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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (04/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 327346El Peruano lunes 4 de setiembre de 2006 Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión establece que la autorización es la facultad queotorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, señala que la instalación de equipos en una estación deradiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período deinstalación y prueba que tiene una duración improrrogable de doce (12) meses; Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con lainformación y documentación que en dicha norma se detallan. Asimismo, debe acompañarse la documentación necesaria a fin de verificar el cumplimiento del artículo25º del acotado Reglamento; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias aprobado por Resolución ViceministerialNº 246-2006-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Cotahuasi-Alca-Charcana-Taurisma-Mungui- Puyca-Velinga-Tomepampa-Toro al distrito de Cotahuasi,provincia de La Unión, departamento de Arequipa. Que, mediante Informe Nº 751-2006-MTC/17.01.ssr, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones deTelecomunicaciones, señala que la solicitud presentada por la empresa RADIO LIDER S.R.L. cumple con los requisitos técnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar ala referida empresa la autorización y permiso solicitado; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión,aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan deCanalización y Asignación de Frecuencias, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 246-2006-MTC/03, y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadaspor Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y, Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Otorgar autorización a la empresa RADIO LIDER S.R.L., por el plazo de diez (10) años,para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada, en la localidad de Cotahuasi- Alca-Charcana-Taurisma-Mungui-Puyca-Velinga-Tomepampa-Toro, departamento de Arequipa; de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales: Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FM Frecuencia : 98.3 MHz Finalidad : COMERCIAL Características Técnicas : Indicativo : OBQ-6A Emisión : 256KF3E Potencia Nominal del : 0.50 kW Transmisor Ubicación de la Estación : Estudio : Calle Arequipa Nº 320, en el distrito de Cotahuasi, provincia de La Unión, departamento de Arequipa. Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 72° 53’ 31.2" Latitud Sur : 15° 12’ 33.3" Planta : Km. 2.5, Carretera a Tomepampa, en el distrito de Cotahuasi, provincia de La Unión, departamento de Arequipa.Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 72° 53’ 14.4" Latitud Sur : 15° 11’ 57.4" Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66 dBµV/m La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusión correspondientes. El plazo de la autorización y del permiso concedidos se computarán a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución, la cual además será publicada enel Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º .- La autorización que se otorga en el artículo precedente, se inicia con un período de instalacióny prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual la titular de la autorización deberá cumplir con las obligaciones que a continuación se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestación del servicio conforme a las condiciones esenciales y alas características técnicas aprobadas en la presente autorización. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el respectivo Certificado de Homologación. La respectiva inspección técnica se efectuará de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del mencionado período, y en la cual severificará la correcta instalación de la estación, incluyendo la homologación del equipamiento así como el cumplimiento de las condiciones esenciales ycaracterísticas técnicas indicadas en el artículo 1º de la presente Resolución. Sin perjuicio de lo antes indicado, la titular podrá solicitar la realización de la inspección técnica antes del vencimiento del período de instalación y prueba otorgada. En caso de incumplimiento de las obligaciones antes mencionadas la autorización otorgada quedará sin efecto. De cumplir la titular con las obligaciones precedentemente mencionadas y a mérito del informetécnico favorable, la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones procederá a expedir la respectiva Licencia de Operación. Artículo 3º .- La titular, dentro de los doce (12) meses de entrada en vigencia la autorización, en forma individual o conjunta, aprobará su Código de Ética y presentarácopia del mismo a la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones o podrá acogerse al Código de Ética que emita el Ministerio. Artículo 4º.- La titular está obligada a instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicasindicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólo podrán ser modificadas previa autorización del Ministerio. En caso de aumento de potencia, éste será autorizado hasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y de Asignación de Frecuencias para la banda y localidadautorizada. En caso de disminución de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobación, la titular se encuentraobligada a su respectiva comunicación. Artículo 5º.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, la titularadoptará las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedan los valores establecidoscomo límites máximos permisibles en el acotado Decreto Supremo, asimismo deberá efectuar, en forma semestral, el monitoreo de la referida estación. La obligación de monitoreo semestral será exigible a partir del día siguiente del vencimiento del período de instalación y prueba o de la solicitud de inspección técnicapresentada conforme lo indicado en el tercer párrafo del artículo 2º de la presente Resolución. Artículo 6º .- Serán derechos y obligaciones de la titular de la autorización las consignadas en los artículos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, así como las señaladas en la presente Resolución. Artículo 7º.- La autorización a que se contrae el artículo 1º de la presente Resolución podrá renovarse por igual período.