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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2007 350195 evada sus obligaciones establecidas en los dispositivos legales de la corporación para acceder a una licencia de construcción, por lo que se ha considerado pertinente el facilitar oportunidades para regular la propiedad con opción de inscribir en el registro de propiedad inmueble de Lima; Que, es política de la actual gestión municipal brindar las máximas facilidades a sus vecinos para que formalicen su situación regularizando aquellas construcciones efectuadas sin Licencia, siempre y cuando la edi fi cación cumpla con los demás parámetros normativos vigentes; Estando a lo expuesto y a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 510-2007-OAJ, el Concejo Distrital de Cieneguilla, en Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO ADMINISTRATIVO DE REGULARIZACION DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN POR AMPLIACIÓN, REMODELACIÓN, REFACCIÓN O MODIFICACIÓN EN LOS PREDIOS UNIFAMILIARES DE LA JURISDICCIÓN, QUE CUMPLAN CON LAS NORMAS DE CONSTRUCCIÓN VIGENTE Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene como objeto establecer el bene fi cio administrativo para la regularización de la respectiva Licencia de Construcción por ampliación, remodelación, modi fi cación o refacción de viviendas, que no cuenten con la respectiva autorización municipal, siempre que cumplan con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcciones, la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edi fi caciones y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC. Artículo 2º.- El presente bene fi cio administrativo es de aplicación a las personas naturales y sociedades conyugales propietarias de predios unifamiliares de los Centros poblados de Magda Portal, Los Ficus y Tambo Viejo y Villa Toledo que cuentan con zoni fi cación R3 hasta un tercer piso más azotea y la Urbanización Parcelación Cieneguilla: Primera, Segunda y Tercera Etapa, con zoni fi cación R1-S, con edi fi caciones hasta 2 pisos que hayan ejecutado obras nuevas, de ampliación, remodelación y refacción. Esta campaña está destinada a regularizar edi fi caciones sin licencia de construcción ejecutadas hasta el 15 de julio del año 2007; declarando los siguientes pagos señalados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), según el siguiente cuadro. LIC. DE CONSTRUCCION TUPA VIGENTE LIC. DE CONSTRUCCIÓN BENEFICIO FUO y hoja de trámite S/. 5.50 FUO y hoja de tramite GratuitoInspección Ocular S/. 83.50 Inspección Ocular 50.00%Resolución S/. 111.30 Resolución 100.00% Derecho de Licencia S/. 83.50 Derecho de Licencia 50.00% Liq. de pago por Lic. Const. Liq. De pago por Lic. Const. 1.22% (100%) valor de obra. 1.22% valor de obra 100.00% Parámetros Urbanísticos S/. 83.50 Parámetros Urbanístico 100.00%Multa 10% Valor de la Obra Multa 1.5% Valor de la Obra Artículo 3º.- El plazo para acogerse al bene fi cio administrativo será del 15 de julio al 31 de septiembre del 2007, mediante la presentación de las respectivas solicitudes. Artículo 4º.- Los propietarios que se acojan al presente bene fi cio, obtendrán derecho a regularizar las construcciones realizadas en sus predios unifamiliares sin contar con licencia de construcción para remodelación, refacción, modi fi cación o ampliación, que tuvieran hasta la fecha de regularización. Artículo 5º.- Facúltese al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto, emita las disposiciones complementarias para el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 88749-2MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Designan Ejecutores y Auxiliares Coactivos de la Municipalidad RESOLUCIÓN N° 0192-2007-ALC/MDLV La Victoria, 24 de julio de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTO: El Informe Nº 001-2007-CECPM y el Memorándum Nº 009-2007-CECPM/MDLV ambos de fecha 23 de julio de 2007, a través del cual la Comisión de Evaluación del Concurso Público de Meritos da a conocer a los ganadores del Concurso Público de Meritos para ocupar el cargo de Ejecutor Coactivo (2) y Auxiliar Coactivo (2),y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva- señala en el numeral 7.1 que la designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos; Que, mediante Resolución Nº 0140-2007-ALC/MDLV de fecha 15 de junio de 2007, se convocó a Concurso Público de méritos para designar a dos (2) Ejecutores Coactivos y dos (2) Auxiliares Coactivos para la Municipalidad de La Victoria, designándose la respectiva Comisión de Evaluación del Concurso Público mencionado; Que, mediante documentos señalados en el Visto, la Comisión de Evaluación del Concurso Público de Meritos para los Ejecutores Coactivos y Auxiliares Coactivos de la Municipalidad de La Victoria da a conocer a los ganadores del Concurso Público de Meritos para ocupar el cargo de Ejecutor Coactivo (2) y Auxiliar Coactivo (2), según Acta de fecha 23 de julio del año en curso; Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Estando a las consideraciones expuestas y a las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los resultados fi nales del Concurso Público de Méritos para designar a dos (2) Ejecutores Coactivos y dos (2) Auxiliares Coactivos para la Municipalidad de La Victoria que consta en el Acta de fecha 23 de julio de 2007 suscrita por la Comisión de Evaluación del mencionado Concurso. Artículo Segundo.- Designar como Ejecutores y Auxiliares Coactivos a las personas que a continuación se detallan según Acta señalada en el Artículo Primero. EJECUTORES COACTIVOS: - Richard Alexander Ramos Ramírez. - Fernando Valdivia Márquez. AUXILIARES COACTIVOS- Roberto Carlos Sánchez Panta. - Jorge Luis Cortijo Herrera. Artículo Tercero.- Los funcionarios designados tendrán el nivel remunerativo y bene fi cios que por Ley les corresponde. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Administración a través de la Subgerencia de Personal. Regístrese, comuníquese y cúmplaseALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 89398-1