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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de julio de 2007 349879 de esta Superintendencia, en su calidad de Presidente de la Comisión de Transferencia de la Unidad de Inteligencia Financiera, para participar en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-09, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de los funcionarios de la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario, sólo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007; y, En uso de las facultades que le con fi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2007, Nº SBS-DIR-ADM-085-09; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Sergio Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de Asesoría Jurídica, a la ciudad de Quito, Ecuador del 24 al 28 de julio de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2007, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 459,21 Viáticos 800,00Tarifa CORPAC 30,25 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 87640-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban la Tipificación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural de OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 388-2007-OS/CD Lima, 13 de julio de 2007.VISTO: El Memorando Nº GFGN/ALGN-273-2007 de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural, a través del cual solicita la aprobación de la Tipi fi cación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural. CONSIDERANDO: Que, según lo establecido en el inciso c) del artículo 3º de la ley Nº 27332 -Ley de Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos-, la función normativa de los organismos reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, así como normas de carácter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, asimismo, según lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 27699-Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN-, el Consejo Directivo se encuentra facultado a tipi fi car los hechos y omisiones que con fi guran infracciones administrativas, así como graduar las sanciones que resulten del incumplimiento de la normativa del sector energético; Que, en virtud de ello, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD y modi fi catorias, se aprobó la Tipi fi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN, en la cual se incluyó la Tipi fi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos; Que, luego de la publicación de la citada resolución, se emitieron diversas normas donde se establecían una serie de obligaciones a cargo de los administrados que desarrollan actividades en la industria del gas natural, cuyo incumplimiento no se encuentra recogido en la actual Tipi fi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN. Asimismo, se debe tener en cuenta que a la fecha el subsector hidrocarburos viene siendo fi scalizado, en lo que respecta a dicha industria, por la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural; razón por la cual resulta necesario que la misma cuente con un instrumento normativo en el que se tipi fi quen las infracciones relacionadas con las actividades de su competencia; Que, en virtud a lo antes señalado, resulta necesario que se emita la Tipi fi cación y Escala de Multas y Sanciones a aplicarse a las diversas actividades desarrolladas en la industria del gas natural; Que, atendiendo a la urgencia que reviste la aprobación de la norma antes citada, su aprobación debe exonerarse de la prepublicación correspondiente; ello conforme lo dispuesto en el artículo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Que, teniendo en cuenta lo expuesto, corresponde aprobar la Tipi fi cación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural, la misma que forma parte de la presente resolución como anexo 1; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699, y en el artículo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la Tipi fi cación y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural de OSINERGMIN, la misma que forma parte de la presente resolución, como anexo 1. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo DirectivoOSINERGMIN