Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2007 (02/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de setiembre de 2007

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Encargan el Despacho de la Presidencia de la Republica al Primer Vicepresidente
RESOLUCION SUPREMA Nº 156-2007-PCM MORDAZA, 1 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el senor Presidente Constitucional de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, viajara a la MORDAZA de MORDAZA, Mancomunidad de Australia, entre los dias 5 y 10 de setiembre del presente ano, con la finalidad de participar en la XV Reunion de Lideres del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA MORDAZA (APEC), la Cumbre Empresarial y el Dialogo del Consejo Asesor Empresarial del APEC para nuestro MORDAZA en el ano 2008; Que, en consecuencia, es necesario encargar las funciones del Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica; De conformidad con el Articulo 115º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar el Despacho de la Presidencia de la Republica al senor MORDAZA Giampietri MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica, a partir del dia 5 de setiembre de 2007 y en tanto dure la ausencia del senor Presidente de la Republica. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 103001-2

CONSIDERANDO: Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas segun la citada Ley; Que, de conformidad con el articulo 22º de la referida Ley, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el articulo 142º del Reglamento de la referida Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan; Que, asimismo el precitado articulo 142º, senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, mediante Decreto Supremo No. 068-2007-PCM se declaro en Estado de Emergencia en el Departamento de Ica y la provincia de Canete del Departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales; Que, el articulo 2 del Decreto Supremo No. 068-2007PCM dispone que el Ministerio de Agricultura, entre otros, ejecutaran las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, en atencion a la situacion de emergencia y lo dispuesto en el articulo 2 del Decreto Supremo No. 0682007-PCM, el Ministerio de Agricultura procedio a la contratacion directa de una serie de bienes y servicios, con cargo a ser regularizadas de conformidad con las normas MORDAZA citadas, considerando lo estrictamente necesario para la atencion de la emergencia; Que, en tal sentido, corresponde emitir la Resolucion de aprobacion de la exoneracion correspondiente, a fin de regularizar las adjudicaciones y contrataciones establecidas en el Informe Tecnico N° 019-2007-AG-OGA MORDAZA citado, debiendo incluirse en el mencionado Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Agricultura para el Ano 2007; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, respectivamente; En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modificatorias y complementarias y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE.Articulo Primero.- MODIFICAR el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC del Ministerio de Agricultura para el Ano 2007 a fin de incluir las contrataciones senaladas en el Informe Tecnico N° 019-2007-AG-OGA, cuyo detalle se consigna como Anexo Nº 1 y que forma parte integrante de la presente Resolucion.

AGRICULTURA
Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio a fin de incluir contrataciones senaladas en los Informes Tecnicos Nºs. 019 y 0202007-AG-OGA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 532-2007-AG MORDAZA, 31 de agosto de 2007 VISTOS: El Informe Tecnico Legal Nº 019-2007-AG-OGA y el Informe Legal de fecha 29 de agosto del 2007 y sus antecedentes;

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