Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2007 (30/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 30 de enero de 2007

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9° y 41° de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal con el MORDAZA MAYORITARIO de sus miembros; ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR el monto de la remuneracion mensual que percibira el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA en S/. 8,000.00 (Ocho mil y 00/100 nuevos soles). Articulo Segundo.- FIJAR la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en S/ 1,200.00 (Un mil y 200/100 nuevos soles), por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, abonandose hasta por un MORDAZA de dos (2) sesiones al mes, por un total equivalente al 30% de la remuneracion que percibe el senor Alcalde. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion el cumplimiento del presente Acuerdo y a Secretaria General la publicacion respectiva de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21471-2

gramos de Cereales Fortificados con Vitaminas y Minerales con Azucar, para un total de 16,500 beneficiarios; Que, en la fecha ya se tiene adquirida la Leche Evaporada Entera en envases de hojalata de 410 gramos para un periodo de 92 dias, segun lo establecido en las Bases Administrativas que rigieron el MORDAZA de Seleccion, sin embargo, con la finalidad de completar la Racion calculada por la Nutricionista, es necesario actuar con celeridad del caso para adquirir los Cereales Fortificados con Vitaminas y Minerales con Azucar, para lo cual se debe tener en cuenta el siguiente cuadro de necesidades: a) La cantidad de Cereales Fortificados a adquirir: 75,900 kilos Para atender por el periodo ya indicado de 92 dias complementario a la Leche que se encuentra en nuestros Almacenes. b) Precio Referencial: S/. 5.50 x Kg (*) (*) Difiere de los S/.5.93 Kg. establecido en el MORDAZA de Seleccion llevado a cabo por el Comite Especial. En funcion a las propuestas economicas de los postores que participaron en la Licitacion Publica Nº 002-2006/MPSCE, I Convocatoria, siendo este. c) Monto Referencial: S/.417,450.00 Nuevos Soles. d) Periodo : 92 dias. Que, en virtud a lo expuesto se puede determinar que el Programa de Vaso de Leche se encuentra desabastecido por los Recursos Impugnatorios interpuestos en contra de la Buena Pro otorgada en el Item 01, Items 01: Cereales Fortificados con Vitaminas y Minerales con Azucar; Que, dado los plazos establecidos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones para el MORDAZA de Licitacion Publica sobrepasan los 30 dias, de no adquirirse directamente el MORDAZA Fortificado se produciria tambien una situacion de desabastecimiento en los proximos 60 dias; Que, asimismo, es importante tener en cuenta que, ha pesar que en la actualidad contamos con Leche Evaporada para suministrar, es obligacion de los Gobiernos Locales cumplir con lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 7112002-SA/DM, es decir suministrar la racion completa tanto de la Leche como del MORDAZA Fortificado; Que, de conformidad con el Art. 21º del D.S. Nº 083-2004PCM. se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, conforme al Art. 146º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Informe Tecnico en caso de exoneraciones, precisa que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o de mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, el presente tema fue Visto por la Asamblea Municipal en Sesion Ordinaria Nº 01-2007/MPS, en la que por mayoria de sus asistentes; SE ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la EXONERACION del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de insumos correspondientes al Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Sullana, por un periodo de 92 dias, por causal de desabastecimiento inminente, en aplicacion del Art. 21º del D.S. Nº 083-2004-PCM. y Art. 141º del D.S. Nº 084-2006-PCM. Articulo Segundo.- Autorizar a la Unidad de Logistica y Control Patrimonial la compra de los insumos del Programa Vaso de Leche, en virtud a lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Tercero.- Autorizar asimismo a la Unidad de Logistica y Control Patrimonial la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE y a la Contraloria General de la Republica para los fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21298-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2007/MPS Sullana, 16 de enero de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA POR CUANTO El Concejo Municipal de Sullana en Sesion Ordinaria Nº 01-2007/MPS. de fecha 15.01.2007; CONSIDERANDO: Que, con Informe Tecnico Legal Nº 001-2007/MPS-DSSOAL. del 10.01.2007. el Director de Servicios Sociales y el Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica precisa que en el ejercicio anterior la Municipalidad Provincial de Sullana, a traves del Comite Especial, convoco la Licitacion Publica Nº 002-2006/ MPS-CE, I Convocatoria para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche para los siguientes Items: Items 01: Cereales Fortificados con Vitaminas y Minerales con Azucar. Items 02: Leche Evaporada Entera. Que, el acto publico de otorgamiento de la Buena Pro se realizo el dia 20 de noviembre de 2006, habiendose verificado los siguientes resultados: - En el caso de la Leche Evaporada Entera en Polvo, la Buena Pro se otorgo al unico Postor Soluciones Alimenticias SAC, adjudicandose la cantidad de 168,684.00 unidades en envases de hojalata de 410 gramos cada uno, al valor unitario de S/.1.94 Nuevos Soles, lo que hace un total adjudicado de S/.327,246.96. - Con relacion a los Cereales Fortificados con Vitaminas y Minerales con Azucar, la Buena Pro se otorgo en mesa. Sin embargo, este acto fue apelado, y en la actualidad se encuentra en el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, para resolver los Recursos de Revision que se han presentado y que han dado origen a los expedientes Nºs. 01806 y 01824-2006-TC; Que, la Racion calculada por la Nutricionista que formo parte del Comite de Administracion para el ejercicio 2006, es de 45.56 gramos de Leche Evaporada Entera, y de 50

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