Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2006 (23/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 23 de octubre de 2006

reincorporo al doctor MORDAZA MORDAZA Barcena MORDAZA en la plaza de Juez Mixto de Carabaya, Distrito Judicial de MORDAZA, al no encontrarse vacante la plaza que ostentaba de Juez de Primera Instancia de Anta, Distrito Judicial del Cusco; cancelandose dicho titulo y expidiendosele el titulo materia de reincorporacion; en merito a la Resolucion Nº 11 de fecha 1º de diciembre de 2004, expedida por la MORDAZA Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, posteriormente, la MORDAZA Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por Resolucion Nº 5 de fecha 3 de MORDAZA de 2006, declaro fundada la nulidad deducida por el actor para que se le reincorpore en una plaza en el Distrito Judicial del MORDAZA, reponiendo el MORDAZA al estado que corresponda; Que, el Juez del MORDAZA Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de MORDAZA, mediante Oficio Nº 432862003-1-0100-J-CI-43º, de fecha 2 de octubre de 2006, remite la Resolucion Nº 29 de fecha 2 de octubre de 2006, que requiere al Consejo Nacional de la Magistratura cumplir con la reincorporacion del doctor MORDAZA MORDAZA Barcena MORDAZA, en el cargo de Juez Titular de Primera Instancia o de igual jerarquia de la Corte Superior de Justicia del Cusco; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, mediante Oficio Nº 4169-2006-P-CSJCU-PJ, de fecha 11 de octubre de 2006, informa que existe, entre otras, la plaza vacante del Juzgado Mixto de Wanchaq, que actualmente viene siendo ocupada por una Juez Provisional; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion de fecha 12 de octubre de 2006; y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 956-2005CNM de fecha 3 de MORDAZA de 2005, que reincorporo al doctor MORDAZA MORDAZA Barcena MORDAZA en la plaza de Juez Mixto de Carabaya, Distrito Judicial de Puno; cancelo su titulo de Juez de Primera Instancia de Anta, Distrito Judicial del Cusco; y expidio el titulo de Juez Mixto de Carabaya, Distrito Judicial de MORDAZA Segundo.- Reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA BARCENA MORDAZA, en el cargo de Juez Mixto de Wanchaq, Distrito Judicial del Cusco. Tercero.- Cancelar el titulo de Juez de Primera Instancia de Anta, Distrito Judicial del MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA BARCENA VEGA. Cuarto.- Expedir el titulo de Juez Mixto de Wanchaq, Distrito Judicial del MORDAZA, a favor del doctor MORDAZA MORDAZA BARCENA VEGA. Quinto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA BADARACCO Presidente 03366-1

resuelve admitir a tramite la demanda y la carta cursada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la cual comunica al Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, que el 2º Juzgado Mixto de MORDAZA, ha dictado una medida cautelar, mediante resolucion Nº 01 de fecha 14 de setiembre del 2006 disponiendo suspender los efectos de la resolucion Nº 1347-2006-JNE que lo suspende en el cargo de MORDAZA del distrito de MORDAZA MORDAZA de la provincia de MORDAZA y ordena su reposicion; y, CONSIDERANDO: Que, en la accion de MORDAZA constitucional interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el MORDAZA Nacional de Elecciones, ante el 2º Juzgado Mixto de MORDAZA, el Juez de la causa doctor MORDAZA Loli MORDAZA, con fecha 4 de setiembre la admitio a tramite y paralelamente mediante resolucion de fecha 14 de setiembre del 2006 concedio una medida cautelar al accionante ordenando la suspension de los efectos de la resolucion 1347-2006-JNE y disponiendo su reposicion en el cargo de MORDAZA del distrito de MORDAZA MORDAZA de la provincia de MORDAZA, del cual fue suspendido; Que, conforme lo senala el articulo 142º y 181º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el articulo 23º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, "En materia electoral, de referendum o de otro MORDAZA de consultas populares, las resoluciones del MORDAZA Nacional de Elecciones son dictadas en instancia final, definitiva y no son revisables en sede judicial. Contra ellas no procede recurso alguno". En consecuencia, las resoluciones emitidas por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, que son de su competencia, al ser resueltas en MORDAZA instancia adquieren la calidad de cosa juzgada; Que, el Congreso de la Republica, mediante la Ley Nº 28642 al modificar el inciso 8º del articulo 5º del Codigo Procesal Constitucional, ha precisado la competencia exclusiva y excluyente del MORDAZA Nacional de Elecciones en asuntos que conoce en MORDAZA instancia, ratificando las atribuciones de este organismo electoral consignadas en la Constitucion Politica del Estado. Por ello, ningun otro organo puede revisar el fondo de lo resuelto por el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, el Juez del 2º Juzgado Mixto de MORDAZA doctor MORDAZA Loli MORDAZA, al expedir las resoluciones de fecha 4 de setiembre admitiendo el MORDAZA y de fecha 14 de setiembre concediendo la medida cautelar solicitada por senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, reponiendolo en el cargo de MORDAZA del distrito de MORDAZA MORDAZA, del cual fue suspendido por el MORDAZA Nacional de Elecciones, contrarias al texto expreso de la ley, incurrio en responsabilidad penal (delitos de Abuso de Autoridad y Prevaricato) que deben ser sancionados drasticamente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 5º de la Ley Nº 26486 y los articulos 1º y 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el articulo unico del Decreto Ley Nº 17687; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del MORDAZA Nacional de Elecciones, a fin que interponga las acciones legales que correspondan contra el magistrado MORDAZA Loli MORDAZA, Juez del 2º Juzgado Mixto de MORDAZA, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Comunicar esta resolucion al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica para que MORDAZA conocimiento de MORDAZA y proceda de acuerdo a sus atribuciones, a la Oficina de Control de la Magistratura y al Consejo Nacional de la Magistratura. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 03411-1

JNE
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra magistrado de juzgado mixto de MORDAZA por presunta responsabilidad penal
RESOLUCION Nº 4070-2006-JNE

MORDAZA, 4 de octubre de 2006 VISTA: La cedula de notificacion del 61º Juzgado Civil de MORDAZA que contiene el exhorto mandado a librar por el Juez del 2º Juzgado Mixto de MORDAZA, doctor MORDAZA Loli MORDAZA, para que se notifique a los miembros del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones y a su Procurador Publico, la resolucion Nº 01 expedida en el MORDAZA de MORDAZA seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra los Magistrados del MORDAZA Nacional de Elecciones y otros, de fecha 4 de setiembre del 2006 que

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