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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de mayo de 2007 345726 Unitaria “ROSOBORONEXPORT”, por la reparación de trece (13) helicópteros MI-17; Que, según Informe Nº 058-2007-PCM/OAF, el Secretario Técnico del Comité del Fondo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional vía Informe Nº 010-2007-PCM/COMITÉ FFAA y PNP-ST, solicita a la O fi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros, la emisión de una Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera de hasta por la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TREINTA Y SIETE Y 08/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 875 037,08) equivalentes a US$ 11 592 278,24, afi n de atender los citados acuerdos aprobados por el Comité de Administración del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados - Rubro 18. Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones que fueran incorporados en el Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante la Resolución Ministerial Nº 137-2007-PCM, de acuerdo al siguiente detalle: Pliego : 026 Ministerio de Defensa Unidad Ejecutora : 003 Ejército Peruano Hasta por S/. 7 019 078,81 Unidad Ejecutora : 005 Fuerza Aérea del Perú Hasta por S/. 29 855 958,27 TOTAL A TRANSFERIR Hasta por S/. 36 875 037,08 =============== Contando con la visación de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, la Ley Nº 28455 - Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y el Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM y sus modi fi caciones mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, realizar una transferencia fi nanciera de recursos, al Pliego : 026 Ministerio de Defensa hasta por el importe de TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TREINTA Y SIETE Y 08/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 875 037,08), al Pliego: 026 Ministerio de Defensa, con el propósito de que se atienda el saldo del fi nanciamiento aprobado en la sesión del 17 de abril 2006 a la Unidad Ejecutora : 005 Fuerza Aérea del Perú y la apertura de la segunda Carta de Crédito a favor de la Empresa Federal Estatal Unitaria “ROSOBORONEXPORT”, por la reparación de trece (13) helicópteros MI-17, conforme al siguiente detalle: Pliego : 026 Ministerio de Defensa Unidad Ejecutora : 003 Ejército Peruano Hasta por S/. 7 019 078,81 Unidad Ejecutora : 005 Fuerza Aérea del Perú Hasta por S/. 29 855 958,27 TOTAL A TRANSFERIR Hasta por S/. 36 875 037,08 =========== Artículo 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional Modi fi cado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 003 Secretaría General - PCM, Actividad 1.21419 Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, Grupo Genérico de Gasto 4.00 Otros Gastos Corrientes, por la Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados – Rubro: 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Renta de Aduanas y Participaciones. Artículo 3º.- Encargar a la O fi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros, el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE DEL CASTILLO GALVEZ Presidente del Consejo de Ministros 62193-1ECONOMIA Y FINANZAS Constituyen Comisión Multisectorial para el proyecto Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura DECRETO SUPREMO N° 059-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo X del Título Preliminar de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28411, dispone que las políticas de gasto público vinculadas a los fi nes del Estado, deben establecerse teniendo en cuenta la situación económica y fi nanciera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macro fi scal, debiendo ser ejecutadas mediante una gestión de los fondos públicos orientada a resultados con e fi ciencia, efi cacia, economía y calidad; Que, mediante Ley N° 27293 se crea el Sistema Nacional de Inversión Pública con la fi nalidad de optimizar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologías y normas técnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversión; Que, mediante Decreto Supremo N° 055-2007-EF se exceptuó del cumplimiento del Estudio de Factibilidad de la fase de preinversión del ciclo del proyecto a que se re fi ere la Ley N° 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, incluida la declaración de viabilidad, al Proyecto de Inversión Pública, denominado Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura, componente: Construcción de la Presa derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase; Que, en ese sentido, resulta necesario constituir una Comisión Multisectorial que proponga el esquema técnico y económico más e fi ciente y de más rápido impacto social para el Alto Piura, que resguarde el uso adecuado de los recursos públicos y los compromisos asumidos por el Estado; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, DECRETA:Artículo 1°.- Comisión Multisectorial para el proyecto Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura 1.1 Créase la Comisión Multisectorial encargada de proponer el esquema técnico y económico más e fi ciente y de más rápido impacto social para el Alto Piura, que resguarde el uso adecuado de los recursos públicos y los compromisos asumidos por el Estado. Dicho esquema buscará una gestión adecuada del territorio, aprovechar óptimamente los recursos naturales disponibles y atender integralmente el mejoramiento de riego y la provisión energética del Valle del Alto Piura. 1.2 La Comisión Multisectorial estará conformada por:a) El Presidente del Gobierno Regional de Piura, quien la presidirá; b) El Ministro de Agricultura o su representante;c) El Ministro de Economía y Finanzas o su representante; d) El Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN o su representante. 1.3 La Comisión tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación del presente Decreto Supremo para su instalación, y un plazo de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de su instalación, para la presentación de su propuesta al Consejo de Ministros a través del Ministerio de Economía y Finanzas 1.4 Para la elaboración de su propuesta, la Comisión podrá solicitar la información y proponer los estudios que considere necesarios a entes técnicos tanto públicos como privados.