Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2007 (29/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 29 de MORDAZA de 2007

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prohiben el uso de la Av. Bolognesi como paradero informal por los vehiculos que prestan servicio de colectivo Barranco - MORDAZA
ORDENANZA Nº 274-MDB Barranco, 16 de febrero del 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO Por cuanto: EL CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTO: el Dictamen Nº 001-2007-CDUMA-CDB/ MDB, del 01/02/2007, emitido por la Comision Municipal Permanente de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, respecto al paradero informal de colectivos Barranco ­ MORDAZA, ubicado en la Av. Bolognesi con MORDAZA Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, los numerales 3 ­ 3.2 del articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que son funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, "autorizar y fiscalizar la ejecucion del plan de obras publicas, de servicios publicos o privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas..."; Que, los numerales 3 ­ 3.2 del articulo 81º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que son funciones especificas compartidas de las municipalidades distritales, otorgar licencias para la circulacion de vehiculos menores y demas, de acuerdo a lo establecido en la regulacion provincial; Que, entre la Av. Bolognesi con MORDAZA MORDAZA, via publica ubicada dentro de la jurisdiccion del distrito de Barranco, los conductores y/o propietarios de los vehiculos que prestan el servicio de colectivos Barranco ­ MORDAZA, utilizan dicha via como paradero de sus unidades vehiculares, ocasionando con ello congestiones en el MORDAZA vehicular y molestias al vecino; Que, a una cuadra de distancia del mencionado paradero, se encuentra ubicada la Compania de Bomberos Nº 16, la misma que cuando existen emergencias tiene dificultades para la salida de sus unidades moviles, debido a los vehiculos que prestan servicio de colectivo y que se ubican en el mencionado paradero; Estando a lo informado y con el MORDAZA mayoritario de los miembros del Concejo Municipal, ha emitido la siguiente Ordenanza: PROHIBIR QUE LA AV. BOLOGNESI SEA UTILIZADA COMO PARADERO INFORMAL POR LOS COLECTIVOS BARRANCO - MORDAZA Articulo Primero.- Prohibir que la via publica, ubicada entre la Av. Bolognesi con MORDAZA MORDAZA sea utilizada como paradero por los vehiculos que prestan servicio de colectivo Barranco ­ Surco. Articulo Segundo.- Los conductores y/o propietarios de los vehiculos que prestan el servicio de colectivo Barranco ­ MORDAZA, deberan utilizar como paradero la Av. Las Palmas, contigua al Estadio Union, desde donde deberan iniciar su ruta. Articulo Tercero.- Coordinar con la Policia Nacional del Peru, para que se tomen las acciones inmediatas a fin de cumplir con la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA 53506-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 131-07-MDCH que aprueba la Amnistia Tributaria y No Tributaria "Deuda Cero 2007"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 142 Chaclacayo, 18 de MORDAZA del 2007 EL MORDAZA CHACLACAYO POR CUANTO: Reunido el Honorable Concejo de Chaclacayo, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de MORDAZA del 2007, bajo la Presidencia del senor MORDAZA y con el quorum reglamentario; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo senalado en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el Articulo 41º del D.S. Nº 135-99-EF T.U.O. Codigo Tributario establece que excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, en su Titulo II, Capitulo I establece el Impuesto Predial, su definicion, su alcance, base imponible y metodologia, siendo MORDAZA de cumplimiento obligatorio en el territorio de las Municipalidades durante cada Ejercicio Fiscal; Que, de acuerdo a lo prescrito en el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Estado, asi como de la MORDAZA IV del Codigo Tributario, los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 131-MDCH, se aprobo la Amnistia Tributaria y No Tributaria "Deuda Cero 2007" otorgando este beneficio a los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo hasta el 31 de enero del 2007, prorrogado hasta el 27.2.07 por Decreto de Alcaldia Nº 001-07-MDCH; Que, la Municipalidad Distrital de Chaclacayo se encuentra celebrando el 67º Aniversario de su Creacion Politica y ante el pedido del vecindario, es necesario promover mayores facilidades a los contribuyentes del distrito, dada la dificil situacion economica actual, con el fin de permitir el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; Que, estando a lo expresado y en uso de las facultades conferidas en la Constitucion Politica del Peru, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley de Tributacion Municipal D.L. Nº 776, con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, el Concejo aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- MANTENER la vigencia de la Ordenanza Nº 131-07-MDCH que aprueba la Amnistia Tributaria y No Tributaria "Deuda Cero 2007" desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza hasta el 18 de MORDAZA del 2007. Articulo Segundo.- FACULTESE, al senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue el DE LA MUNICIPALIDAD DE

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