Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2007 (30/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

338764
DEBE DECIR:
Nº de Res. 01776 01770 Apellidos y Nombres MORDAZA FUERTES, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
UGEL Nº 16 Barranca Nº 10 Huaral

El Peruano MORDAZA, martes 30 de enero de 2007

21345-4

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Regulan la politica remunerativa de funcionarios y personal de confianza
ORDENANZA N° 059-MDSL San MORDAZA, 27 de enero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica consagra a la persona como el fin supremo del Estado, en tal sentido le reconoce derechos civiles y politicos fundamentales, entre ellos el derecho "a su libre desarrollo y bienestar" y contenidos en ellos se ubican el derecho a la remuneracion y al empleo; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa; Que, en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru otorga en las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 39º de la MORDAZA acotada, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos; Que, de la interpretacion y analisis del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru, se establece que las Ordenanzas Municipales tienen jerarquia de Ley, al establecer que pueden ser dejadas sin efecto mediante la Accion de Inconstitucionalidad; Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la administracion municipal adopta una estructura gerencial sustentandose entre otros principios, en los de eficiencia y eficacia; Que, la MORDAZA publica contiene niveles, remuneraciones, derechos y obligaciones de trabajadores y funcionarios; que no es el caso de los cargos que no pertenecen a la MORDAZA administrativa, como son los cargos politicos, los funcionarios y personal de confianza, quienes ejercen la funcion publica sin otro derecho mas que el de cobrar las remuneraciones por el servicio efectivamente prestado. Estando prohibido el percibir doble remuneracion del estado, con excepcion de la docencia y la dieta; Que, la eficiencia optimiza los recursos financieros, humanos y materiales, reduce la utilizacion de los recursos para producir bienes y servicios, obteniendo calidad en las funciones a cargo del funcionario publico, como resultado de una capacitacion solida y permanente, por lo que en su desempeno siempre se destaca la capacidad; Que, la eficacia en la funcion publica permite cumplir metas, tener la capacidad para lograr conseguir el resultado determinado por la entidad. Por lo tanto es un componente inseparable de la funcion publica relacionada con su actuar diario, con especial atencion en el desempeno de sus funcionarios y cargos de confianza; Que, el contar con funcionarios y personal de confianza eficientes y eficaces hace necesario que la remuneracion sea acorde con los niveles que establece el MORDAZA laboral, segun el nivel del cargo que se ejerce y el grado de responsabilidad que se asume; Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA tiene y desea contar con funcionarios con actitudes y aptitudes

relacionadas con su capacidad y experiencia, para lo cual deben estar adecuadamente remunerados, permitiendoles un MORDAZA desarrollo personal y profesional, acorde con la exigencia planteada por la Entidad; Que, la remuneracion a ser asignada debe estar en relacion directa al cargo, responsabilidad y nivel funcional que se ejerza; y, conforme a la capacidad financiera y, presupuestal de la entidad, aplicando los principios de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto publico; Que, con Informe Nº 009-2007-GAF-MDSL de fecha 25/01/07 emitido por el Gerente de Administracion y Finanzas, senala que la entidad estaria en la capacidad de poder asumir el monto de las remuneraciones que podria fijarse para los funcionarios y personal de confianza de la entidad; igualmente mediante el Informe Nº 010-2007-GPPI, de fecha 25/01/07 emitido por el Gerente de Planeamiento, Presupuesto e Informatica, senala que en el Presupuesto Inicial de Apertura de la entidad, se tiene coberturado las remuneraciones de los funcionarios y personal de confianza; Que, mediante Informe Nº 014-2007-GAL-MDSL, de fecha 20/01/07 la Gerencia de Asesoria Legal, luego de su analisis opina por que se lleve a cabo una adecuada politica remunerativa a los funcionarios y personal de confianza; Que, los anteriores informes cuentan con la conformidad de la Gerencia Municipal, efectuada mediante el Informe Nº 005-2007-GM-MDSL; Que, debe otorgarse al MORDAZA en su calidad de Titular del Pliego y responsable de la ejecucion presupuestaria y el gasto publico de la entidad, conforme lo senala la Ley Nº 28411, del Sistema Nacional Presupuestario y la Ley Nº 28927, del Presupuesto del Sector Publico para el presente ejercicio, las facultades para fijar las remuneraciones de los funcionarios y del personal de confianza, facultad que tiene el Concejo Municipal conforme lo establece en el Articulo 9º numeral 29) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 ­ Ley del Sistema Nacional Presupuestario y la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el 2007; Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, con el MORDAZA Mayoritario de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE REGULA LA POLITICA REMUNERATIVA DE FUNCIONARIOS Y PERSONAL DE CONFIANZA Articulo Unico.- FACULTAR al MORDAZA para que mediante Resolucion de Alcaldia fije y determine las remuneraciones de los funcionarios y personal de confianza acorde a la capacidad financiera y presupuestal de la entidad, aplicando los principios de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto publico, conforme a los considerandos expuestos. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21090-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente el servicio que prestan las unidades moviles de Serenazgo, Cisterna y otros
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0010 -2007/MDSA MORDAZA MORDAZA, 16 de enero del 2007 VISTOS: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 16 de enero del presente ano el Informe Nº 007­2007GSP-GG/MDSA de la Gerencia de Servicios Publicos sobre el estado de las unidades moviles de Serenazgo, Cisternas y otros del distrito de MORDAZA Anita; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 007­2007-GSP-GG/MDSA de la Gerencia de Servicios Publicos se envia los Informes

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