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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de noviembre de 2007 356684 Nº DE ORD.DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN % DE 1 U.I.T. CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMIN.AUTOMÁ TICAEVALUACIÓN POST. NEGAT. Documental Aeronáutica Civil BASE LEGAL Ley Nº 27261 (10.05.2000) Arts. 9°, 95º, 167° y 2da. Disposición Complementaria; Escuela de Pilotos: RAP 141.17 Apelación : Reglamento de la Ley Nº 27261: D.S. Nº 050-2001-MTC (26.12.2001) Art. 327º; a)Copia simple de la escritura pública de constitución de la empresa debidamente inscrita en Viceministro de RAP 141.17 y 147.3(g) R.D. N° 172-2007-MTC/12 (10.09.2007); los Registros Públicos (cuando se trate de una persona jurídica), en la cual conste que el Transportes objeto social al que se van a dedicar concuerde con la actividad para la cual están solicitando la autorización. b)Copia simple en la que conste el poder otorgado al representante que formula la solicitud, con la constancia de su inscripción registral o carta poder indicando el objeto y alcances del poder, así como el nombre y apellidos completos del poderdante y apoderado, de ser el caso. c)Licencia de funcionamiento vigente otorgada por la municipalidad correspondiente según el domicilio de la empresa. d)Título de propiedad o contrato de arrendamiento que acredite la propiedad o posesión del establecimiento en el cual la escuela de pilotos realiza sus actividades. e) Ficha registral de la empresa actualizada. f)Relación y número de matrícula de las aeronaves a utilizar. g)Pago por los derechos correspondientes.. Centro de Instrucción de Técnicos de Mantenimiento: RAP 147.3 (g) a)Solicitud de autorización de funcionamiento; b)Copia simple de la escritura pública de constitución de la empresa, debidamente inscrita en los Registros Públicos (cuando se trate de una persona jurídica) en la cual conste que el objeto social al que se van a dedicar, concuerde con la actividad para la cual están solicitando la autorización; c)Ficha registral de la empresa, actualizada a la fecha de presentación de la solicitud. d)Copia simple en la que conste el poder otorgado al representante que formula la solicitud, con la constancia de su inscripción registral, o carta poder indicando el objeto y alcances del poder, así como el nombre y apellidos completos del poderdante y apoderado; de ser el caso. e)Licencia de funcionamiento vigente otorgada por la Municipalidad correspondiente al domicilio de la empresa; f)Resolución otorgada por el Ministerio de Educación autorizando a la empresa a realizar actividades como centro de estudios; g)Título de propiedad o contrato de arrendamiento que acredite la propiedad o posesión del establecimiento en el cual el centro de instrucción de técnicos de mantenimiento realiza sus actividades; h)Pago por derechos correspondientes. 07 INSPECCIÓN TÉCNICA A AEROCLUBES, ESCUELAS DE PILOTOS Y CENTROS DE INSTRUCCIÓN O DE - Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil, indicando y/o adjuntando: O fi cina de Atención Director General de Reconsideración : ENTRENAMIENTO PARA OBTENCIÓN DE AUTORIZACIÓN - Pago por derecho de tramitación (1) al Ciudadano y Gestión Aeronáutica Civil Director General de - Se veri fi cará la documentación actuada en el proceso de certi fi cación Documental Aeronáutica Civil BASE LEGAL Ley Nº 27261 (10.05.2000) Art. 11 numeral 1 y 2da. Disposición Complementaria - Aeroclubes Gratuito 30 d. Apelación : Reglamento de la Ley Nº 27261: D.S. Nº 050-2001-MTC (26.12.2001) - Escuelas de Pilotos 24,50% 30 d. Viceministro de Art. 13º, 205º,322, 324º, 325 y 326º; , - Centros de Instrucción 24,50% 30 d. Transportes RAP 141.21, 141.25 y la Sub Parte B de la RAP 141. RD Nº 172-2007-MTC/12 (10.09.2007) - Centros de Entrenamiento 24,50% 30 d. RAP 147.43. de la RAP 147. RD 172-2007-MTC/12 (10.09.2007) - Por día de servicio nacional. Este pago es adicional cuando la evaluación o inspección 3,06% técnica se efectúe en el territorio nacional, excepto Lima, y se calcula en base a la duración de la comisión de servicios y/o cuando la cantidad de inspectores sea mayor a 1.