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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (13/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 50

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de octubre de 2007 355320 a) Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. b) Documento del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2008. La información de avances y resultados del proceso del Presupuesto Participativo, debe ser registrada en el “Aplicativo para el Proceso Participativo del Presupuesto para el Año Fiscal 2008”. El acceso a dicho Aplicativo se realiza a través de la página web del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el ícono Presupuesto Participativo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MUÑOZ ROMERO Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público 119092-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban la inclusión de pasivos ambientales mineros en la cuenca del río Llaucano, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca, presen-tados por el FONAM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 487-2007-MEM/DM Lima, 11 de octubre de 2007VISTO:El Informe Nº 075-2007-MEM/DGM-DNM de fecha 27 de agosto de 2007, de la Dirección General de Minería; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece que la identi fi cación, elaboración y actualización del inventario de los pasivos ambientales mineros está a cargo del Ministerio de Energía y Minas, a través de su órgano técnico competente; Que, en el artículo 6º del anexo del Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, que aprobó el Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, se indica que la Dirección General de Minería está facultada para realizar todas las acciones que resulten necesarias para la identi fi cación de los pasivos ambientales mineros, la elaboración del inventario y la determinación de los responsables de las medidas de remediación ambientales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 290-2006- MEM/DM se aprobó el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, que consta de veinte y siete (27) folios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, donde se precisa que la Dirección Técnica Minera tiene las funciones y atribuciones de identi fi car, elaborar, actualizar y priorizar los pasivos ambientales mineros; Que, el Fondo Nacional del Ambiente-FONAM ha identi fi cado pasivos ambientales mineros en la cuenca del río Llaucano, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca, presentando la relación de los mismos al Ministerio de Energía y Minas mediante expediente Nº 1659510, de fecha 3 de enero del 2007; Que, la relación de pasivos ambientales mineros presentada por el FONAM, ha sido evaluada por la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería, opinando mediante informe Nº 012-2007-MEM-DGM-DTM que se incluyan los pasivos ambientales mineros identi fi cados;De conformidad con el articulo 103º literal j del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la inclusión de los pasivos ambientales mineros en la cuenca del río Llaucano, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca, presentados por el Fondo Nacional del Ambiente-FONAM, mediante expediente Nº 1659510, de fecha 3 de enero del 2007, publicándose los mismos en la página web del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 119200-1 Incluyen la sección “Información de hechos de importancia, anuncios y asuntos que expliquen la estadística reportada y/o afecten el desempeño de la empresa” en encuesta disponible en la página web del Ministerio RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 587-2007-MEM/DGM Lima, 10 de octubre de 2007CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91º del Reglamento de los Títulos Pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, los titulares de actividad minera presentarán mensualmente a la Dirección General de Minería la información necesaria para elaborar las encuestas estadísticas de producción (minero-metálica, minero no-metálica y de producción metalúrgica); Que, en atención a la precitada norma se emitió la Resolución Directoral Nº 100-94-EM/DGM que aprobó los formularios a utilizarse en las encuestas estadísticas mensuales minero-metálica, minero no - metálica, producción metalúrgica y de avance de labores, fi jándose como plazo máximo de entrega diez (10) días hábiles de fi nalizado cada mes; Que, por Resolución Directorial Nº 125-2006-MEM- DGM de fecha 20 de marzo de 2006, se aprobó el formulario de las encuestas estadísticas de producción minero-metálica, minero no-metálica y de producción metalúrgica, e Indicadores de Desempeño; se dispuso su publicación en el portal del Ministerio de Energía y Minas en internet; y se estableció como medio de cumplimiento de la acotada obligación los formularios electrónicos que se encuentran en el portal o página web del Ministerio de Energía y Minas: http://extranet.minem.gob.pe; Que, es necesario incorporar en el formulario vigente de la encuesta estadística minero-metálica, minero no - metálica y de producción metalúrgica, e Indicadores de desempeño una sección en la que el titular aporte una explicación sobre las cifras declaradas en la encuesta a fi n de analizar la estadística minera. Dicha información será utilizada en las publicaciones del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del artículo 101 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incluir en la encuesta estadística minero- metálica, minero no - metálica y de producción metalúrgica, e Indicadores de Desempeño –disponible en el portal o página web del Ministerio de Energía y Minas: http://extranet.minem.