Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2007 (27/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
Tecnologia Codigos Tarjetas MORDAZA C2 C2 C2 Subtipo C2.1 C2.2 C2.1 C2.2 C2.1 C2.2 Fases Trifasica Trifasica Trifasica Potencia Conectada (Pc) Pc < 10 kW 10 kW < Pc < 20 kW Pc < 10 kW 10 kW < Pc < 20 kW Pc < 10 kW 10 kW < Pc < 20 kW Opcion tarifaria BT7 BT7 BT7 BT7 BT7 BT7 Costo 854 854 554 554 905 905

350189

Tabla N° 5.2: Costo por Cambio a Conexion Electrica en Baja Tension 380/220 V - Prepago - Nuevos Soles
MORDAZA de medidor Monocuerpo

Bicuerpo

Codigos

Tabla N° 5.3: Costo por Cambio a Conexion Electrica en Baja Tension 220 V - Prepago - MORDAZA - Nuevos Soles
MORDAZA de medidor Monocuerpo Tecnologia Codigos MORDAZA C1 Subtipo C1.1 C1.2 C2 Tarjetas C1 C2.1 C2.2 C1.1 C1.2 C2 Bicuerpo Codigos C1 C2.1 C2.2 C1.1 C1.2 C2 C2.1 C2.2 Trifasica Trifasica Monofasica Trifasica Monofasica Fases Monofasica Potencia Conectada (Pc) Pc < 3 kW 3 kW < Pc < 10 kW Pc < 10 kW 10 kW < Pc < 20 kW Pc < 3 kW 3 kW < Pc < 10 kW Pc < 10 kW 10 kW < Pc < 20 kW Pc < 3 kW 3 kW < Pc < 10 kW Pc < 10 kW 10 kW < Pc < 20 kW Opcion tarifaria BT7 (2 hilos) BT7 (3 hilos) BT7 (2 hilos) BT7 (3 hilos) BT7 BT7 BT7 (2 hilos) BT7 (3 hilos) BT7 (2 hilos) BT7 (3 hilos) BT7 BT7 BT7 (2 hilos) BT7 (3 hilos) BT7 (2 hilos) BT7 (3 hilos) BT7 BT7 Costo 398 441 398 441 804 804 270 313 270 313 525 525 483 527 483 527 845 845

Conexion Rural (Sectores 4 y 5) MORDAZA de medidor Monocuerpo Tecnologia Codigos Tarjetas Bicuerpo Codigos MORDAZA C1 C1 C1 Subtipo C1.1 C1.1 C1.1 Fases Monofasica Monofasica Monofasica Potencia Conectada Pc < 3 kW Pc < 3 kW Pc < 3 kW Opcion tarifaria BT7 (2 hilos) BT7 (3 hilos) BT7 (2 hilos) BT7 (3 hilos) BT7 (2 hilos) BT7 (3 hilos) Costo 403 447 275 319 488 531

Tabla N° 5.4: Costo por Cambio a Conexion Electrica en Baja Tension 380/220 V - Prepago - MORDAZA - Nuevos Sole
MORDAZA de medidor Monocuerpo Tecnologia Codigos Tarjetas Bicuerpo Codigos MORDAZA C2 C2 C2 Subtipo C2.1 C2.2 C2.1 C2.2 C2.1 C2.2 Fases Trifasica Trifasica Trifasica Potencia Conectada (Pc) Pc < 10 kW 10 kW < Pc < 20 kW Pc < 10 kW 10 kW < Pc < 20 kW Pc < 10 kW 10 kW < Pc < 20 kW Opcion tarifaria BT7 BT7 BT7 BT7 BT7 BT7 Costo 965 965 625 625 1 023 1 023

EXPOSICION DE MOTIVOS DE LA RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 423-2007-OS/CD De conformidad con el articulo 8° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y el articulo 22° de su Reglamento, las normas del sector electrico establecen la necesidad de regulacion de precios en aquellos casos que estos no pueden obtenerse de la libre competencia, reconociendose en la fijacion costos eficientes. Entre estos supuestos, se encuentran los costos correspondientes a la Conexion a la Red de Distribucion Electrica. La Conexion a la Red de Distribucion Electrica incluye el empalme, la acometida, la MORDAZA de medicion y proteccion, el sistema de proteccion y seccionamiento (interruptor termomagnetico) y el medidor. Dicha conexion permite a los usuarios recibir el suministro de electricidad, indispensable para el desarrollo de sus actividades, domesticas, comerciales o industriales. OSINERGMIN de conformidad con lo dispuesto por el articulo 3° de la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; en los articulos 27° y 52° literal v), de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y en el articulo 22°, inciso i) del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, tiene el encargo de regular las Tarifas de los Costos de Conexion a la Red de Distribucion Electrica. De conformidad con lo dispuesto por el inciso i) del articulo 22° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, corresponde al OSINERGMIN fijar, revisar y modificar los montos que deberan pagar los usuarios del servicio publico de electricidad por el costo de acometida, equipo de medicion y proteccion y su respectiva MORDAZA y el monto mensual que cubre su mantenimiento y permite su reposicion en un plazo de 30 anos. Ademas, establece que tratandose de equipo de medicion estatico monofasico de medicion simple, se considerara una MORDAZA util no menor de 15 anos. La Resolucion OSINERG N° 142-2003-OS/CD fijo los costos de conexion a la red de distribucion electrica, aplicables a los usuarios del servicio publico de electricidad, vigentes hasta el 31/08/2007, correspondiendo fijarlos nuevamente para el periodo 01/09/2007 al 31/08/2011. En la presente fijacion, de acuerdo al MORDAZA legal aplicable, se ha tomado en cuenta los respectivos costos eficientes y recabado en MORDAZA y gabinete la informacion necesaria que sustenta dichos costos, asi como recogido la tecnologia vigente en materia de medidores trifasicos, conectores para los empalmes, entre otros. Asimismo, se refleja en la presente regulacion la gestion empresarial eficiente que deben seguir las empresas en materia de compras corporativas, determinandose en conjunto costos que promueven la eficiencia del sector electrico. Los Costos de Conexion Electrica materia de la presente fijacion, se encuentran debidamente sustentados en el Informe Tecnico N° 0257-2007-GART y el Informe Legal N° 0250-2007-GART.

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