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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de noviembre de 2007 358586 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Economía y Finanzas a Venezuela y encargan su Despacho a la Ministra de Transportes y Comunicaciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 257-2007-PCM Lima, 29 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Corporación Andina de Fomento (CAF), invita al señor Luis Julián Martín Carranza Ugarte, Ministro de Economía y Finanzas, para que participe en el Taller “Oportunidades en América Latina: hacia una mejor política social”, que se llevará a cabo en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, el 3 de diciembre de 2007; Que, asimismo, el señor Luis Julián Martín Carranza Ugarte, Ministro de Economía y Finanzas, asistirá a la CXXX Reunión de Directorio de la Corporación Andina de Fomento (CAF), que se llevará a cabo en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, el día 4 de diciembre de 2007; Que, en consecuencia, es necesario autorizar dicho viaje, el mismo que no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo resulta necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27619; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión ofi cial del señor Luis Julián Martín Carranza Ugarte, Ministro de Economía y Finanzas, a la ciudad de Caracas, República de Venezuela, del 2 al 4 de diciembre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente autorización no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, asimismo no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas a la señorita Verónica Zavala Lombardi, Ministra de Transportes y Comunicaciones, a partir del 2 de diciembre de 2007 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 138679-1Exoneran de lo dispuesto en la Ley Nº 28927 al Gobierno Regional de Madre de Dios y a la Municipalidad Distrital de Yarinacocha para la adquisición de vehículos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 258-2007-PCM Lima, 29 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Ofi cio Nº 602-2007-GOREMAD/PR. el Presidente del Gobierno Regional Madre de Dios solicita exoneración de los alcances del literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, con la fi nalidad que le permita a la Dirección de Transportes de Madre de Dios adquirir una (1) camioneta 4 x 4 para el control y supervisión de los Proyectos de Inversión Pública que viene ejecutando, y que se encuentran en las localidades de Mazuko y Puerto Tres Islas, lugares distantes de Puerto Maldonado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 360-2007-GR- MDD/DRT se aprobó dar de baja el bien mobiliario descrito a continuación : Código 332.82 Equipo de Transporte, Código Patrimonial 67825000-0002, detalle Técnico Clase Camioneta Pick Up, Marca Toyota, Modelo Hilux 4x4 Tipo Doble cabina, Placa de Rodaje PV 1203, Color Verde metálico, Nº Motor 22R-3609396, Nº de Chasis RN105-0002519, Nº de Cilindros 04, Año de Fabricación 1993, por estar incurso dentro de la causal establecida por el artículo 130° inciso c) Mantenimiento o reparación onerosa, del Reglamento General de Procedimientos Administrativos del los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, el Sub Gerente de Presupuesto del Gobierno Regional de Madre de Dios, certifi ca que la Unidad Ejecutora 200 Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del departamento de Madre de Dios, cuenta con disponibilidad presupuestal para atender el gasto de adquisición de una (1) camioneta 4x4 por el monto de S/. 104,000.00 (Ciento Cuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 señala: “Queda prohibida la adquisición de automóviles, camionetas y station wagons salvo para la reposición en caso de pérdida total. Mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizará las solicitudes de exoneración, se podrán agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompañar la certifi cación de que se cuenta con el crédito presupuestario sufi ciente para atender el gasto”; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar de los alcances señalados en el literal c) del numeral 3, del artículo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, al Gobierno Regional Madre de Dios, con la fi nalidad que le permita adquirir una (1) camioneta 4x4, destinada al control y supervisión de los Proyectos de Inversión Pública que viene ejecutando, y que se encuentran en las Localidades de Mazuko y Puerto Tres Islas. Artículo 2º.- El Gobierno Regional Madre de Dios es el único responsable, del cumplimiento de la normatividad vigente, la ejecución de su estructura funcional programática y cadena de gasto, así como de las acciones necesarias, para llevar a cabo la adquisición de la camioneta referida en el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 138679-2