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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de noviembre de 2007 356577 y, según la práctica de la Organización, asumió el cargo de Presidente para el período 2007; Que, mediante documento ITTC (XLIII) Info. 1, de 12 de setiembre de 2007, del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT), se ha tomado conocimiento de que el XLIII Período de Sesiones del CIMT y los correspondientes períodos de sesiones de sus comités, se llevarán a cabo en la ciudad de Yokohama, Japón, del 5 al 10 de noviembre de 2007, en los cuales serán considerados para su fi nanciamiento importantes proyectos nacionales orientados a la conservación y uso sostenible de los bosques; Que, asimismo, se celebrará la XXI Reunión del Grupo Asesor Ofi cioso del CIMT, el 4 de noviembre del 2007; Que, en su calidad de Presidente del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT), y por su conocimiento técnico del tema, resulta conveniente la participación del Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República Luis José Macchiavello Amoroz, como parte de la delegación peruana que asistirá a las mencionadas reuniones, así como la de un funcionario de la Embajada del Perú en Japón; Teniendo en cuenta el Memorándum (SME) Nº SME1108/2007, de la Subsecretaría para Asuntos Multilaterales, de 26 de setiembre de 2007; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; y el inciso b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Yokohama, Japón, quienes conformarán la delegación peruana que participará en la XXI Reunión del Grupo Asesor Ofi cioso del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales – CIMT, el 4 de noviembre del 2007; y en el XLIII Período de Sesiones del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT) y los correspondientes períodos de sesiones de sus comités, del 05 al 10 de noviembre de 2007: XXI Reunión del Grupo Asesor Ofi cioso del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales , a celebrarse en la ciudad de Yokohama, Japón, el 4 de noviembre de 2007: Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República Luis José Macchiavello Amoroz, Presidente del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT). XLIII Período de Sesiones del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT) y los correspondientes Períodos de Sesiones de sus Comités , a celebrarse en la ciudad de Yokohama, Japón, del 5 al 10 de noviembre del 2007: Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República Luis José Macchiavello Amoroz, Presidente del Consejo Internacional de las Maderas Tropicales (CIMT), quien la presidirá; y, Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República Andrés Martín Garrido Sánchez, funcionario de la Embajada del Perú en Japón. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje del Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República Luis José Macchiavello Amoroz, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, afectando la Meta 01163: Participar en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del mismo, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$Tarifa Aeropuerto US$ Luis José Macchiavello Amoroz 2,291.24 260.00 7+2 2,340.00 30.25 Artículo Tercero.- Los gastos por concepto de pasajes, que irrogue el viaje del Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República Andrés Martín Garrido Sánchez, en el XLIII Período de Sesiones del CIMT, serán asumidos por la Asignación para Gastos de Funcionamiento y Gestión de la Embajada del Perú en Japón, con cargo a posterior reembolso por parte del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 23886 Misiones Diplomáticas y Acciones de Política Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del mismo, sin exceder los montos límites establecidos en los dispositivos legales vigentes. Artículo Cuarto.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el viaje del Segundo Secretario en el Servicio Diplomático de la República Andrés Martín Garrido Sánchez, en el XLIII Período de Sesiones del CIMT, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 23886 Misiones Diplomáticas y Acciones de Política Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del mismo, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos por día US$Número de díasTotal Viáticos US$ Andrés Garrido Sánchez 260.00 6 1,560.00 Artículo Quinto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las referidas reuniones, los citados funcionarios deberán presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Sexto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 126805-2 Designan integrante peruano del Directorio del Fondo Binacional para la Paz y el Desarrollo Perú-Ecuador por la región fronteriza RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1260/RE Lima, 25 de octubre de 2007