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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2007 (24/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de julio de 2007 349888 Anexo ACCIDENTES Y/O PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE 3 Infracción Base Normativa Sanción Pecuniaria Sanción No Pecuniaria 3.5.3. Incumplir con la de fi nición de un procedimiento que facilite la toma de medidas correctivas ante Art. 82º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 032- 2004-EM. Hasta 100 UIT S.T.A. accidentes ambientales. 3.6. Incumplimiento de los Límites Máximos Permisibles (L.M.P). 3.6.1. Incumplimiento de los LMP en emisiones atmosféricas. Arts. 3º, 51º, Primera Disposición Transitoria, literal b) y Anex o 4 del Reglamento aprobado por D.S. Nº 015-2006-EM. Hasta 100 UIT C.I., S.T.A. Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611. 3.6.2. Incumplimiento de los LMP en e fl uentes. Resolución Directoral Nº 030-96 EM/DGAA. Hasta 100 UIT C.I., S.T.A. Art. 3° del Reglamento aprobado por D.S. N° 015-2006-EM. 3.6.3. Incumplimiento de los LMP para hidrocarburos en suelos y sedimentos. Tercera Disposición Transitoria del Reglamento apr obado por D.S. Nº 015-2006-EM. Hasta 800 UIT C.I., S.T.A. Art. 33° numeral 3 de la Ley General del Ambiente, Ley N° 28611. 3.6.4. Incumplimiento de los Límites Máximos Permisibles en emisiones de ruido. Art. 23º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 0 51-93-EM. Art. 25° del Anexo I del Reglamento aprobado por D.S. Nº 042-99-EM.Arts. 3º y 52º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 015-2006-EM. Hasta 200 UIT C.E., C.I., P.O., R.I.E.Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley General del Ambiente, Ley S.T.A., S.D.A., C.B.Nº 28611. 3.7. Incumplimiento de las normas sobre manejo y/o disposición fi nal de residuos sólidos. 3.7.1. Incumplimiento de las normas sobre manejo y/o disposición fi nal de residuos sólidos Arts. 10º, 16º, 17º, 18º, 25º, 30º, 31º, 32º, 37º, 38º, 39º, 40º, 41º, 42º, 43º, 48º, 49º, 50º, 51º, 52 º, 53º, 54º, 60º, 77º, 78º, 82º, 85º, 86º, 87º y 88º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 057-2004- Hasta 10000 UIT C.I., S.T.A.PCM.Arts. 22º literal a) y 55º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 006-2005-EM.Art. 119º numeral 2 de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611. 3.7.2. Incumplimiento de las reglas aplicables al manejo de residuos sólidos, en áreas donde no se cuente Art. 48º del Reglam ento aprobado por D.S.Nº 015-2006-EM. Hasta 110 UIT C.I., S.T.A. con servicios de Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos Sólidos. 3.7.3. Incumplimiento de reportes y otras obligaciones del generador de residuos del ámbito no municipal. Arts. 3º, 24º, 25º, 26º, 37º, 61º, 115º, 116º y Novena Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento aprobado por D.S. Nº 057-2004-PCM. Hasta 50 UIT Art. 119º de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611. Arts. 3º, 50º, 85º y 88º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 015-2006-EM. 3.8. Incumplimiento de las Normas sobre Manejo, Tratamiento y/o Disposición de Lodos y/o Detritus. 3.8.1. Manejo, tratamiento y/o disposición inadecuada de lodo de perforación, detritus y muestras Art. 144º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 032-2004-EM. Hasta 1000 UIT C.I., S.T.A., S.D.A. litológicas. Arts. 69º y 73º literales a) y b) del Reglamento aprobado por D.S. Nº 015-2006-EM. 3.8.2. Incumplimiento de las especi fi caciones técnicas de las pozas para lodo de perforación. Arts. 111º literal d) y 112º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 032- 2004-EM. Hasta 200 UIT S.T.A. Art. 68º literal f) del Reglamento aprobado por D.S. Nº 015-2006-EM. 3.9. Incumplimiento de las normas sobre manejo y/o disposición de E fl uentes y/o Agua de Producción. 3.9.1. Incumplimiento de las normas sobre manejo, tratamiento y/o disposición de e fl uentes y agua de Arts. 40º literal b) y 44º literal c) del Reglamento aprobado por D.S. Nº 051-93-EM. producción. Art. 40º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 052-93-EM. Resolución Directoral Nº 030-96-EM/DGAA. Hasta 2000 UIT S.T.A., S.D.A. Arts. 76º y 77º del Reglamento aprobado D.S. Nº 032-2004-EM. Arts. 3º, 49º, 50º, 76º, 77º y 88º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 015-2006-EM. Art. 122º numeral 3 de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611. 3.9.2. Incumplimiento en la ubicación de los puntos de control de e fl uentes. Art. 9º de la R.D. Nº 030-96-EM/DGAA. Hasta 50 UIT S.T.A. 3.10. Incumplimiento de las normas aplicables en la apertura de líneas sísmicas. 3.10.1. Corte de árboles y/o vegetación para trochas y/o líneas sísmicas con un ancho mayor a 2 m. Art. 53º del Reglamento ap robado por D.S. Nº 032-2004-EM. Hasta 1200 UIT P.O. , S.T.A. Art. 65º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 015-2006-EM. 3.10.2. Incumplimiento de normas sobre almacenamiento, manipulación, transporte, detonación de Arts. 136º, 137º, 138º, 139º , 140º, 142º, 144º, 145º, 221º numeral 7 y 271º del Reglamento explosivos y/o fulminantes y restauración de puntos de disparo. aprobado por R.M. Nº 0664-78-EM/DGH. Art. 29º del Anexo I del Reglamento aprobado por D.S. Nº 41-99-EM. Hasta 100 UIT S.T.A.