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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2007 (30/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de enero de 2007 338766 Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el Voto MAYORITARIO de sus miembros; ACUERDA: Artículo Primero.- FIJAR el monto de la remuneración mensual que percibirá el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Anita en S/. 8,000.00 (Ocho mil y 00/100 nuevos soles). Artículo Segundo.- FIJAR la Dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de Santa Anita, en S/ 1,200.00 (Un mil y 200/100 nuevos soles), por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, abonándose hasta por un máximo de dos (2) sesiones al mes, por un total equivalente al 30% de la remuneración que percibe el señor Alcalde. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Adminis- tración el cumplimiento del presente Acuerdo y a Secretaría General la publicación respectiva de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 21471-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2007/MPS Sullana, 16 de enero de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA POR CUANTO El Concejo Municipal de Sullana en Sesión Ordinaria Nº 01-2007/MPS. de fecha 15.01.2007; CONSIDERANDO: Que, con Informe Técnico Legal Nº 001-2007/MPS-DSS- OAL. del 10.01.2007. el Director de Servicios Sociales y el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica precisa que en el ejercicio anterior la Municipalidad Provincial de Sullana, a través del Comité Especial, convocó la Licitación Pública Nº 002-2006/MPS-CE, I Convocatoria para la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche para los siguientes Ítems: Ítems 01: Cereales Forti fi cados con Vitaminas y Minerales con Azúcar. Ítems 02: Leche Evaporada Entera. Que, el acto público de otorgamiento de la Buena Pro se realizó el día 20 de noviembre de 2006, habiéndose verifi cado los siguientes resultados: - En el caso de la Leche Evaporada Entera en Polvo, la Buena Pro se otorgó al único Postor Soluciones Alimenticias SAC, adjudicándose la cantidad de 168,684.00 unidades en envases de hojalata de 410 gramos cada uno, al valor unitario de S/.1.94 Nuevos Soles, lo que hace un total adjudicado de S/.327,246.96. - Con relación a los Cereales Forti fi cados con Vitaminas y Minerales con Azúcar, la Buena Pro se otorgó en mesa. Sin embargo, este acto fue apelado, y en la actualidad se encuentra en el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, para resolver los Recursos de Revisión que se han presentado y que han dado origen a los expedientes Nºs. 01806 y 01824-2006-TC; Que, la Ración calculada por la Nutricionista que formó parte del Comité de Administración para el ejercicio 2006, es de 45.56 gramos de Leche Evaporada Entera, y de 50 gramos de Cereales Forti fi cados con Vitaminas y Minerales con Azúcar, para un total de 16,500 bene fi ciarios; Que, en la fecha ya se tiene adquirida la Leche Evaporada Entera en envases de hojalata de 410 gramos para un período de 92 días, según lo establecido en las Bases Administrativas que rigieron el Proceso de Selección, sin embargo, con la fi nalidad de completar la Ración calculada por la Nutricionista, es necesario actuar con celeridad del caso para adquirir los Cereales Forti fi cados con Vitaminas y Minerales con Azúcar, para lo cual se debe tener en cuenta el siguiente cuadro de necesidades: a) La cantidad de Cereales Forti fi cados a adquirir: 75,900 kilos Para atender por el período ya indicado de 92 días complementario a la Leche que se encuentra en nuestros Almacenes. b) Precio Referencial: S/. 5.50 x Kg (*)(*) Di fi ere de los S/.5.93 Kg. establecido en el Proceso de Selección llevado a cabo por el Comité Especial. En función a las propuestas económicas de los postores que participaron en la Licitación Pública Nº 002-2006/MPS-CE, I Convocatoria, siendo éste. c) Monto Referencial: S/.417,450.00 Nuevos Soles.d) Período : 92 días. Que, en virtud a lo expuesto se puede determinar que el Programa de Vaso de Leche se encuentra desabastecido por los Recursos Impugnatorios interpuestos en contra de la Buena Pro otorgada en el Ítem 01, Ítems 01: Cereales Forti fi cados con Vitaminas y Minerales con Azúcar; Que, dado los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones para el Proceso de Licitación Pública sobrepasan los 30 días, de no adquirirse directamente el Cereal Forti fi cado se produciría también una situación de desabastecimiento en los próximos 60 días; Que, asimismo, es importante tener en cuenta que, ha pesar que en la actualidad contamos con Leche Evaporada para suministrar, es obligación de los Gobiernos Locales cumplir con lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 711-2002-SA/DM, es decir suministrar la ración completa tanto de la Leche como del Cereal Forti fi cado; Que, de conformidad con el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004- PCM. se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, conforme al Art. 146º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – Informe Técnico en caso de exoneraciones, precisa que la resolución o acuerdo que apruebe la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno o de más informes previos, que contengan la justi fi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, el presente tema fue Visto por la Asamblea Municipal en Sesión Ordinaria Nº 01-2007/MPS, en la que por mayoría de sus asistentes; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- Aprobar la EXONERACIÓN del Proceso de Selección para la adquisición de insumos correspondientes al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Sullana, por un período de 92 días, por causal de desabastecimiento inminente, en aplicación del Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM. y Art. 141º del D.S. Nº 084-2006-PCM. Artículo Segundo.- Autorizar a la Unidad de Logística y Control Patrimonial la compra de los insumos del Programa Vaso de Leche, en virtud a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- Autorizar asimismo a la Unidad de Logística y Control Patrimonial la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE y a la Contraloría General de la República para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese y cúmplase. JAIME BARDALES RUIZ Alcalde 21298-1