Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2007 (20/06/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

347469

Establecen provisionalmente la MORDAZA de Amortiguamiento de la MORDAZA Reservada Chancaybanos
(Se publica la presente resolucion a solicitud del Instituto Nacional de Recursos Naturales, mediante Carta Nº 6342007-INRENA-OA-ULOG, recibida el 14 de junio de 2007) RESOLUCION JEFATURAL Nº 337 -2001-INRENA MORDAZA, 26 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado consagra en su articulo 66º, la soberania estatal sobre el aprovechamiento de los recursos naturales no renovables; a la vez que establece en su articulo 68º, la obligacion del Estado de promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, el INRENA es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura creado por Decreto Ley Nº 25902 y modificado por Ley Nº 26822, cuyo Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-AG, establece en su articulo 27º que la Direccion General de Areas Naturales Protegidas es el organo encargado de proponer las politicas, planes, proyectos y normas para la adecuada gestion de las Areas Naturales Protegidas que conforman el SINANPE, asi como de la supervision de aquellas que no forman parte de este sistema, incluyendo las Zonas de Amortiguamiento; Que, el articulo 1º de la Ley de Areas Naturales Protegidas - Ley Nº 26834, establece que las Areas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorias y zonificaciones, para conservar la diversidad biologica y demas valores asociados de interes cultural, paisajistico y cientifico, asi como por su contribucion al desarrollo sostenible del pais; constituyendo Patrimonio de la Nacion, por lo que su condicion natural debe ser mantenida a perpetuidad; Que, el articulo 25º de la Ley de Areas Naturales Protegidas senala que las Zonas de Amortiguamiento son aquellas zonas adyacentes a las Areas Naturales Protegidas, que por su naturaleza y ubicacion requieren de un tratamiento especial para garantizar la conservacion del Area Natural Protegida; Que, el articulo MORDAZA mencionado senalaba ademas que el Plan Maestro de cada area definira la extension que corresponda a su MORDAZA de Amortiguamiento y las actividades que se realicen en las mismas no deben poner en riesgo el cumplimiento de los fines del Area Natural Protegida; Que, el articulo 61º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG dispone que el INRENA, en aplicacion del MORDAZA Precautorio reconocido por diversos Convenios Internacionales aprobados por el Peru, puede establecer de manera temporal mediante Resolucion Jefatural, la

extension de la MORDAZA de Amortiguamiento en tanto no se apruebe el Plan Maestro correspondiente; Que, el articulo 13º de la Ley de Areas Naturales Protegidas indica que las Zonas Reservadas son aquellas areas que reuniendo las condiciones para ser consideradas como Areas Naturales Protegidas, requieren la realizacion de estudios complementarios para determinar, entre otras, la extension y categoria que les corresponderan como tales. Forman parte del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado ­ SINANPE ­ y estan sujetas a las disposiciones aplicables a las Areas Naturales Protegidas Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-96-AG se declara la MORDAZA Reservada Chancaybanos, con el objetivo de proteger y conservar los afloramientos de aguas termales subterraneas y las especies silvestres que habitan en el bosque aledano; En uso de las facultades previstas en el articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales ­ INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer provisionalmente la MORDAZA de Amortiguamiento de la MORDAZA Reservada Chancaybanos, delimitada por la memoria descriptiva y el mapa que forman parte de la presente Resolucion Jefatural. Limites: La demarcacion de los limites se realizo con base a la Carta Nacional de escala 1/100,000, preparada y publicada por el Instituto Geografico Nacional, hoja 14-f, complementada con el uso de Imagenes de Satelite y el mapa oficial de la MORDAZA Reservada Chancaybanos, toda esta informacion en formato digital y georeferenciado. Las coordenadas, descritas a continuacion, estan referidas a la Carta Nacional, que aplica las siguientes caracteristicas cartograficas, Elipsoide: PSAD 56, cuadricula: 1000 metros, UTM: MORDAZA 17. La version oficial digital de los limites se encuentra en el INRENA-DGANP y se constituye en lo sucesivo como el principal documento al que debera recurrirse en materia de ordenamiento territorial a todo nivel. Norte - Este Partiendo desde el Punto Nº1 de coordenadas UTM 725782 E, 9276462 E, de la Quebrada Huamboyaco, con direccion Este cruzando por las cumbres que pasa por los Cerro MORDAZA Colorada, Cerro Chinininga, Cerro Abandonada, continuando por esta misma divisoria hacia el Este por el lugar denominado Cordillera de los Andes, prosiguiendo hacia el sur por la misma divisoria del Cerro Tambillo, hasta el punto Nº2 de coordenadas UTM 736396 E, 9272443 E, del Rio Chancay, proximo al poblado de Chancaybanos Sur ­Oeste Continuando aguas abajo del Rio Chancay hasta el limite con la MORDAZA Reservada Chancaybanos, que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.