Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2007 (02/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de setiembre de 2007

Cuarta.- Facultese al jefe del SAT a dictar las disposiciones reglamentarias o complementarias que considere necesarias, las mismas que seran publicadas en la pagina web: www.sat.gob.pe. 102704-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Reglamento para el desarrollo de los Talleres de Trabajo del MORDAZA del Presupuesto Participativo del distrito de La MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013 -2007 La MORDAZA, 28 de agosto del 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE LA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los Articulos 197º y 198º del texto constitucional establecen adicionalmente que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuentas de la misma en forma anual, bajo responsabilidad conforme a Ley; Que, la MORDAZA IX de la Ley Nº 27972 -Ley Organica de Municipalidades-, establece como MORDAZA rector de los gobiernos locales la planeacion local, conceptualizada como un MORDAZA integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, en el cual se establecen las politicas publicas a nivel local teniendo en cuenta la participacion ciudadana a traves de los vecinos y organizaciones vecinales; Que, en ese mismo sentido el Articulo 53º de la citada ley establece que "Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley en la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdiccion. El Presupuesto Participativo forma parte del sistema de planificacion"; Que, la Decimo Sexta Disposicion Complementaria de la MORDAZA en mencion establece que las municipalidades determinaran los espacios de concertacion y regularan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056 -Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo- y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 0172003-EF establecen las disposiciones orientadas a lograr la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion de los Presupuestos Participativos, desarrollados en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados; Que, mediante Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 08-2007EF/76.01 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de MORDAZA del 2007, se regula la programacion de los presupuestos participativos para el Ano Fiscal 2007; Que, mediante Ordenanza Nº 147 de fecha 20 de MORDAZA del 2007, la Municipalidad de La MORDAZA aprobo el MORDAZA normativo para el MORDAZA de Presupuesto Participativo del distrito de La MORDAZA para el ano 2008; Que, es necesario, reglamentar el desarrollo de los talleres de trabajo del MORDAZA del presupuesto participativo asi como la participacion de los agentes participantes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en el Articulo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE LOS TALLERES DE TRABAJO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE LA MOLINA", el mismo que forma parte del presente decreto. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Comunicaciones y Participacion Vecinal y Equipo Tecnico la aplicacion y cumplimiento del presente decreto.

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDB
ORDENANZA Nº 281-MDB Barranco, 27 de agosto de 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y su modificatoria Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades,, reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 276-MDB, de fecha 19 de febrero del 2007, y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de marzo del 2007 se dispuso que a partir de la vigencia de dicha Ordenanza (5 de marzo del 2007) hasta el 31 de agosto del 2007, la suspension de los procedimientos administrativos tendientes a obtener el otorgamiento de Certificados de Compatibilidad de Uso y de Licencia de Apertura y Funcionamiento Definitivas, Provisionales y Especiales de establecimientos comerciales en toda la jurisdiccion del distrito de Barranco, cuyo giro comercial este destinado a penas, cabarets, boites, nigth club, salones de baile, discotecas, video pub, karaoke, piano bar, licorerias y bares; Que, de acuerdo a los informes de las areas pertinentes se requiere que se continuen con las medidas que permitan revertir la situacion del desorden MORDAZA, producido por ruidos molestos, espectaculos que atentan contra la imagen cultural del distrito, consumo de licor por menores de edad, consumo de drogas, entre otros factores; por consiguiente se hace necesario resguardar la integridad moral, psiquica y fisica de los vecinos y el bienestar de la ciudadania en general, asi como establecer medidas que promuevan el desarrollo integral armonico del distrito; Estando a lo dispuesto por el numeral 6) del articulo 20º con el articulo 9º, numeral 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; con el MORDAZA unanime sus miembros y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 276-MDB Articulo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 276-MDB, hasta el 31 de diciembre del 2007. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de la fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano, encargandose a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la misma, bajo responsabilidad administrativa. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion Financiera y Subgerencia de Comercializacion y Fiscalizacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PALET Regidor Encargado de la Alcaldia 102624-1

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