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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de noviembre de 2007 356683Nº DE ORD.DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN % DE 1 U.I.T. CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMIN.AUTOMÁ TICAEVALUACIÓN POST. NEGAT. RAP 105.11 (**) R.D. N° 008-99-MTC/15.16 (14.03.1999). RAP 143.9.b (**) R.D. N° 182-2004-MTC/12 (11.02.2005) 05 EVALUACIÓN DEL PERSONAL AERONÁUTICO O fi cina de Atención Director General de Reconsideración : EVALUACIÓN TEÓRICA al Ciudadano y Gestión Aeronáutica Civil Director General de BASE LEGAL a)Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil (DGAC), adjuntando: Documental Aeronáutica Civil b)Documentos que acrediten instrucción, cuando corresponda Ley Nº 27261 (10.05.2000) Arts. 9°, 73° y 2da. Disposición Complementaria c)Pago por derecho de tramitación (1) Apelación : Reglamento de la Ley Nº 27261: D.S. Nº 050-2001-MTC (26.12.2001) Viceministro de Art. 142º y 205º Transportes RAP 61, 63 y 65 (**) R.D. N° 084-2007-MTC/12 (01.06.2007) EVALUACIÓN PRÁCTICA Secciones 61.39, 61.167(a), 61.123(g), 61.103(g), 61.188 de la RAP 61 a) Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil (DGAC), adjuntando: Secciones 63.39(a), 63.61(a1), 63.67c de la RAP 63 b) Haber aprobado la evaluación escrita correspondiente Secciones 65.79, 65.101, 65.149, 65.37c, 65.59, 65.165, 65.185, 65.209 de c)Documentación que acredite la instrucción y experiencia aeronáutica, cuando corresponda la RAP 65 d)Certi fi cado médico vigente RAP 143.13 (**) R.D. Nº 182-2004-MTC/12 (11.02.2005) e)Edad correspondiente al tipo de licencia solicitada f) Pago por derecho de tramitación (1) EVALUACIÓN TEÓRICA: Gratuito X EVALUACIÓN PRÁCTICA (también aplicable a chequeos en ruta de cali fi cación y para autorización de Examinador Designado del Explotador - EDE): .Personal de tierra 20 d. Local 7,00% Por día de servicio nacional. Este pago es adicional cuando la evaluación o inspección 3,06% técnica se efectúe en el territorio nacional, excepto Lima, y se calcula en base a la duración de la comisión de servicios y/o cuando la cantidad de inspectores sea mayor a 1. .Personal de Mantenimiento (Mecánicos y Reparadores Aeronáuticos) e Instructores 20 d. Local 5,00% Por día de servicio nacional. Este pago es adicional cuando la evaluación o inspección 3,06% técnica se efectúe en el territorio nacional, excepto Lima, y se calcula en base a la duración de la comisión de servicios y/o cuando la cantidad de inspectores sea mayor a 1. .Personal Aéreo Vuelo Nacional Tripulantes Técnicos 15,00% 20 d. Tripulantes Auxiliares 6,60% 20 d. Por día de servicio nacional. Este pago es adicional cuando la evaluación o inspección 3,06% técnica se efectúe en el territorio nacional, excepto Lima, y se calcula en base a la duración de la comisión de servicios y/o cuando la cantidad de inspectores sea mayor a 1. Vuelo Internacional (también aplicable a chequeos de simuladores nuevos) Tripulantes Técnicos 15,00% 20 d. Tripulantes Auxiliares 6,60% 20 d. Este pago es adicional a la tasa de tripulante técnicos/auxiliares o inspección técnica, y (2) se calcula en base a la duración de la comisión de servicios, por cada inspector y de acuerdo a la escala de viáticos por región geográ fi ca. AEROCLUBES Y CENTROS DE INSTRUCCIÓN 06 AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO PARA ESCUELAS Y - Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil, adjuntando: 46,00% 60 d. O fi cina de Atención Director General de Reconsideración : CENTROS DE INSTRUCCIÓN - Demostración de Capacidad Financiera y Técnica de acuerdo a cada caso. al Ciudadano y Gestión Aeronáutica Civil Director Ge neral de