Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2007 (12/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2007

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban conformacion del Consejo Distrital de Participacion de la Juventud de Lurigancho Chosica
ORDENANZA Nº 92-MDLCH
Chosica, 19 de marzo del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Lurigancho-Chosica, en la Sesion Ordinaria de la fecha ; VISTO: El Dictamen Nº 001-07/COEC Y D-MDCLCH de la Comision Permanente de Educacion, Cultura y Deporte, proponiendo la aprobacion de la Ordenanza que aprueba la Conformacion del Consejo Distrital de Participacion de la Juventud en Lurigancho ­ Chosica; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru expresamente declara que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Que, la Ley Nº 27802, Ley de Creacion del Consejo Nacional de la Juventud, en el articulo 5º establece que la participacion es un derecho fundamental de los jovenes para su integracion en los procesos de desarrollo social, impulsando su reconocimiento como actores del que hacer nacional. Que, segun lo dispuesto en el articulo 20º de la Ley Nº 27802, la Comision Nacional de la Juventud promueve ante los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales el funcionamiento del Consejo de Participacion de la Juventud, como mecanismo de asesoria consulta en materia de Juventud. Que mediante el Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, se reglamenta la participacion de los jovenes a traves de los organismos componentes del Consejo Nacional de la Juventud. Que, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 462-MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que crea el sistema Metropolitano de Promocion y Gestion de Politicas de Juventud, el cual dispone que los Consejos Distritales de Participacion de la Juventud son instancias del sistema. Que, el numeral 2.9 del articulo 84º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, establece como funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales, promover el desarrollo integral de la Juventud para el logro de su bienestar fisico, psicologico, social, cultural, economica del Gobierno Local. Que el Concejo Distrital de Lurigancho ­ Chosica reconoce los principios de equidad, asociacionismo, participacion, descentralizacion, MORDAZA de paz y convivencia, solidaridad, ecologia, realismo publicidad contenidos en la Ley Nº 27802 y la Ordenanza Nº 462-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, es politica del Gobierno Local de Lurigancho - Chosica, contribuir al desarrollo integral de la juventud chosicana entendiendose como tal al conjunto de acciones orientadas a lograr el bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual, asi como la participacion activa de los jovenes en la MORDAZA politica, social, cultural economica del distrito. Estando a lo expuesto en uso a las facultades conferidas en el articulo 9º, Numeral (8) y el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el

MORDAZA unanime de los senores Regidores se ha aprobado la siguiente Ordenanza:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONFORMACION DEL CONSEJO DISTRITAL DE PARTICIPACION DE LA JUVENTUD DE LURIGANCHO CHOSICA
Articulo 1º.- Aprobar la conformacion del Consejo Distrital de participacion de la Juventud de Lurigancho Chosica, como un organismo colegiado, MORDAZA de caracter social, cuyos fines son planear, coordinar y supervisar las estrategias, politicas y programas de atencion hacia la Juventud. Articulo 2º.- Aperturar el Libro de Registro de Organizaciones Juveniles del distrito de Lurigancho Chosica. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social, Subgerencia de Bienestar e Integracion Social, Sub Gerencia de Participacion Ciudadana y demas Unidades Organicas competentes; Implementar las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 4º.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente la presente Ordenanza. Mando que se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

58730-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 253-MM
Mediante Oficio Nº 186-2007-SG/MM, la Municipalidad de Miraflores solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 253-MM, publicada en nuestra edicion del dia 9 de MORDAZA de 2007. DICE: Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el Articulo 4º aprobado por la Ordenanza Nº 204, de fecha 6 de octubre de 2007. DEBE DECIR: Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el Articulo 4º aprobado por la Ordenanza Nº 204, de fecha 6 de octubre de 2005.

59195-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de suministro de combustible para la flota vehicular y maquinaria de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-11-2007-MDLP
La Punta, 26 de MORDAZA de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA

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