Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2007 (10/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de noviembre de 2007

Declaran que la Municipalidad Provincial del Datem del Maranon esta apta para la transferencia del PRONAA
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 036-2007-PCM/SD Miraflores, 7 de noviembre de 2007 VISTO: El Informe N° 31-2007-PCM/SD-WST. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 036-2007-PCM, se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007", el cual incluye la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, a la Municipalidad Provincial del Datem del Maranon del departamento de Loreto; Que, por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 006-2007-PCM/SD, se aprobo la Directiva N° 0022007-PCM/SD, "Normas Especificas para la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES a la Municipalidad Provincial del Datem del Maranon"; Que, mediante Oficio N° 121-2007-DBSDH/MPDM, la Municipalidad Provincial de Datem del Maranon presento el expediente conteniendo los documentos que respaldan los Mecanismos de Verificacion, a que se refiere la Directiva mencionada; Que, la Oficina de Transferencia, Monitoreo y Evaluacion de Competencias de la Secretaria de Descentralizacion, ha revisado dicha documentacion, concluyendo por informe de vistos, que la Municipalidad Provincial del Datem del Maranon, ha cumplido con los requisitos que establecen los Mecanismos de Verificacion, por lo que corresponde emitir la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion que declare ello; De conformidad a las Leyes N° 27783, N° 27972 y N° 28273, sus normas modificatorias y complementarias, y al Decreto Supremo N° 063-2007-PCM; SE RESUELVE Articulo 1°.- Acreditacion de cumplimiento de Mecanismos de Verificacion por Municipalidad Provincial del Datem del Maranon Declarar que la Municipalidad Provincial del Datem del Maranon del departamento de MORDAZA, ha cumplido con los Mecanismos de Verificacion para la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, incluido en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007, aprobado por Decreto Supremo N° 036-2007-PCM; y, que por tanto, esta apta para acceder a dicha transferencia. Articulo 2°.- Culminacion de la transferencia El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y la Municipalidad Provincial del Datem del Maranon, deberan continuar con el procedimiento establecido en la Directiva N° 002-2007-PCM/SD, aprobada por Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 006-2007-PCM/ SD, a efectos de culminar y concretar la transferencia a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3°.- Publicacion Disponer la publicacion de la presente Resolucion Secretarial en el Diario Oficial El Peruano, y en la pagina Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob. pe/sd. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANGO VILDOSO Secretario de Descentralizacion 129744-1

AGRICULTURA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de bienes y servicios necesarios para acondicionar locales del Ministerio afectados por sismos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 667-2007-AG MORDAZA, 9 de noviembre de 2007 VISTOS: El Informe Nº 040-2007-AG-OGA-LOG y el Informe Legal Nº 763-2007-AG-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, asimismo, el literal a) del primer parrafo del articulo 20º de la referida Ley establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, de otro lado, de conformidad con el articulo 22º de la referida Ley, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el articulo 142º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan; Que, el precitado articulo 142º senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la contratacion, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, en el Sistema de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, y en el diario oficial El Peruano, remitiendolo junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, de acuerdo con el Informe Nº 040-2007-AGOGA-LOG, como consecuencia de los fuertes sismos registrados el 15 de agosto de 2007, se produjeron considerables danos materiales en la infraestructura del edificio de la Sede Central del Ministerio de Agricultura, ubicado en Pasaje MORDAZA de Zela Nº 150 ­ MORDAZA MORDAZA, habiendo determinado el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ Direccion Regional de Defensa Civil MORDAZA ­ Callao, mediante Acta de Visita de Inspeccion de Defensa Civil Nº 5861 de fecha 16 de agosto de 2007, la condicion de riesgo alto producido, senalando como indicacion de cumplimiento obligatorio e inmediato el "restringir el acceso a las areas focalizadas afectadas / a toda la edificacion en salvaguarda de la MORDAZA humana"; Que, de acuerdo a las indicaciones efectuadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil se precisa que "deberan ser cumplidas con caracter inmediato y obligatorio, bajo responsabilidad del administrador (conductor y/o propietario)" que en este caso es el Titular de la Entidad, restringiendose el acceso al local de la sede central del

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