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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2007 (10/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de mayo de 2007 344956 Disponen la rectificación de área, perímetro, linderos y subdivisión del predio denominado La Chalaca de propiedad municipal ACUERDO DE CONCEJO Nº 22-2007-MPI Ilo, 3 de abril del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO VISTO:En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 2 de abril del 2007; y, CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad Provincial de Ilo es propietaria de un predio denominado La Chalaca, ubicado en Jirón Abtao Nº 123 Centro Urbano, del distrito y provincia de Ilo Región Moquegua con un área inscrita de 805.18 m2, cuyos linderos y medidas perimétricas se describen ampliamente en la Ficha Registral Nº 3,659. Que, con el objetivo de llevar a cabo el Saneamiento Físico Legal del Predio de Propiedad Municipal se encargó a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental el estado actual del predio arriba detallado y al haberse realizado la inspección técnica mediante levantamiento topográ fi co se verifi ca que existe discrepancia con los datos que obran en la fi cha registral expedida por Registros Públicos con el área física real de 805.18 m2 y se ha determinado como resultado un área de 824.21 m2. La diferencia que existe del área es por error de cálculo debido a que el área inscrita se realizó mediante un proceso manual y geométrico. Que, la recti fi cación de área, perímetro, linderos del Jirón Abtao Nº 123 no afecta ni superpone de modo alguno con los predios colindantes. Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado dispone que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; añadiendo en el inciso 3 de su Artículo 195º que son competentes para administrar sus bienes. Que, nuestra Carta Magna señala en el inciso 1 de su Artículo 196º que son bienes de las Municipalidades los inmuebles de su propiedad. Que, el Artículo 55º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 dispone que el Patrimonio Municipal está constituido por los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad; el que debe ser concordado con el inciso 2 del Artículo 56º de la misma norma que señala: “Son bienes de las Municipalidades los adquiridos, construidos y/o sostenidos por la Municipalidad”. Que, nuestra legislación nacional ha emitido una serie de disposiciones a fi n de facilitar a las instituciones públicas y los gobiernos locales la obtención del saneamiento físico legal de los inmuebles de su propiedad respecto a la recti fi cación de áreas, linderos y medidas perimétricas y, replanteo de lotización, estableciendo el procedimiento a seguir a fi n de cautelar que terceros no sean perjudicados con la recti fi cación efectuada, como es la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en otro de mayor circulación donde se ubique la Municipalidad. Que, la Ley Nº 26512, extensiva a los gobiernos locales e instituciones del sector público por disposición de la Ley de Saneamiento Físico- Legal de las Entidades del Sector Público Nº 27493, declara de necesidad y utilidad el saneamiento físico- legal de los bienes inmuebles del sector público. Que, las disposiciones reglamentarias para poder cumplir con el Saneamiento Técnico Legal de Bienes de Propiedad Estatal, se encuentran contenidas en el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, disponiéndose expresamente la facultad de Recti fi car Áreas, Linderos y/o Medidas Perimétricas y; la de modi fi car la lotización de sus predios en los incisos e) y f), respectivamente, de su Artículo 7º; extendiéndose estas facultades a las Municipalidades en mérito a lo normado por el Decreto Supremo Nº 136-2001-EF. Que, los Decretos Supremos arriba citados son complementados con las disposiciones del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal. Que, luego del debate respectivo y sometido a votación conforme al Reglamento de Sesiones, por unanimidad los señores Regidores en mérito a lo dispuesto en el Artículo 58º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDAN:Artículo Primero.- Disponer la RECTIFICACIÓN DE ÁREA, PERÍMETRO, LINDEROS Y SUBDIVISIÓN DEL PREDIO DENOMINADO LA CHALACA DE PROPIEDAD MUNICIPAL, ubicado en Jr. Abtao Nº 123, el mismo que se encuentra inscrito en la Ficha Registral Nº 3,659. Artículo Segundo.- Presentar la solicitud de Recti fi cación de Área, Linderos, Perímetro y Subdivisión del predio descrito en el Artículo Primero a la O fi cina de Registros Públicos de Ilo, cumpliendo con adjuntar los documentos solicitados en el Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 130-2001-EF. Artículo Tercero.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario El Peruano y en uno de mayor circulación de la provincia de Ilo, encargándose a Secretaría General el diligenciamiento de la publicación del presente Acuerdo en el tiempo más breve posible. Artículo Cuarto.- Cumplido el plazo de 30 días después de publicado el presente Acuerdo y, en caso de no existir oposición por parte de terceros, solicítese por intermedio del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Ilo, a la Ofi cina de Registros Públicos de Ilo la inscripción de fi nitiva del derecho de propiedad de la Municipalidad. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JORGE A. MENDOZA PÉREZ Alcalde 57486-1 PROYECTOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Proyecto de Resolución que aprueba fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión de EPS TACNA S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 024-2007-SUNASS-CD Lima, 27 de abril de 2007VISTOS:La Resolución Nº 003-2007-SUNASS-GRT, mediante la cual la Gerencia de Regulación Tarifaria inició el procedimiento de aprobación de la fórmula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestión para los próximos cinco años de la Entidad Prestadora de Servicios De Saneamiento Tacna Sociedad Anónima, EPS TACNA S.A., conforme a lo establecido en el artículo 20º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; El Memorándum Nº 069-2007-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el