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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de mayo de 2007 344951 VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza presentado por el señor Regidor Lujan Saravia, y CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, reconocen que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al Artículo 74º de la Constitución Política así como el numeral 9) del Artículo 9 de la Ley No. 27972, Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales se encuentran facultados para crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción y con lo límites que señala la ley; Que, el Artículo 41° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo No. 135-99-EF y sus Normas Modi fi catorias establece que los gobiernos locales mediante ordenanza podrán condonar los intereses y sanciones en forma general a sus contribuyentes; Que, es política de la presente administración brindar a los contribuyentes del distrito de San Martín de Porres las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones de naturaleza tributaria y administrativa; En uso de sus facultades conferidas por el Artículo 9) de la Ley No. 27972, POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA: APRUEBA LA AMPLIACIÓN DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES Artículo Primero.- FINALIDAD. La presente Ordenanza tiene por fi nalidad aplicar los bene fi cios y/o facilidades para la regularización de obligaciones sustanciales y/o formales a favor de los contribuyentes del distrito, aprobadas por Ordenanza No. 210, de fecha 10 de marzo del 2007. Artículo Segundo.- PLAZO.El plazo para acogerse a estas facilidades vence el 31 de mayo del 2007. Artículo Tercero.- EL CUMPLIMIENTO.Encargar a las Gerencias de Administración Tributaria y Rentas, Participación Ciudadana y Administración y Finanzas y a las Unidades de Informática, Imagen Institucional y sus respectivas dependencias el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 58225-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de mantenimiento de áreas verdes ACUERDO DE CONCEJO Nº 32-2007-ACSS Santiago de Surco, 7 de mayo del 2007 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTOEl Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha,VISTO: Dictamen Nº 004-2007-CSCMA-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 563-2007-SG-MSS de fecha 4.05.2007 de la Secretaría General, los Informes Nºs. 225, 229, y 230-2007-GM-MSS de fechas 4.05.2007 y 07.05.2007 de la Gerencia Municipal, el Memorandum Nº 569-2007-GAF-MSS e Informes Nºs. 124, 125 y 126-2007-GAF-MSS de fechas 4.05.2007 y 07.05.2007, de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 676-2007-SGL/GAF-MSS de fecha 4.03.2007 de la Subgerencia de Logística, el Informe Nº 243-2007-SGPJ-GMA-MSS de fecha 4.05.2007 de la Subgerencia Parques y Jardines, el Memorandum Nº 439-2007-OPP-MSS de fecha 4.05.2007 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 435-2007-GMA-MSS, de fecha 7.05.2007 de la Gerencia de Medio Ambiente e Informes Nºs. 422 y 425-2007-OAJ-MSS de fechas 4.05.2007 y 7.05.2007 de la O fi cina de Asesoría Jurídica, entre otros documentos, sobre desabastecimiento inminente del Servicio de Mantenimiento de Áreas Verdes. CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en atención a esta autonomía política, económica y administrativa del que goza el Gobierno Local de Surco, se emitió el Acuerdo de Concejo Nº 007-ACSS del 1 de febrero del 2007, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 7.02.2007, por el que se dispuso declarar en situación de Desabastecimiento Inminente los servicios de recolección de maleza y su eliminación fi nal, de riego de áreas verdes con camiones cisterna y de mantenimiento de áreas verdes, por el plazo de 90 días calendarios de acuerdo a la normatividad de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con Informe Nº 676-2007-SGL/GAF-MSS de fecha 4.03.2007, la Subgerencia de Logística, recepcionado el 04 de mayo del 2007 por la Gerencia de Administración y Finanzas, informa que el contrato proveniente de la exoneración aprobada por el Acuerdo de Concejo Nº 007-ACSS vence el 08 de mayo del año en curso, siendo que los correspondientes procesos de selección no concluirán dentro de los 90 días otorgados. Asimismo, señala que respecto al servicio de Mantenimiento de Áreas Verdes, se encuentra en la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación desde el 3 de mayo del 2007 para resolver el pedido de la cobertura presupuestal; Que, con Informe Nº 124-2007-GAF-MSS de fecha 4.05.2007, la Gerencia de Administración y Finanzas, señala que el plazo otorgado por el Concejo Municipal ha sido superado y en consecuencia resulta necesario prever una situación de desabastecimiento inminente hasta que quede consentida la buena pro del proceso señalado. Asimismo, indica que la situación de desabastecimiento inminente se producirá a partir del 8 de mayo del presente año, fecha en que vence el contrato suscrito con la Empresa Tecnologías Ecológicas Prisma S.A.C., a partir de la cual no se contaría con el servicio de mantenimiento de áreas verdes; por lo que dicha Gerencia solicita una declaración de Desabastecimiento inminente por el plazo de 90 días calendarios o hasta que quede consentida la buena pro del proceso señalado, plazo que permitirá culminar con el proceso de selección que se encuentra en desarrollo a cargo de la Subgerencia de Logística; Que, mediante Informe Nº 243-2007-SGPJ-GMA- MSS de fecha 4.05.2007, la Subgerencia de Parques y Jardines de la Gerencia de Medio Ambiente señala que, para el servicio de mantenimiento de áreas verdes, se necesita dar mantenimiento a 961,744.82 m2 de áreas verdes de los sectores 5 al 9, por un período de 90 días calendarios, en el horario de 8 (ocho) horas de lunes a sábado, totalizando la suma de S/. 1`609,960.83, siendo su precio unitario S/. 1.674, conforme a lo establecido en el Memorándum Nº 569-2007-GAF-MSS;