Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2007 (10/05/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2007

PROYECTO
Cargo Fijo (S/. /Mes) 2,50

344959

ESTRUCTURA TARIFARIA QUE APLICARA LA EPS TACNA PARA LOS SERVICIOS DE AGUA Y ALCANTARILLADO A.- Por los Alcantarillado Servicios de Agua Potable y

El cargo fijo se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN

A.1.- Localidades de Tacna y Pachia a) Cargo por Volumen de Agua Potable 1.- CARGO FIJO Cargo Fijo (S/. /Mes) 2,50 El cargo fijo se reajusta por efecto de la inflacion de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. 2.- CARGO POR VOLUMEN a) Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL 0 a 10 10 a mas 0a8 Domestico 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL 0 a 30 Comercial 30 a mas 0 a 60 Industrial 60 a mas 0 a 100 Estatal 100 a mas Social 0,294 1,126 0,617 0,783 1,645 1,469 3,153 2,862 5,483 1,126 1,645 0,294 1,126 0,617 0,783 1,645 1,469 3,153 2,862 5,483 1,126 1,645 0,315 1,208 0,662 0,840 1,765 1,576 3,383 3,071 5,883 1,208 1,765 0,315 1,208 0,662 0,840 1,765 1,576 3,383 3,071 5,883 1,208 1,765 0,315 1,208 0,662 0,840 1,765 1,576 3,383 3,071 5,883 1,208 1,765 RANGOS m3/mes Ano 1 (1) Ano 2 Tarifa (S/./m3) Ano 3 (1) Ano 4 Ano 5 CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social RANGOS m3/mes Ano 1 (1) 0,237 0,237 0,545 0,981 1,129 3,503 0,467 Ano 2 0,237 0,237 0,545 0,981 1,129 3,503 0,467 Tarifa (S/./m3) Ano 3 (1) 0,254 0,254 0,585 1,053 1,211 3,759 0,501 Ano 4 0,254 0,254 0,585 1,053 1,211 3,759 0,501 Ano 5 0,254 0,254 0,585 1,053 1,211 3,759 0,501

0 a 10 0a8 Domestico 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL Comercial 0 a mas Industrial 0 a mas Estatal 0 a mas

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,3% y 7,3% correspondientes al ano 1 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

b) Cargo por Volumen de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social RANGOS m3/mes Ano 1 (1) 0,073 0,073 0,168 0,303 0,348 1,079 0,144 Ano 2 0,073 0,073 0,168 0,303 0,348 1,079 0,144 Tarifa (S/./m3) Ano 3 (1) 0,078 0,078 0,180 0,325 0,373 1,158 0,155 Ano 4 0,078 0,078 0,180 0,325 0,373 1,158 0,155 Ano 5 0,078 0,078 0,180 0,325 0,373 1,158 0,155

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,3% y 7,3% correspondientes al ano 1 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

0 a 10 0a8 Domestico 8 a 20 20 a mas NO RESIDENCIAL Comercial 0 a mas Industrial 0 a mas Estatal 0 a mas

b) Cargo por el Servicio de Alcantarillado
CLASE CATEGORIA RESIDENCIAL Social Domestico 0 a 10 10 a mas 0a8 8 a 20 20 a mas 0 a 30 30 a mas 0 a 60 60 a mas 0 a 100 100 a mas 0,085 0,327 0,179 0,227 0,477 0,426 0,915 0,831 1,591 0,327 0,477 0,085 0,327 0,179 0,227 0,477 0,426 0,915 0,831 1,591 0,327 0,477 0,091 0,351 0,192 0,244 0,512 0,457 0,982 0,892 1,707 0,351 0,512 0,091 0,351 0,192 0,244 0,512 0,457 0,982 0,892 1,707 0,351 0,512 0,091 0,351 0,192 0,244 0,512 0,457 0,982 0,892 1,707 0,351 0,512 RANGOS m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 1 (1) Ano 2 Ano 3 (1) Ano 4 Ano 5

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,3% y 7,3% correspondientes al ano 1 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 10 Domestico 20 Comercial 30 Industrial 60 Estatal 100

NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal

B.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Agua Potable 1. El importe a facturar por el servicio de agua potable se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1179-99-SUNASS , o por la MORDAZA que lo reemplace. 2. Los rangos de consumo respectivos a cada categoria se refieren a rangos continuos. En caso el volumen a facturar sea superior al limite establecido en el primer rango, a la diferencia entre el volumen a facturar y el limite del rango se le aplicara la tarifa del siguiente rango. C.- Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado 1. El importe a facturar por el servicio de alcantarillado se aplicara de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 8 de la "Directiva Importe a Facturar y Comprobantes de Pago de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario", aprobada mediante Resolucion

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 8,3% y 7,3% correspondientes al ano 1 y 3, respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion.

3.- ASIGNACIONES MAXIMAS DE CONSUMO
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 10 Domestico 20 Comercial 30 Industrial 60 Estatal 100

A.2.- Localidades de Locumba 1.- CARGO FIJO

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.