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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de julio de 2007 349877 Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 87387-5 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 623-2007-JNAC/RENIEC Lima, 17 de julio de 2007 VISTOS: El O fi cio Nº 358-2007/GPDR/RENIEC de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe Nº 874-2007-GAJ/RENIEC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 4615-2006/HYC/SGDAR/GP/RENIEC del Área de Habilitaciones y Cancelaciones establece que la ciudadana MARIA TEREZA VALDEOS ARELLANO, obtuvo la Inscripción Nº 41068842 señalando como lugar de nacimiento el Distrito de San Miguel de Corpanqui, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash; y, sin embargo, posteriormente obtuvo la Inscripción Nº 45576069, declarando haber nacido en el distrito de Manas, provincia de Cajatambo, departamento de Lima; Que, si bien se excluyó de fi nitivamente del mencionado Registro la Inscripción Nº 41068842, el comportamiento de la ciudadana constituye indicio válido de la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipi fi cado en el Artículo 428º del Código Penal; Que, del comportamiento de la indicada ciudadana se presume la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipi fi cado en el artículo 428º del Código Penal; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; y en atención al Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan, contra MARIA TEREZA VALDEOS ARELLANO, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 87387-6 MINISTERIO PUBLICO Aceptan renuncia de Fiscal Suprema Titular del Ministerio Público, designada en el Despacho de la Fiscalía Suprema Civil RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 029-2007-MP-FN-JFS. Lima, 20 de julio del 2007VISTO Y CONSIDERANDO: La renuncia formulada por la doctora Nelly Calderón Navarro, al cargo de Fiscal Suprema Titular del Ministerio Público, nombrada mediante Resolución Nº 002-1993-JHM de fecha 27 de diciembre de 1993 por el Jurado de Honor de la Magistratura; Que, por Acuerdo Nº 904 adoptado en sesión extraordinaria de Junta de Fiscales Supremos de fecha 19 de julio del 2007, se aceptó por unanimidad aceptar la renuncia formulada por la recurrente; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052-Ley Orgánica del Ministerio Público- y en cumplimiento del precitado Acuerdo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora NELLY CALDERÓN NAVARRO, Fiscal Suprema Titular del Ministerio Público, designada en el Despacho de la Fiscalía Suprema Civil, la misma que se hará efectiva a partir del 31 de julio del 2007, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura para la cancelación del título respectivo. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la señora Fiscal de la Nación, a la Gerencia Central de Recursos Humanos, a la Gerencia de Registro de Fiscales y a la interesada. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 87706-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura de agencia y oficina temporal en los distritos de La Molina y San Isidro, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 928-2007 Lima, 16 de julio de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de una (1) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para la mencionada apertura; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “A” mediante el Informe Nº 108-2007-DEB “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú para la apertura de una (1) Agencia ubicada por el