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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (03/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de noviembre de 2007 356685Nº DE ORD.DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN % DE 1 U.I.T. CALIFICACIÓN DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITEAUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMIN.AUTOMÁ TICAEVALUACIÓN POST. NEGAT. - Por día de servicio internacional. Este pago es adicional a la tasa de tripulante (2) técnicos/auxiliares o inspección técnica, y se calcula en base a la duración de la comisión de servicios, por cada inspector y de acuerdo a la escala de viáticos por región geográ fi ca. 08 INSPECCIÓN TÉCNICA A AEROCLUBES, ESCUELAS DE O fi cina de Atención Director General de Reconsideración : PILOTOS, CENTROS DE INSTRUCCIÓN O DE - Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil, indicando y/o adjuntando: al Ciudadano y Gestión Aeronáutica Civil Director General de ENTRENAMIENTO PARA ACTUALIZACIÓN DE - Pago por derecho de tramitación (1) Documental Aeronáutica Civil ESPECIFICACIONES DE ENTRENAMIENTO -S e v e r i fi cará la documentación actuada en el proceso de certi fi cación BASE LEGAL - Aeroclubes Gratuito 30 d. Apelación : Ley Nº 27261 (10.05.2000) Art. 11 numeral 1 y 2da. Disposición Complementaria - Escuelas de Pilotos 21,50% 30 d. Viceministro de Reglamento de la Ley Nº 27261: D.S. Nº 050-2001-MTC (26.12.2001) - Centros de Instrucción 21,50% 30 d. Transportes Art. 13º, 205º, 322º, 323º, 324º, 325º y 326º - Centros de Entrenamiento 21,50% 30 d. RAP 141.13 y Sub Parte B de la RAP 147, R.D. N° 172-2007-MTC/12 - Por día de servicio nacional. Este pago es adicional cuando la evaluación o inspección 3,06% (10.09.2007) técnica se efectúe en el territorio nacional, excepto Lima, y se calcula en base a la duración de la comisión de servicios y/o cuando la cantidad de inspectores sea mayor a 1. - Por día de servicio internacional. Este pago es adicional a la tasa de tripulante (2) técnicos/auxiliares o inspección técnica, y se calcula en base a la duración de la comisión de servicios, por cada inspector y de acuerdo a la escala de viáticos por región geográ fi ca. 09 AUTORIZACIÓN PARA AEROCLUBES - Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil, adjuntando: 25,00% 60 d. O fi cina de Atención Director General de Reconsideración : BASE LEGAL al Ciudadano y Gestión Aeronáutica Civil Director General de Ley Nº 27261 (10.05.2000) Arts. 9°, 95º, 165°, 166° y 2da. Disposición a)Copia simple de la escritura pública de constitución social debidamente inscrita. Documental Aeronáutica Civil Complementaria. b)Relación de asociados. Reglamento de la Ley Nº 27261: D.S. Nº 050-2001-MTC (26.12.2001) c)Nómina del consejo directivo. Apelación : Art. 321º, 322º, 323º, 324º, 325º y 326º d)Relación y características del material aeronáutico de su propiedad y el de sus Viceministro de asociados. Transportes e)Información sobre el personal aeronáutico o taller de mantenimiento aeronáutico que tiene a su cargo el mantenimiento de sus equipos. f)Información de su base y zona de operación. g)Información de la infraestructura con que cuenta para sus operaciones. h)Pago por derecho de tramitación (1) SEGURIDAD DE VUELO 10 INSPECCIÓN TÉCNICA A AERONAVES - Solicitud dirigida al Director General de Aeronáutica Civil adjuntando: O fi cina de Atención Director General de Reconsideración : al Ciudadano y Gestión Aeronáutica Civil Aeronáutica Civil BASE LEGAL a)Copia simple de la siguiente documentación (entregar durante la inspección): Documental Ley Nº 27261 (10.05.2000) Arts. 11°, 59° y 2da. Disposición Complementaria - Hoja de datos del certi fi cado tipo (TCDS), según corresponda Apelación : Reglamento de la Ley Nº 27261: D.S. Nº 050-2001-MTC (26.12.2001) - Certi fi cado de matrícula vigente Viceministro de Arts. 111º y 205º - Certi fi cado de aeronavegabilidad para exportación, según corresponda Transportes RAP 21. Apéndice 1 (**) R.D. N° 182-2004-MTC/12 (11.02.2005) - Certi fi cado de cancelación de matrícula, según corresponda - Certi fi cado de aeronavegabilidad del país de procedencia, según corresponda - Distribución de cabina de pasajeros certi fi cado de acuerdo al manual de peso y balance - Inspección y prueba de altímetros - Calibración o Inspección y prueba del velocímetro y tablas de corrección, según corresponda - Compensación de compás magnético y tablas de corrección vigente - Calibración y/o Inspección y prueba del “ATC Transponder”, según corresponda - Prueba de lectura y grabación de parámetros del “Digital Flight Data Recorder” - Prueba funcional y de grabación del “Voice Recorder”