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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2007 (24/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de julio de 2007 349894 Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General de Concejo noti fi car a los interesados para su conocimiento y fi nes, a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones la difusión y a la Gerencia de Servicios Sociales el cumplimiento de la presente disposición. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. JOSE ANTONIO GORDILLO ABAD Alcalde 87127-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Otorgan beneficio de reducción del costo de derecho de trámite de las constancias de posesión a pobladores comprendidos en el Programa Agua para Todos ORDENANZA Nº 220-MDSMP San Martín de Porres, 27 de junio de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: Visto el Dictamen Nº 001-2007-CPUT/MDSMP de la Comisión de Desarrollo Urbano y Transporte; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 31º del Decreto Supremo Nº 017-2006- Vivienda, establece que las empresas prestadoras de servicios públicos, a mérito del Certi fi cado o Constancia de Posesión, otorgarán la factibilidad de servicios a los titulares de dicho documento, para lo cual presentarán su solicitud acompañada de la constancia o certi fi cado de posesión y el plano simple de ubicación del inmueble; Que, por Decreto Supremo Nº 003-2007-VIVIENDA, se incorporan Proyectos Prioritarios de agua y desagüe a que se re fi ere el Artículo 3º de la Ley Nº 28870; como el Proyecto “Ampliación y Mejoramiento de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema de San Juan Masías y Anexos distritos del Callao y San Martín de Porres; Que, el Programa “Agua para Todos” fue creado mediante Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA publicado con fecha 23 de febrero del 2007; Que, mediante Expediente Nº 22063 (O fi cio Nº 282- 2007-VIVIENDA/VMCS/PAPT-DE, de fecha 24 de abril del 2007 el Director Ejecutivo del Programa Agua para Todos del Ministerio de Vivienda señala que para la inclusión en EL PROGRAMA AGUA PARA TODOS a las zonas de expansión urbana de los ex Fundos El Naranjal y Santa Rosa, debe contar los requisitos correspondientes como la Constancia de Posesión entre otros; Que, con Informe Nº 463-2007-GAJ/MDSMP e Informe Nº 0140-2007-GDU-MDSMP la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Desarrollo Urbano respectivamente, sustentan y se pronuncian sobre la factibilidad de reducir los costos por el derecho de trámite por concepto de Constancia de Posesión para los bene fi ciados del Programa Agua para Todos; Que, considerando lo anteriormente expuesto, es necesario atender y/o emitir las respectivas Constancias de Posesión las mismas que se otorgarán sólo y exclusivamente a los pobladores que se encuentran dentro de los alcances del Programa Agua para Todos, reduciendo el costo de derecho de trámite normal que señala el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por la Ordenanza Nº 114-MDSMP de fecha 29 de octubre del 2004, de S/. 100.00 nuevos soles a S/. 20.00 por única vez;De conformidad con el artículo 9º numerales 8, 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA REDUCCIÓN DE COSTOS PARA LOS POBLADORES DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES, QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DE LOS ALCANCES DEL PROGRAMA AGUA PARA TODOS Artículo Primero.- Otorgar por única vez el Bene fi cio de reducción del Costo de Derecho de Trámite de las Constancias de Posesión, exclusivamente para los pobladores del distrito de San Martín de Porres, que se encuentren comprendidos dentro de los alcances del Programa Agua para Todos. Artículo Segundo.- El derecho de pago para la expedición de la Constancia de Posesión será de S/. 20.00 Nuevos Soles debiendo cumplir los usuarios con los demás requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante la Ordenanza Nº 114-MDSMP de fecha 29 de octubre del 2004. Artículo Tercero.- Establézcase como causales para denegar el otorgamiento del Certi fi cado o Constancia de Posesión: Los predios ubicados en los terrenos de los Aportes Reglamentarios y los que se encuentran zoni fi cados para usos de equipamiento: educativo, salud, otros fi nes, terrenos reservados para la defensa nacional, zonas arqueológicas o que constituyen patrimonio cultural de la nación, áreas naturales protegidas o zonas reservadas, así como aquellas califi cadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil como zona de riesgo. Artículo Cuarto.- Se otorgará las constancias de posesión, exclusivamente para los fi nes a que se re fi ere la presente norma, teniendo en cuenta que ello no constituye reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular; la Constancia de Posesión tendrá vigencia hasta la efectiva instalación de los servicios básicos. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la División de Habilitación Urbana y Catastro el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 87691-1 SEPARATA ESPECIAL BANCO CENTRAL DE RESERVA FE DE ERRATAS CIRCULAR Nº 013-2007-EF/90 Mediante Carta Nº 108-2007-BCRP, el Banco Central de Reserva del Perú solicita se publique Fe de Erratas de la Circular Nº 013-2007-EF/90, publicada en Separata Especial en nuestra edición del día 23 de julio de 2007. DICE:CIRCULAR Nº 013-2007-EF/90 DEBE DECIR: CIRCULAR Nº 013-2007-BCRP 87709-1