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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de noviembre de 2006 332604 personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, quienes ahora son centro y agentes fundamentales del proceso educativo; Que, asimismo, se han expedido diversos dispositivos legales, orientados a promover el derecho de las personas con discapacidad y a disfrutar de una vida plena en igualdad de condiciones y oportunidades, tales como la Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad, el Plan de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad 2003 - 2007 aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-MINDES y el Decreto Supremo Nº 026-2003-ED, que aprueba la Década de la Educación Inclusiva 2003 - 2012; Que, a su vez, en el año 2005, el Ministro de Educación expusó ante el Congreso de la República el Plan Piloto Progresivo de Educación Inclusiva para niños, niñas y adolescentes con discapacidad, cuyos objetivos son ampliar la cobertura y mejora la calidad de la educación que se les brinda a estas personas y que ello implica sensibilizar a todos los agentes educativos, así como a la sociedad civil en su conjunto; Que, bajo ese contexto, la Dirección Nacional de Educación Básica Especial, ha previsto normar las funciones que deberán cumplir las Instancias de Gestión Educativa descentralizada para el logro de los objetivos de la “Campaña de Sensibilización y movilización en el marco del Plan Piloto por la Inclusión Progresiva de los Niños, Niñas y Adolescentes con Discapacidad”; por lo que resulta necesario aprobar la Directiva correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modi fi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED; SE RESUELVE:Artículo Único .- Autorizar a la Dirección Nacional de Educación Básica Especial emitir la Directiva que establezca las normas y orientaciones para la “Campaña de Sensibilización y Movilización en el Marco del Plan Piloto por la Inclusión Progresiva de los Niños, Niñas y Adolescentes con Discapacidad” cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese.IDEL VEXLER T. Viceministro de Gestión Pedagógica DIRECTIVA Nº 168-2006-DINEBE-VMGP CAMPAÑA DE SENSIBILIZACIÓN Y MOVILIZACIÓN EN EL MARCO DEL PLAN PILOTO POR LA INCLUSIÓN PROGRESIVA DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON DISCAPACIDAD I. FINALIDAD La presente Directiva tiene por fi nalidad normar la plani fi cación, ejecución, monitoreo y evaluación de la Campaña de Sensibilización y Movilización en el marco del Plan Piloto por la Inclusión Progresiva de los Niños, Niñas y Adolescentes con Discapacidad. II. OBJETIVOS 2.1. OBJETIVO GENERAL Orientar el desarrollo de las acciones que forman parte de la Campaña de Sensibilización y Movilización en el marco del Plan Piloto por la Inclusión Progresiva de los Niños, Niñas y Adolescentes con Discapacidad en 4 Direcciones Regionales de Educación seleccionadas: Junín, Lambayeque, Lima y Loreto. 2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: 2.2.1. Sensibilizar a la comunidad educativa y comunidad en general para su participación en los procesos educativos inclusivos mediante la difusión de cuñas radiales, spots televisivos y a fi ches, la realización de un foro educativo y un evento masivo de movilización social en las 4 Direcciones Regionales de Educación seleccionadas. 2.2.2. Comprometer la participación y el apoyo de las Direcciones Regionales de Educación seleccionadas, así como de sus respectivas Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL, en todas las acciones previstas para el desarrollo de esta actividad. III. BASE LEGAL 3.1. Constitución Política del Perú. 3.2. Ley Nº 28044, Ley General de Educación y sus modi fi catorias, Leyes Nº 28123, Nº 28302 y Nº 28329 y sus reglamentos aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 013-2004-ED, 022-2004-ED, 002-2005-ED y 015- 2004-ED. 3.3. Ley Nº 27050, Ley General de la persona con discapacidad 3.4. Decreto Ley Nº 25762 y su modi fi catoria Ley N° 26510 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación 3.5. Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. 3.6. Decreto Supremo Nº 006-2004-ED, Lineamientos de Política Educativa 2004 - 2006. 3.7. Decreto Supremo Nº 026-2006-ED, “Década de la Educación Inclusiva 2003-2012. 3.8. Decreto Supremo Nº 015-2002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa. 3.9. Resolución Ministerial Nº 711-2005-ED, Orientaciones y Normas Nacionales para la gestión en las Instituciones de Educación Básica y Técnico Productiva 3.10. Directiva Nº 001-2006-VMGP/DINEIP/UEE, Normas para la matrícula de estudiantes con necesidades educativas especiales en Instituciones Educativas Inclusivas y en Centros de Educación Básica Especial. 3.11. Resolución Directoral Nº 0354-2006-ED, aprueba la Directiva N° 76-2006-VMGP/DINEBE “Normas Complementarias para la conversión de los Centros de Educación Especial en Centros de Educación Básica Especial - CEBE” y los Servicios de apoyo y asesoramiento a las necesidades educativas especiales. 3.12. Resolución Directoral Nº 373-2006-ED, aprueba la Directiva N° 081-2006-VMGP/DINEBE, “Normas Complementarias para la Organización y Funcionamiento del Programa de Intervención Temprana - PRITE” IV. ALCANCES4.1. Ministerio de Educación 4.2. Dirección Nacional de EBR, EBE, EBA y ESUTP 4.3. Direcciones Regionales de Educación selecciona- das 4.4. Unidades de Gestión Educativa Local 4.5. Instituciones Educativas, Centros y Programas de Educación Básica Especial. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. De los objetivos del Plan Piloto Progresivo al 2012 5.1.1. COBERTURA: abrir las puertas de los colegios e instituciones de EBA, EBR y ETP a los estudiantes con discapacidad. Hay que asumir el tema como un tema de exclusión, que requiere de una intervención inmediata. 5.1.2. CALIDAD : implementar una atención educativa de calidad a los estudiantes con discapacidad, tanto los integrados como los atendidos en los CEBE en las cuatro regiones. Se trata de lograr un modelo de educación inclusiva que funciones y sea exitoso. 5.1.3. RECONVERSIÓN DEL SISTEMA : fortalecer la institucionalidad y los recursos para la Educación Inclusiva de calidad, lo que implica con fi gurar un sistema de inclusión educativa y dar un nuevo rol a la EBE de acuerdo a la Ley. Soporte de inclusión y atención a la discapacidad severa y multidiscapacidad. 5.1.4. SOCIEDAD EDUCADORA : sensibilizar y comprometer a la sociedad civil en los procesos educativos inclusivos. 5.2. De la duración, agentes e instituciones involucradas y las actividades 5.2.1. La campaña se desarrollará a partir de la fecha y hasta el 3 de diciembre del 2006 en las Direcciones Regionales de Educación de: Junín, Lambayeque, Lima y Loreto e involucra a sus respectivas Unidades de Gestión Educativa Local - UGEL.