Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2007 (01/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de septiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, el titulo de juez o fiscal, y el juramento respectivo, son elementos intrinsecamente vinculados que determinan el ejercicio de la funcion jurisdiccional o fiscal, de manera que la competencia territorial para dicho ejercicio no debe verse desnaturalizado por un traslado con caracter definitivo para aquel al que se le otorgo originalmente el mismo, esto es que al ejecutarse un traslado con las formalidades y procedimientos que corresponden al Poder Judicial o al Ministerio Publico, de manera complementaria el Consejo Nacional de la Magistratura en el ejercicio de sus atribuciones, debe proceder con la expedicion del titulo respectivo y la cancelacion consecuente del titulo original, sin perjuicio de la anotacion correspondiente de dicho acto administrativo en el registro jurisdiccional; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 2006, y de conformidad con las facultades conferidas por los articulos 154º inciso 4 de la Constitucion Politica del Peru, 37° incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el titulo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA CAROAJULCA MORDAZA Segundo.- Expedir el titulo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, a favor del doctor MORDAZA CAROAJULCA MORDAZA Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente
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resolucion Nº 28 del 3 de agosto de 2007, mediante la cual requiere al Consejo Nacional de la Magistratura para que reincorpore al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Juez del MORDAZA Juzgado de Familia del MBJ de Andahuaylas, Distrito Judicial de Apurimac; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, adoptado en sesion del 23 de agosto de 2007; y de conformidad con las facultades conferidas por el articulo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Reincorporar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Juez del MORDAZA Juzgado de Familia del MBJ de Andahuaylas, Distrito Judicial de Apurimac. Segundo.- Cancelar el titulo de Juez del Juzgado Civil de Andahuaylas, Distrito Judicial de MORDAZA, otorgado a favor del doctor MORDAZA MORDAZA CASTILLO. Tercero.- Expedir el titulo de Juez del MORDAZA Juzgado de Familia del MBJ de Andahuaylas, Distrito Judicial de MORDAZA, a favor del doctor MORDAZA MORDAZA CASTILLO. Cuarto.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente
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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de funcionarios para participar en el XXVI Congreso Latinoamericano de Derecho Bancario - COLADE 2007
RESOLUCION SBS N° 1192-2007

Expiden titulo de Juez del MORDAZA Juzgado de Familia del MBJ de Andahuaylas, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 271-2007-CNM

MORDAZA, 27 de agosto de 2007 VISTA: La resolucion Nº 28 del 3 de agosto de 2007, expedida por el Juez del Quincuagesimo Octavo Juzgado Civil de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por resolucion N° 18, de fecha 4 de junio de 2007 el Quincuagesimo Octavo Juzgado Civil de MORDAZA, requiere al Consejo Nacional de la Magistratura el cumplimiento de lo resuelto por el Tribunal Constitucional que, mediante sentencia de fecha 21 de marzo de 2007, ordena la reincorporacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Juez Titular del Juzgado Civil de la provincia de Andahuaylas, del Distrito Judicial de Apurimac; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Oficio Nº 072-2007-OAL/CNM, de fecha 16 de MORDAZA del 2007, comunica al citado Juez la imposibilidad de ejecutar la sentencia, en razon que la plaza de Juzgado Civil de Andahuaylas no se encuentra vacante, informandole la posibilidad de asignarle una plaza similar; Que, en merito al oficio MORDAZA citado, el Juez del Quincuagesimo Octavo Juzgado Civil de MORDAZA expide la

MORDAZA, 28 de agosto de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, la Federacion Latinoamericana de Bancos (FELABAN) y la Comision MORDAZA para FELABAN han organizado el XXVI Congreso Latinoamericano de Derecho Bancario ­ COLADE 2007, el mismo que se llevara a cabo los dias 3 y 4 de setiembre de 2007, en la MORDAZA de Buenos Aires, Republica Argentina; Que, en el citado Congreso se desarrollaran temas de importancia vinculados a las actividades de este organismo de regulacion, supervision y control, orientados principalmente a ampliar el conocimiento tecnico legal de los participantes en materias juridicas sobre las actividades de las empresas bancarias, principalmente relacionados, en esta oportunidad, con la prevencion de MORDAZA de dinero, gobierno corporativo, derivados financieros, derechos del consumidor, entre otros;

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