Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2007 (30/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2007

Actualizan el Formato de Sustentacion Tecnica de los MORDAZA para los Gobiernos Locales
RESOLUCION DE SECRETARIA DE GESTION PUBLICA Nº 001-2007-PCM/SGP
MORDAZA, 12 de noviembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Silencio Administrativo Positivo - Ley N° 29060 establecio en su Art. 9° que en un plazo de ciento ochenta (180) dias, computados a partir de la publicacion de la presente Ley, todas las entidades a que se refiere el articulo 1° del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 deberan justificar ante la Presidencia del Consejo de Ministros todos los procedimientos contenidos en sus TUPA. De no mediar justificacion alguna dichos procedimientos quedaran sin efecto de pleno derecho; Que, el numeral 3 de la Primera Disposicion Complementaria de los lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, establece los plazos para que las entidades de la Administracion Publica presenten la informacion sustentatoria requerida por la Presidencia de Consejo de Ministros respecto de los MORDAZA, siendo que en el caso de los Gobiernos Locales se tendria que presentar la referida informacion hasta el 3 de enero de 2008; Que, las municipalidades segun lo establecido en el articulo 69 de la Ley de Tributacion Municipal, deben aprobar sus ordenanzas sobre arbitrios municipales en el ultimo trimestre del ejercicio anterior al de su aplicacion, y publicarlas como fecha limite hasta el 31 de diciembre de 2008, e incluso las Municipalidades Distritales deben obtener la ratificacion de sus ordenanzas de arbitrios, de conformidad con lo establecido en el articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades; Que, algunas municipalidades actualmente vienen formulando la aprobacion de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA utilizando una metodologia aprobada mediante MORDAZA distinta y con anterioridad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, por lo que tendrian que adecuar toda su informacion de costos para la determinacion de los derechos de tramite, conforme la Directiva N° 00195-INAP/DTSA, lo cual impedira presentar dentro del plazo senalado del 3 de enero de 2008, la informacion tecnico legal requerida por la Presidencia de Consejo de Ministros, y por consiguiente no podria exigirse el pago de los derechos por los procedimientos que tramiten, tal y como se senala en el articulo 9° de la Ley N° 29060 y en el numeral 5 de la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del citado Decreto Supremo; Que, el articulo 2° del Decreto Supremo N° 079-2007PCM establece que la modificacion y/o actualizacion del

"Formato de sustentacion legal y tecnica de procedimientos administrativos contenidos en el TUPA" sera aprobada mediante Resolucion de Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros y debera ser publicada en el MORDAZA institucional: www.pcm.gob.pe; Que, es necesario efectuar precisiones a nivel de dicho formato para establecer las excepciones de su uso y la sustentacion con una metodologia aprobada por MORDAZA distinta de los procedimientos sin desnaturalizar el cumplimiento de la justificacion de los procedimientos establecida en el Art. 9° de la Ley N° 29060; Que, para lograr lo MORDAZA senalado es necesario precisar en el formato establecido que las entidades subnacionales que hayan aprobado mediante MORDAZA distinta una metodologia MORDAZA de la dacion del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM podran sustentar la justificacion de sus procedimientos con dicha metodologia a efectos de no duplicar esfuerzos; De conformidad con lo establecido en el Art. 2° del Decreto Supremo N° 079-2007-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la PCM, Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Actualizacion del Formato de Sustentacion tecnica de los MORDAZA para los Gobiernos Locales. Agreguese al "Formato de Sustentacion Tecnico Legal de Procedimientos Administrativos contenidos en el TUPA" establecido en el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM lo siguiente: Nota 1: "Hasta el 31 de Diciembre del 2008, Los Gobiernos Locales para fines de la sustentacion tecnica de los Procedimientos Administrativos de sus TUPAs de sus Textos Unicos, podran utilizar la metodologia y formatos de costos (Anexos 1 y 2) aprobada en una MORDAZA distinta a la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA, que ha sido referida en el D.S. Nº 079-2007-PCM, siempre y cuando esta MORDAZA sido expedida con anterioridad a la publicacion del senalado D.S. Nº 079-2007-PCM. Los Gobiernos Locales que opten por utilizar una metodologia de costos aprobada por MORDAZA distinta a la Directiva N° 001-95-INAP/DTSA, podran emplear para la MORDAZA de su documentacion sustentatoria los formatos de costos que establezca dicho dispositivo legal, ademas del Formato de Sustentacion Legal y Tecnica de Procedimientos Administrativos." Articulo 2º.- Publicacion. La presente resolucion sera publicada en el MORDAZA Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretaria de Gestion Publica

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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