Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (03/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329526El Peruano martes 3 de octubre de 2006 Que, con fecha 27 de junio de 2006, el postor NIISA CORPORATION S.A. ha formulado recurso impugnativo deapelación contra el acto de otorgamiento de la Buena Pro en el Ítem I y contra el acto de declaratoria de desierto del Ítem II y su descalificación en ambos Ítems, conforme lo dispone el artículo155º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la LeyNº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 346-2006- ALC/MDSA se modificó la conformación del Comité Especial que se encargará de conducir el Proceso de Selección para la adquisición de insumos alimenticiospara el Programa del Vaso de Leche; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0377-2006- ALC/MDSA, de fecha 10 de julio del 2006 se declaróINFUNDADO el Recurso de Apelación interpuestos por la empresa NIISA CORPORATION S.A; Que, mediante Cédula de Notificación Nº 12555/ 2006. TC el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones delEstado con fecha 24 de julio del 2006 comunica que seha admitido el Recurso de Revisión interpuesto por laEmpresa NIISA CORPORATION S.A. respecto al Ítem I de la Licitación Pública Nº 002-2006-CE/MDSA (Primera Convocatoria) para la Adquisición de suministros deInsumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Lechey por efecto de la misma debe suspenderse el procesode selección respecto al Ítem Impugnado; Que, de la misma forma, mediante Informe Nº 499- 2006-SGLSG-GA/MDSA la Subgerencia de Logística y Servicios Generales señala que la empresa referida hainterpuesto Recurso de Revisión ante el Tribunal,asimismo precisa que el abastecimiento del insumo:Leche Evaporada Entera está garantizado hasta el 6 deoctubre del 2006, en mérito al Contrato Complementario suscrito con la Empresa NIISA CORPORATION S.A.; Que, con el objeto de no interrumpir la continuación del desarrollo del Programa del Vaso de Leche, es necesariotener presente el artículo 149º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por elDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM que señala: “La interposición de un Recurso de Apelación y, en su caso del Recurso de Revisión suspende el proceso de selección enla etapa en que se encuentre”, lo que supone que los actosadministrativos recaídos en el Proceso de Selección Nº 002-2006-CE/MDSA, aún no han quedado firmes hasta que elTribunal resuelva en forma definitiva dichos recursos impugnativos; Que, la interposición del Recurso de Revisión ha determinado la suspensión del proceso de selección aque se refiere la Licitación Pública Nº 002-2006-CE/MDSAen la que se otorgó la Buena Pro del Ítem I a favor delConsorcio NUTRIAL S.A.C. - LAIVE S.A. proceso que se mantiene en suspenso a las resultas de lo que resuelva el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el inciso “c” del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM se establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las adquisiciones que se realicenen Situación de Desabastecimiento Inminente declaradade conformidad con la normatividad vigente en materiade Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el DecretoSupremo Nº 083-2004-PCM: “Se considera situación dedesabastecimiento inminente aquella situaciónextraordinaria e imprevisible en la que la ausencia dedeterminado bien, servicio y obra compromete en forma directa e inminente la continuación de las funciones, servicios, actividades y operaciones productivas que laEntidad tiene a su cargo de manera esencial;” Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estableceque la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas requiriéndole invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con lascaracterísticas y condiciones establecidas en las bases, lamisma que podrá ser obtenida por cualquier medio decomunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico.La adquisición o contratación del bien, servicio u obra de la exoneración será realizada por la dependencia encargada de la adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el órgano designado para tal efecto; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por elDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM señala que la Declaratoria de Desabastecimiento Inminente debe aprobarse, en el caso de Gobiernos Locales, mediante Acuerdo de Concejo; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 713-2006-GAJ-GG/MDSA señala que la paralización o interrupción del suministro, en este caso del Suministro de Leche Evaporada Entera en sachet de 410 gr. para el Programadel Vaso de Leche, como consecuencia de la interposición de los recursos impugnativos antes descritos podría afectar gravemente a la salud de miles de niños, madres gestantes ydemás beneficiarios de este programa asistencial a cargo de la Municipalidad, situación que faculta a la Entidad, la contratación y Adquisición de bienes, servicios u obras, solopor el tiempo y la cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el Proceso de Selección que corresponda, previo a la declaratoria de situación de desabastecimiento inminentepor parte del Concejo Municipal, asimismo señala que la solicitud de Declaratoria de Situación de Desabastecimiento Inminente presentada por la Gerencia de DesarrolloEconómico y Social y a la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, cumple con la normatividad legal correspondiente, por lo que emite opinión legal conforme; Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situación de Desabastecimiento Inminente conforme con lo establecido en el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 141º de su Reglamento por lo que resulta necesario declararlacomo tal con la finalidad de asegurar la continuidad del Suministro de Leche Evaporada entera para el Programa del Vaso de Leche por un plazo de 90 días calendario; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19º y los artículos 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM, inciso 35) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y demás normas pertinentes; luego del debate correspondiente, con dispensadel trámite de lectura y aprobación del Acta, por mayoría se ha aprobado el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- Declarar en situación de Desabastecimiento Inminente el Suministro de LecheEvaporada entera, hasta un plazo máximo de 90 días calendario. Artículo Segundo.- Precisar que el plazo establecido en el artículo precedente culminará automáticamente si,antes de vencido el mismo, se suscribiera el contrato correspondiente, como consecuencia de la culminación del proceso de selección respectivo. Artículo Tercero.- Designar a la Subgerencia de Logística y Servicios Generales como órgano responsable de llevar a cabo el proceso de exoneración de conformidadcon el artículo 148º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señalado en el Artículo primeroy de acuerdo al siguiente monto máximo: - Suministro de Leche evaporada entera en sachets de 410 gramos S/. 549,153.00 Nuevos Soles Incluido IGV.Costo unitario de S/. 1.65 nuevos soles Con cargo a la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales. Artículo Cuarto.- Poner el Acuerdo propuesto y los informes que los sustentan en conocimiento de la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de conformidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su publicación. Artículo Quinto.- Publicar el Acuerdo propuesto en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su adopción y disponer la publicación en el SEACE - CONSUCODE de conformidad con el artículo147º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 02664-1