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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2007 (02/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de enero de 2007 336870 H066491 (DV20), respectivamente, los bienes donados se sustentan en la Factura Nº CALLAO - 06-01-B, por un valor FOB de US$ 39,220.00 (Treinta y Nueve Mil Doscientos Veinte y 00/100 Dólares Americanos) y un peso bruto de 20,700 kilogramos, así como en el Conocimiento de Embarque B/L Nº 3KD 187749; Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, es un Organismo Público Descentralizado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público y goza de autonomía técnica, económica y administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2006-PRODUCE; Que, el segundo párrafo del artículo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modi fi cado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 042-2006-EF, dispone que las donaciones provenientes del exterior, serán aceptadas mediante Resolución Ministerial del Sector al que corresponda el destino de los bienes muebles; Que, asimismo, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 935, establece que no están gravados con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito, a favor de las Entidades y Dependencias del Sector Público, siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, de acuerdo a lo informado mediante el documento del visto, corresponde aprobar la donación efectuada por el Gobierno del Japón a través de la empresa Penta Ocean Construction CO. LTD a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero, Organismo Público Descentralizado del Sector Producción; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modi fi catorias, la Resolución Nº 031-2002/SBN que aprueba el Procedimiento para la donación de bienes muebles del Estado y para la aceptación de la donación de bienes muebles a favor del Estado y, la Resolución de Contraloría Nº 122-98-CG; Con el visado del Viceministro de Pesquería, las Ofi cinas Generales de Plani fi cación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada por el Gobierno del Japón a través de la empresa Penta Ocean Construction CO. LTD. a favor del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, consistente en equipos y materiales contenidos en seis (6) cajas, dentro de tres (3) containers signados con las series NOLU3196682/H066481 (DV20), NOLU3193045/H066493 (DV20) y NOLU3197483/H066491 (DV20), respectivamente, los bienes donados se sustentan en la Factura Nº CALLAO - 06-01-B, por un valor FOB de US$ 39,220.00 (Treinta y Nueve Mil Doscientos Veinte y 00/100 Dólares Americanos) y un peso bruto de 20,700 kilogramos, así como en el Conocimiento de Embarque B/L Nº 3KD 187749, los mismos que se encuentran descritos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; Artículo 2º.- Compréndase la donación efectuada dentro de los alcances del inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 935. Artículo 3º.- Agradecer a la empresa Penta Ocean Construction CO. LTD, a través del Gobierno del Japón, por su importante contribución al desarrollo de los fi nes del Proyecto de Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de los plazos legales establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 361-2006-PRODUCE Lima, 22 de diciembre del 2006 VISTO, el Informe Técnico Nº 031-2006-PRODUCE/ OGPP/Octai de la O fi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto;CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de abril de 2006 y 1º de agosto de 2006, los Gobiernos de Japón y del Perú suscribieron las Notas Reversales Nºs. O-1A/057/2006, APCI (DE) 6-18/011 y O-1A/127/06, APCI (DE) 6-18/023, respectivamente, a efectos de ejecutar el “Proyecto de Ampliación y Modernización del Desembarcadero Pesquero Artesanal de Talara”;11382-2ANEXO Ref.: INVOICE Nº CALLAO-06-01-B Número de artículoDescripción Detalles Cantidad Precio Unitario Monto “DONACIÓN” -PROYECTO DE AMPLIACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL DESEMBARCADERO PESQUERO ARTESANAL DE TALARA- 1 Tubo de Acero revestido SGP-FVA 300A 5.5M Tubo de desagüe sobre fondo marino 50 US$ 690.00 US$ 34,500.00 2 Tubo de Acero revestido SGP-FVA 300A 5.5M Tubo de desagüe sobre fondo marino 2 US$ 360.00 US$ 720.00 3 Tubo de Acero revestido SGP-FVA 300A 5.5M Tubo de desagüe sobre fondo marino 5 US$ 690.00 US$ 3,450.00 4 Tubo de Acero revestido LP-90E 300A Tubo de desagüe sobre fondo marino 1 US$ 550.00 US$ 550.00 58 US$ 39,220.00 (JPY4,504,417) JPY114.85 x US1.00-