Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2007 (15/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2007

Supremo Nº 010-97-SA "Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia de productos farmaceuticos y afines", permite autorizar la importacion y venta de productos no registrados cuando fueran indispensables para atender la necesidad inmediata de la poblacion en caso de emergencia; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 137º de la Constitucion Politica del Estado, y por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declaracion del Estado de Emergencia. Declarese el Estado de Emergencia por desastre de origen natural (heladas y la inminencia del fenomeno de friaje) en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA y Tacna, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, para la recepcion de bienes provenientes del exterior que ingresen en calidad de donacion y constituyan ayuda humanitaria. Articulo 2º.- Ingreso de la donacion La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, permitira el ingreso de la ayuda humanitaria a que se refiere el articulo anterior consistente en material medico, medicamentos, vacunas, equipos medicos y/o afines, asi como ropa, calzado, frazadas, carpas, alimentos para asistir a la poblacion afectada, el cual podra ser tramitado como envio de MORDAZA de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF. Articulo 3º.- Tramite para el ingreso Al momento del ingreso de los bienes como equipaje acompanado del viajero se requerira la MORDAZA de una relacion que ampare a los mismos con caracter de Declaracion Jurada, emitida por el donatario o los viajeros, ademas de la Declaracion Jurada de Equipaje. Dentro del plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles contados a partir de la fecha de ingreso de los bienes se procedera a numerar la declaracion de aduanas. En el caso que los bienes ingresen al MORDAZA como carga se requerira la numeracion de una declaracion de aduanas y el cumplimiento de la normatividad vigente, con excepcion de la MORDAZA o transmision de las autorizaciones, permisos o resoluciones que deban emitir los sectores competentes o correspondientes. Articulo 4º.- Autorizacion Provisional para el Ingreso de Productos Farmaceuticos y afines Autorizar a la Direccion General de Medicamentos, a expedir las autorizaciones provisionales correspondientes para la importacion sin previo registro del material medico, medicamentos, vacunas, equipos medicos y/o afines productos no registrados, que ingresen en calidad de donacion para ayuda humanitaria, en el MORDAZA del presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Autorizaciones Los sectores competentes expediran las autorizaciones y permisos necesarios en el plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles contados a partir de la fecha de ingreso de los bienes que constituyen ayuda humanitaria a que se refiere el articulo 2º del presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- Regularizacion Los donatarios y/o declarantes seran los responsables de presentar ante la SUNAT, en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles, las autorizaciones y/o permisos asi como la respectiva resolucion de aceptacion y/o aprobacion de la ayuda humanitaria expedida por el sector correspondiente. Articulo 7º.- Ejecucion de acciones El Gobierno Central, los Gobiernos Regionales de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Tacna y/o los Gobiernos Locales involucrados, deberan ejecutar las acciones destinadas a la atencion de la poblacion damnificada y afectada en forma inmediata.

Articulo 8º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 9º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de junio del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 73475-1

Autorizan viaje de la Ministra de Comercio Exterior a EE.UU. y encargan su Despacho al Ministro de la Produccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 109-2007-PCM MORDAZA, 14 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, senora MORDAZA MORDAZA ARAOZ MORDAZA, viajara a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, para sostener reuniones con representantes del Congreso americano, vinculadas a la aprobacion del Acuerdo de Promocion Comercial Peru-Estados Unidos. Asimismo, asistira al evento "Cena Peruana en el Capitolio", a realizarse en la sede del Poder Legislativo americano, el 19 de junio de 2007, cuyo fin es difundir la cultura, el turismo y la gastronomia del Peru; Que, conforme al articulo 2º de la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Titular de dicho Sector dirige las negociaciones comerciales internacionales del Estado, en el ambito de su competencia y en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turistica, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, por las razones expuestas, es necesario autorizar el viaje de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure la ausencia de la Titular; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 28927, de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, la Ley Nº 27790, de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA ARAOZ MORDAZA, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 17 al 20 de junio de 2007, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

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