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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de abril de 2007 344521 plazo de vigencia de la Amnistía Tributaria y No Tributaria “Deuda Cero 2007”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN Alcalde 54762-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban contratación de abogado para que preste servicio de consultoría en temas de gestión pública y planificación urbana ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2007-MDSM San Miguel, 27 de marzo de 2007 VISTOS, en Sesión Ordinaria de Concejo, celebrada en la fecha, el Informe Nº 016-2007-GPP-MDSM, de fecha 2 de marzo de 2007, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 096-2007-GAJ/MDSM, de fecha 9 de marzo de 2007, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, que sustentan la necesidad de la Contratación de un Consultor Especializado en temas de Gestión Pública y Plani fi cación Urbana bajo la modalidad de Servicios Personalísimos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, las contrataciones de servicios personalísimos que correspondan a Licitaciones, Concursos Públicos o Adjudicación Directa se encuentran exonerados de los indicados procesos de selección; procediendo su contratación mediante una adjudicación de menor cuantía; conforme lo establece el artículo 20º de la acotada norma; Que, en tal sentido el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que procede la exoneración por servicio personalísimo para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la entidad, permita sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores; Que mediante Informe Técnico Nº 016-2007-GPP/ MDSM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de San Miguel hace de conocimiento la necesidad de contratar un Consultor Especializado en temas de Gestión Pública y Plani fi cación Urbana, informando al respecto que de los antecedentes revisados, el per fi l profesional del señor abogado Luis Bedoya Reyes, ex Alcalde de Lima, reúne las cualidades profesionales respectivas, dada su trayectoria dentro de la administración pública para cali fi car como un servicio personalísimo dentro de los alcances de lo normado en el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, dada la naturaleza de la consultoría solicitada, en materia de Gestión Pública y Plani fi cación Urbana es necesario que la misma sea prestada por un profesional con una comprobada experiencia y cali fi cación profesional de primer nivel en los temas mencionados y que serán prestados a favor de la Alta Dirección de la Municipalidad Distrital de San Miguel para el logro de sus objetivos institucionales como gobierno local; Que, de la revisión de los antecedentes del señor abogado Luis Bedoya Reyes, se aprecia que reúne las cualidades profesionales necesarias que lo hacen susceptible de ser califi cado como servicio personalísimo, a lo que cabe agregar los cargos públicos por él ocupados, entre los cuales se encuentran haber sido Ministro de Estado (1963), haber sido Alcalde de Lima Metropolitana durante 2 períodos (1964-1966, 1967-1969) y miembro de la Asamblea Constituyente (1978-1979); además de su formación profesional como abogado; cargos, experiencia y preparación profesional que constituyen elementos de orden objetivo, que tal como señala la norma indicada permiten concluir válidamente que los antecedentes profesionales del señor abogado Luis Bedoya Reyes, cali fi can como servicio personalísimo al amparo de lo señalado en el Artículo 145º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dada su trascendental y acreditable experiencia en los temas de Gestión Pública y Plani fi cación Urbana, que son materia de la presente contratación de servicios; Que, asimismo mediante Informe Nº 030-2006-GAJ/ MDSM, de fecha 16 de febrero de 2006, la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de San Miguel ha emitido su informe legal en el sentido de que el requerimiento planteado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en el sentido de solicitar la contratación de los servicios del señor abogado Luis Bedoya Reyes, bajo la modalidad de servicios personalísimos, con fi gura el supuesto normativo previsto en el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, toda vez que, la evaluación de su Currículum Profesional se efectúa sobre la base de información de conocimiento público y objetivo que permiten acreditar que se trata de un profesional de brillante trayectoria en la gestión pública y cuyo aporte profesional será de singular importancia para la presente Gestión Edil, razón por la cual se pronuncia por la procedencia de que se exonere del proceso de selección correspondiente para la contratación de los servicios del señor abogado Luis Bedoya Reyes bajo la modalidad de Servicios Personalísimos, la misma que prevé la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en concordancia con su Reglamento; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y por su Reglamento, Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Concejo Municipal en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º y por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; Por mayoría: SE ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR la contratación del señor abogado Luis Bedoya Reyes, bajo la modalidad de servicios personalísimos, a fi n que preste el Servicio de Consultoría en temas de Gestión Pública y Plani fi cación Urbana a favor de la Municipalidad Distrital de San Miguel durante el período del ejercicio 2007; exonerándolo del Proceso de Selección correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y por el Artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Artículo Segundo.- Autorizar a la Subgerencia de Logística, Servicios Generales y Margesí de Bienes, para que mediante proceso de Menor Cuantía proceda a realizar la contratación del profesional indicado en el artículo anterior, por un valor referencial de S/. 63,000.00 (SESENTA Y TRES MIL CON 00/100 Nuevos Soles) por nueve (9) meses, período que se computará hasta el 31 de diciembre de 2007 incluido los impuestos de Ley. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina de la Secretaría General la noti fi cación del presente Acuerdo a la Contraloría General de la República; así como, la publicación del mismo en el Diario O fi cial El Peruano en el término de Ley. Artículo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Logística, Servicios Generales y Margesí de Bienes la remisión del presente Acuerdo al SEACE de CONSUCODE. Artículo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo de Concejo del trámite de aprobación del Acta. Regístrese, publíquese y cúmplase.SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 54773-2