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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (10/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de noviembre de 2007 357244 Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesEncargada del despacho del Ministerio de Defensa 130650-2 ECONOMIA Y FINANZAS Delegan representación del Ministerio en las Juntas de Accionistas del Banco Agropecuario a favor del FONAFE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 682-2007-EF/10 Lima, 8 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, el artículo 7° de la Ley Nº 29064, Ley de Relanzamiento del Banco Agropecuario – AGROBANCO, dispuso que en las Juntas de Accionistas del Banco Agropecuario, las acciones del Estado son representadas por el Ministerio de Economía y Finanzas, y que este podría delegar su participación al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; Que, asimismo el referido artículo precisa que la representación de FONAFE se limita a los alcances establecidos en este mismo artículo y que el Banco Agropecuario no está obligado a los acuerdos adoptados por el Directorio de FONAFE, en relación a las empresas que se encuentran bajo su ámbito; Que, FONAFE al ser el encargado de normar y dirigir la actividad empresarial del Estado, cuenta con la especialización y experiencia necesarias para el manejo corporativo de las empresas del Estado, por lo que se ha considerado necesario delegarle la representación del Ministerio de Economía y Finanzas en todas las juntas de accionistas del Banco Agropecuario – AGROBANCO; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37° del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 29064; SE RESUELVE: Artículo Único.- Deléguese la representación del Ministerio de Economía y Finanzas en las Juntas de Accionistas del Banco Agropecuario a favor del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, quien podrá ejercer todos los derechos y atribuciones que conforme a ley correspondan al Ministerio de Economía y Finanzas respecto del Banco Agropecuario, incluyendo la facultad de aprobar los lineamientos para el funcionamiento y supervisión de este banco. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 130649-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL