TEXTO PAGINA: 82
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2007 344524 de Concejo correspondiente, los requisitos que señala la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE en cuanto al producto, unidad encargada de la adquisición, cantidad, fuente de fi nanciamiento, entre otros. En igual sentido se pronuncia la Comisión de Desarrollo Local, Institucional y Administración, a través del Dictamen Nº 26-2007-CDLIA-MPI; Estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del 2 de abril del 2007, por unanimidad; ACORDÓ:Artículo Primero.- Aprobar la EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN, para el alquiler de un minicargador de la Entidad Prestadora de Servicios Ilo S.A. - EPS ILO S.A. para la obra “Rehabilitación y Mejoramiento de Redes Casco Urbano Norte”, por 350 horas, por el monto de S/. 35,000.00 (Treinta y Cinco Mil Nuevos Soles), cuyo presupuesto será afectado a la fuente de fi nanciamiento Canon y Sobrecanon Código I0055.01 y la dependencia encargada de la contratación del servicio es la Unidad de Logística. Artículo Segundo.- Encargar a Secretaría General y la Unidad de Logística, la publicación del presente acuerdo y su remisión a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, a través del SEACE. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.JORGE A. MENDOZA PÉREZ Alcalde 55006-1 Autorizan viaje del Alcalde a Uruguay para participar en el Segundo Congreso Latinoamericano de Ciudades Puerto ACUERDO DE CONCEJO N° 34-2007-MPI Ilo, 20 de abril del 2007 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, la Asociación Internacional de Profesionales de Puertos y Costas, con sede en Uruguay ha organizado el SEGUNDO CONGRESO LATINOAMERICANO DE INTEGRACIÓN CIUDADES PUERTO, a realizarse en Punta del Este - Uruguay, los días 30 de abril y 1 de mayo del 2007, complementando un día adicional (día 2 de mayo) para el cierre con las autoridades locales; y mediante comunicación de fecha 23 de marzo del 2007 invitan al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ilo a participar en dicho evento; Que, el Congreso tratará temas como: Comercio Exterior- Infraestructuras Logísticas y Gestión Portuaria; Manejo Costero; Herramientas TICS para el Desarrollo de Negocios y Proyectos; la Financiación de Infraestructuras- Organismos Internacionales de Financiación, etc.; los cuales son de suma importancia cuando existe el interés de potenciar el Puerto de Ilo, además estarán presentes representantes de organismos internacionales como el Banco Interamericano, Banco Mundial, CAF, etc. que pueden contribuir a lograr este objetivo y otros en bene fi cio de la ciudad de Ilo; Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por D.S. N° 047-2002-PCM en su Artículo 1, 2 señala que: “ La autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. Para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector”. “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración de viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac”; Asimismo, la Ley N° 27972 en su Artículo 9º establece que: “Corresponde al Concejo Municipal: 11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria del 2 de abril del 2007, por unanimidad; ACORDÓ: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ilo, Ing. Jorge Mendoza Pérez, del 29 de abril al 4 de mayo del 2007, para participar en el SEGUNDO CONGRESO LATINOAMERICANO DE CIUDADES PUERTO que se realizará en Punta del Este- Uruguay del 30 de abril al 2 de mayo del 2007. Artículo Segundo.- Disponer que el monto de los gastos que ocasione el viaje autorizado afecten a la Actividad Normar y Fiscalizar, Tarea Gestión de Alcaldía F01109.01, fuente defi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : $ 1,200.00 Tarifa Corpac : $ 29.00Matrícula : $ 200.00 Artículo Tercero.- El Titular del Pliego queda obligado a realizar un informe de las acciones realizadas, así como de los gastos irogados, dentro de los 15 días posteriores a la realización del viaje. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General, en coordinación con la Unidad de Logística, efectuar la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE A. MENDOZA PÉREZ Alcalde 55007-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANAS Fijan remuneración del Alcalde y monto de dieta de Regidores de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 10-2007-MDM Manás, 16 de abril del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DE MANÁS VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo del día 16 de abril del 2,007, se acordó fi jar la remuneración del señor Alcalde. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, politica económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); Que, mediante Ley Nº 28212 publicada el 27/04/04 se desarrolló el artículo 39º de la Constitución Política en lo que se re fi ere a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, dentro de los que se encuentren los alcaldes y regidores de todo el país. En ese contexto, el artículo 3º de la citada ley, creó la unidad remunerativa del sector público –URSP, que servirá como referencia para el pago de las remuneraciones de los altos