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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2006 (03/10/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 329480El Peruano martes 3 de octubre de 2006 agosto de 2006, Informe Nº 091-2006-EM/SG/OGA/MYS de fecha 3 de agosto de 2006, Informe Nº 097-2006- MEM/OGA/MYS de fecha 25 de agosto de 2006; Que, mediante la Carta Notarial Nº 334-2006-MEM- OGA-MYS, recibida por el contratista el 20 de junio de 2006, se efectuó el primer requerimiento previo para que el contratista cumpla con i) ejecutar las actividadesde limpieza de lunas y ventanas elevadas del local central y del centro de esparcimiento Yanacoto, ii) suministrar los materiales de limpieza en su totalidaden la fecha establecida, iii) complementar el número de lustradoras y aspiradoras, iv) destacar personal de supervisión con experiencia para ejercer esas labores;en el plazo de dos (2) días, bajo apercibimiento de aplicar la penalidad contemplada en la cláusula décimo octava del contrato; Que, mediante Carta S/N de fecha 21 de junio de 2006, el contratista se compromete a cumplir con lo solicitado; Que, mediante Carta Notarial Nº 439-2006-MEM- OGA, recibida por el contratista el 11 de agosto de 2006, se computó la penalidad correspondiente por elretraso en la ejecución de las prestaciones, la misma que ascendió al monto de Trece mil doscientos setenta y nueve y 53/100 Nuevos Soles (S/. 13 279,53),deducida del pago correspondiente al mes de agosto de 2006; Que, mediante Carta Notarial Nº 484-2006-MEM- SEG/OGA, recibida por el contratista el 29 de agosto de 2006, se efectuó el segundo requerimiento previo para que el contratista cumpla con remitir i) laprocedencia y constancia de existencia, desde la fecha de presentación de su oferta técnica, de los registros sanitarios correspondientes a todos los productos delimpieza de la marca D´BRISOL, conforme a la carta de compromiso de recursos asignados a la prestación que obra a fojas 33 de su propuesta técnica, ii) los contratossuscritos de todos los trabajadores destacados al servicio de mantenimiento y limpieza con la debida constancia de recepción por parte del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo; en el plazo de cinco (5) días hábiles, bajo apercibimiento de resolver el contrato; Que, mediante Carta S/N de fecha 6 de setiembre de 2006, el contratista señaló que los productos no cuentan en la actualidad con la documentación requerida por laCarta Notarial Nº 484-2006-MEM-SEG/OGA y que, ese mismo día, habían registrado en el Ministerio de Trabajo y Promoción del empleo los contratos suscritos con sustrabajadores; Que, el inciso c) del artículo 41º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, establece que la entidad, ante el incumplimiento por parte del contratista de alguna de sus obligaciones,podrá resolver el contrato en forma total o parcial, mediante la remisión por la vía notarial del documento en el que se manifieste esta decisión y el motivo que lajustifica, quedando resuelto de pleno derecho el contrato a partir de la recepción de dicha comunicación por el contratista; Que, el numeral 1) del artículo 225º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, faculta a la Entidad a resolver el contrato en el caso queel contratista incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello; Que, el artículo 226º del Reglamento mencionado precisa el procedimiento de resolución del contrato, el mismo que la Entidad ha cumplido, remitiendo la CartaNotarial Nº 510-2006-MEM-OGA mediante la cual quedó de manifiesto el incumplimiento injustificado de las obligaciones contractuales, procediéndose a resolverde forma total el mencionado contrato; Que, el servicio de mantenimiento y limpieza resulta de vital importancia por cuanto contribuye a mantener lahigiene y salubridad en los distintos ambientes y dependencias del Ministerio de Energía y Minas, por tanto la ausencia de éste comprometería en forma directala continuidad de las funciones y el normal desarrollo de las labores que la Entidad tienen a su cargo; en tal sentido, es necesario que la prestación del servicio demantenimiento y limpieza continúe y no se interrumpa debiendo, para tal efecto, adoptarse las medidas pertinentes que permitan paliar la situación dedesabastecimiento, mientras se inicia el proceso de selección correspondiente; Que, al ser la situación de desabastecimiento actual, urgente y que comprometería en forma directa einminente la continuidad de las labores que el Ministerio tiene a su cargo, cumple con las características señaladas en el artículo 141º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para procedera la contratación del servicio de mantenimiento y limpieza, bajo la causal de exoneración por desabastecimiento inminente por un período de seis (6) meses; Que los artículos 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establecen que las exoneraciones se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego y las contrataciones se realizarán mediante acciones inmediatas; De conformidad con el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y Nº 084-2004-PCM,respectivamente; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM y susmodificatorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar el servicio de mantenimiento y limpieza en situación de desabastecimiento inminente,de conformidad a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Energía y Minas del proceso de concurso publico para la contratación del servicio de mantenimiento y limpieza yautorizar su contratación en forma directa. Artículo 3º.- El valor referencial total asciende hasta S/. 282 000,00 (Doscientos ochenta y dos mil y 00/100nuevos soles) incluidos todos los impuestos correspondientes, con cargo a la Fuente de Financiamiento 109 - Recursos Directamente Recaudados del Ministerio de Energía y Minas y hasta por un período de seis (6) meses. Artículo 4º.- La contratación a la que se refiere el artículo precedente será realizada por dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 5º.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora Nº 001-MEM CENTRAL del Ministerio de Energía y Minas laexoneración del concurso público para la contratación del servicio de mantenimiento y limpieza. Artículo 6º.- Encargar a la Oficina General de Administración remitir copia de la presente resolución y de los Informes Técnico y Legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contratacionesy Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así como proceder a la publicación de lapresente resolución en el Diario Oficial El Peruano y a través del SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 02683-1 INTERIOR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G4A/G75/G65/G63/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G62/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G79/G20/G70/G72/G65/G76/G61/G72/G69/G63/G61/G74/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2021-2006-IN/1201 Lima, 2 de octubre del 2006