado al capital de ADINELSA, según consta en laResolución Ministerial Nº 405-2002-EM/DM de fecha 10de setiembre de 2002, y en virtud del Contrato deAdministración Nº 001-98, suscrito el 19 de noviembrede 1998, ADINELSA ha entregado la administración de las obras eléctricas del Pequeño Sistema Eléctrico a que se refiere la presente Resolución, a favor deELECTROCENTRO S.A.; Que, la petición se halla amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25º de la Ley de ConcesionesEléctricas y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria hacumplido con los requisitos establecidos en la Ley deConcesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 018-2006-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad - ELECTROCENTRO S.A.,