Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2007 (08/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 8 de julio de 2007 348726 privada, conforme a los mecanismos previstos en dicha norma; Que, es de interés de la Municipalidad de Mira fl ores poner en valor y al servicio de la comunidad mira fl orina y de la ciudadanía en general el sector ribereño de la Costa Verde correspondiente a su jurisdicción, para lo cual estima necesario promover la inversión privada en dicha zona; Que, la actual administración municipal considera de vital importancia promover un desarrollo conjunto de las zonas limítrofes, que colindan con la zona costera de la Costa Verde, que abarca cinco kilómetros (5 Km.) de extensión, así como lo referente a las futuras edificaciones o proyectos a ser planteados en el área actual del Cuartel San Martín, ubicado en la jurisdicción de Miraflores, pero en la zona limítrofe con San Isidro, a fin de elaborar una propuesta integral y armónica entre ambos distritos; Que, el Cuartel San Martín, de propiedad del Ejército del Perú, ocupa una extensión urbana importante, con un área de 67,158.27 m2., que limita con la jurisdicción de San Isidro y por tanto, debe desarrollarse de manera concertada con las partes involucradas, toda vez que cualquier desarrollo inmobiliario o constructivo causaría un importante impacto en la zona; Que, en aplicación de la Ley Nº 29029, Ley de Mancomunidad Municipal, resulta conveniente que el marco de cooperación conjunta se efectúe de acuerdo a los lineamientos de la mancomunidad, que permita promover desarrollo coordinado con una jurisdicción limítrofe como San Isidro, a fi n de permitir la viabilidad de proyectos conjuntos que guarden armonía y continuidad urbanística; Estando a lo expuesto, de conformidad con las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, ha adoptado el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- Declarar de interés de la Municipalidad de Mira fl ores, la promoción de la inversión privada en el Corredor Ribereño de la Costa Verde correspondiente a su jurisdicción, que abarca una extensión de cinco kilómetros (5 Km.), así como el área urbana, actualmente ocupada por el Cuartel San Martín correspondiente a su jurisdicción, a fi n de poner en valor y al servicio de la comunidad mira fl orina y la ciudadanía en general dichas áreas. Artículo Segundo.- Disponer se efectúen las gestiones pertinentes con la Municipalidad de San Isidro, para concretar la constitución de la MANCOMUNIDAD MUNICIPAL MIRAFLORES-SAN ISIDRO, en el marco de lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 29029, Ley de Mancomunidad Municipal, a fin de elaborar propuestas integrales entre ambos distritos, que guarden armonía y continuidad urbanística, en las zonas limítrofes que involucran el Corredor Ribereño de la Costa Verde y el Cuartel San Martín, con participación del Ejército Peruano, como propietario del inmueble, dando estricto cumplimiento a las normas que resulten aplicables. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Infraestructura Urbana, efectuar las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplaseMANUEL MASÍAS OYANGUREN Alcalde 81378-1MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Aprueban Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 152 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 29.06.07, el Dictamen Nº 001-2007/PPRCI-AR/SR-MDR de la Comisión Mixta de Presupuesto, Plani fi cación, Racionalización y Cooperación Internacional y Administración y Rentas; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo 26º, establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, e fi cacia, e fi ciencia, participación y seguridad ciudadana, y por los contendidos en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y que las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y la Ley Nº 27972; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 3º establece que dicha ley es de aplicación en todas las dependencias de la administración pública a nivel nacional; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM de fecha 21.06.06, establece los nuevos lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 018-2007-PCM de fecha 02.03.07 en su segunda disposición complementaria; De conformidad a las facultades establecidas en el artículo 109º de la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el Reglamento Interno de Concejo, el Concejo Municipal aprobó, con el voto mayoritario ,con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital del Rímac y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el mismo que como anexo debidamente foliado, suscrito por los funcionarios responsables, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR a partir de la fecha la Ordenanza N° 102 de fecha 15.12.04, así como todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER a la Gerencia Municipal proceda a la adecuación normativa de la presente Ordenanza, y a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal, a los veintinueve días del mes de junio del dos mil siete. VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde